Managua, 14 de Octubre de 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Doctor Navarro:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto, 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, en la Ley 606. Ley Organiza del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, en su Capitulo III, arto 14, numeral 2, arto 89, párrafo 4, numeral 2, y arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociación;
“IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA, (IPSANIC).
Constituida en Escritura Publica, otorgada por los Oficios Notariales del Abogado y Notario Público;
LUIS OMAR ESPINOZA
, a las ocho de la mañana del día Catorce del mes de Octubre del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública Numero veintiuno (21) de Constitución de la Asociación.
Esta Asociación, se constituyo con los siguientes Objetivos:
1-Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realizaciones de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelistica, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamiento de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres, y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.
2- Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas de primaria, secundaria y centros técnicos vocacionales, Centros de Protección a menores, Centros clínicos.
3- Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres, y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos del procedimiento de formación de la ley.
IGINIO FONSECA OBREGÓN
Presidente
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ”
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Ingeniero Núñez:
EXPOSICION DE MOTIVO
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto, 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, en la Ley 606. Ley Organiza del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, en su Capitulo III, arto 14, numeral 2, arto 89, párrafo 4, numeral 2, y arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociacion
“IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA, (IPSANIC)”.
Constituida en Escritura Publica, otorgada por los Oficios Notariales del Abogado y Notario Público;
LUIS OMAR ESPINOZA
, a las ocho de la mañana del día Catorce del mes de Octubre del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública Numero veintiuno (21) de Constitución de la Asociación.
Esta Asociación, se constituyo con los siguientes Objetivos:
1-Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realizaciones de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelistica, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamiento de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres, y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.
2- Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas de primaria, secundaria y centros técnicos vocacionales, Centros de Protección a menores, Centros clínicos.
3- Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres, y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos del procedimiento de formación de la ley.
JOSÉ MARTÍNEZ NARVÁEZ
Presidente
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto 1.
Otorgase la Personalidad Jurídica a la Asociación “
IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA (IPSANIC).
Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua del Departamento de Managua.
Arto 2.
La representación Legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus Estatutos.
Arto 3.
La Asociación “
IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA (IPSANIC).
Estará obligada al cumplimiento de la ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica de Nicaragua.
Arto 4.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los_______días del mes de ___________del año dos mil Diez.
Ing. Rene Núñez Doctor. Wilfredo Navarro M.
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DI
CTAMEN
Managua, 14 de febrero del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN “IGLESIA PENTOCOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”,
con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar y difundir el Santo evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como lo proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realizaciones de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelisticas, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e Internacionales y de esta forma establecer valores morales y espirituales de las personas.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: IGINIO FONSECA OBREGON, Vicepresidente, REYNALDO ANTONIO ALEGRIA GUTIERREZ, Secretario, LUIS ENRIQUE CHAVEZ PEREZ, Tesorero, JOSE ORLANDO SABALLOS NAVAS, Vocal, MARCOS A. GUTIEREZ RAMOS.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN “IGLESIA PENTOCOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
“IGLESIA PENTOCOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el Municipio de Managua, del Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N“IGLESIA PENTOCOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6354
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN “IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA
,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”;
sin fines de lucro, de duración Indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACIÓN “IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA
,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el día quince del mes de Marzo del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 14 de Octubre de 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Doctor Navarro:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto, 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, en la Ley 606. Ley Organiza del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, en su Capitulo III, arto 14, numeral 2, arto 89, párrafo 4, numeral 2, y arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociación;
“IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA, (IPSANIC).
Constituida en Escritura Publica, otorgada por los Oficios Notariales del Abogado y Notario Público;
LUIS OMAR ESPINOZA
, a las ocho de la mañana del día Catorce del mes de Octubre del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública Numero veintiuno (21) de Constitución de la Asociación.
Esta Asociación, se constituyo con los siguientes Objetivos:
1-Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realizaciones de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelistica, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamiento de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres, y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.
2- Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas de primaria, secundaria y centros técnicos vocacionales, Centros de Protección a menores, Centros clínicos.
3- Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres, y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos del procedimiento de formación de la ley.
IGINIO FONSECA OBREGÓN
Presidente
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ”
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Ingeniero Núñez:
EXPOSICION DE MOTIVO
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto, 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, en la Ley 606. Ley Organiza del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, en su Capitulo III, arto 14, numeral 2, arto 89, párrafo 4, numeral 2, y arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociacion
“IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA, (IPSANIC)”.
Constituida en Escritura Publica, otorgada por los Oficios Notariales del Abogado y Notario Público;
LUIS OMAR ESPINOZA
, a las ocho de la mañana del día Catorce del mes de Octubre del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública Numero veintiuno (21) de Constitución de la Asociación.
Esta Asociación, se constituyo con los siguientes Objetivos:
1-Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realizaciones de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelistica, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamiento de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres, y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.
2- Construir templos cristianos, centro de comedores infantiles, Viviendas Pastorales, Centros de Institutos Bíblicos, construir Escuelas de primaria, secundaria y centros técnicos vocacionales, Centros de Protección a menores, Centros clínicos.
3- Crear programas radiales, televisivos, medios escritos, escribir libros de literatura Cristianas, crear Bibliotecas Cristianas y todo evento social que conlleve al mejoramiento del desarrollo a los niños, niñas, hombres, mujeres, y jóvenes que están en alto riesgo de alta delincuencia tales como, Drogas, Pandillas, Prostitución, y otros males endémicos que carcomen nuestra sociedad, con el fin de sacarlos de este estado y reintegrarlo en una sociedad digna.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos del procedimiento de formación de la ley.
JOSÉ MARTÍNEZ NARVÁEZ
Presidente
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto 1.
Otorgase la Personalidad Jurídica a la Asociación “
IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA (IPSANIC).
Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua del Departamento de Managua.
Arto 2.
La representación Legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus Estatutos.
Arto 3.
La Asociación “
IGLESIAS PENTECOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA (IPSANIC).
Estará obligada al cumplimiento de la ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica de Nicaragua.
Arto 4.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los_______días del mes de ___________del año dos mil Diez.
Ing. Rene Núñez Doctor. Wilfredo Navarro M.
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DI
CTAMEN
Managua, 14 de febrero del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN “IGLESIA PENTOCOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”,
con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Predicar y difundir el Santo evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como lo proclama en la Santa Palabra de Dios la Biblia para la redención del hombre, de la mujer y de la creación, mediante la realizaciones de Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelisticas, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e Internacionales y de esta forma establecer valores morales y espirituales de las personas.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: IGINIO FONSECA OBREGON, Vicepresidente, REYNALDO ANTONIO ALEGRIA GUTIERREZ, Secretario, LUIS ENRIQUE CHAVEZ PEREZ, Tesorero, JOSE ORLANDO SABALLOS NAVAS, Vocal, MARCOS A. GUTIEREZ RAMOS.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN “IGLESIA PENTOCOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
“IGLESIA PENTOCOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el Municipio de Managua, del Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N“IGLESIA PENTOCOSTAL LA SENDA ANTIGUA EN NICARAGUA,
la que abreviadamente se conocerá con las siglas
(IPSANIC)”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO