Managua, marzo 24 del 2010.
DR. WILFREDO NAVARRO
Primera Secretaría Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Primer Secretario.
El suscrito presidente de la asociación, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO PROVEERÁ (AMIJSUS),
Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número Siete (07) ante los oficios notariales del Abogado ERICK PEREZ CHAVARRIA
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO PROVEERÁ” (AMIJSUS)
, a las ocho de la mañana del veinticuatro de Marzo del año dos mil Diez. Adjuntamos la escritura pública número Siete (07) antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1. Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como e internacional.
2. Construir instituto bíblico para la formación teológica de misioneros que lleven la palabra de Dios a los diferentes pueblos y comarcas practicando la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos / as, los /as, cristianos / as así como también centros de capacitación técnico laboral.
3. Estructurar, organizar y construir proyectos sociales para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua, tales como clínicas medicas, centros de rehabilitación social, comedores infantiles, escuelas preescolares, primarias y de secundarias..
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
Adjuntamos:
1.-Escritura de constitución de la asociación (original y dos copias)
2.-Exposición de motivos.
3.-Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo.
Atentamente,
DOMINGO ANGULO MENDEZ
Presidente Asociación (AMIJSUS)
Managua, marzo 24 del 2010.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
:
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO (AMIJSUS),
Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número Siete (07) ante los oficios notariales del Abogado
ERICH PEREZ CHAVARRIA,
a las ocho de la mañana del veinticuatro de marzo del año dos mil Diez. Adjuntamos la escritura pública número Siete (07) antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1.- Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como e internacional.
2.- Construir instituto bíblico para la formación teológica de misioneros que lleven la palabra de Dios a los diferentes pueblos y comarcas practicando la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos / as, los /as, cristianos / as así como también centros de capacitación técnico laboral.
3.-Estructurar, organizar y construir proyectos sociales para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua, tales como clínicas medicas, centros de rehabilitación social, comedores infantiles, escuelas preescolares, primarias y de secundarias
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
FRANCISCO JAVIER JARQUÍN
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
Ha Dictado El Siguiente
DECRETO
Arto. 1.
Otorgase la Personalidad Jurídica de la asociación
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO PROVEERÁ (AMIJSUS),
Asociación Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Masaya, departamento de Masaya.
Arto. 2
La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma en que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La Asociación
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO PROVEERÁ (AMIJSUS),
Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ________día del mes de________del año dos mil diez.
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 29 de junio del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACIÓN MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ” Y
que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS
)
con domicilio en el municipio de Tipitapa, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: FRANCISCO JARQUIN. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Construir iglesias y predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional, 2) Practicar al Unidad dentro de la Pastoral con el fin de lograr mayor impacto en la Sociedad, desarrollando actividades en conjunto, con el objetivo de llevar las buenas de salvación a toda la población.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: DOMINGO ANGULO MENDEZ, Vicepresidente: CESAR AGUSTO JARQUIN AVENDAÑO, Secretario: EDWIN RODOLFO MAYORGA, Tesorero: ANGELICA MARIA DUARTE ARISTA, Primer Vocal, CRUZ LEIVA JARQUIN, Segundo Vocal, EVELIO LEYVA JARQUIN, Fiscal: MARTHA DEL SOCORRO DIAZ HERNANDEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
“ASOCIACION MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ” Y
que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS
)
,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ” Y
que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS
)
,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el municipio de Tipitapa, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
“
ASOCIACION MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ” Y
que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS
)
,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6130
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ”
Y que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de TIPITAPA, Departamento de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
“ASOCIACION MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ”
Y que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año dos mil diez.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, marzo 24 del 2010.
DR. WILFREDO NAVARRO
Primera Secretaría Asamblea Nacional
Su Despacho.
Honorable Primer Secretario.
El suscrito presidente de la asociación, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO PROVEERÁ (AMIJSUS),
Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número Siete (07) ante los oficios notariales del Abogado ERICK PEREZ CHAVARRIA
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO PROVEERÁ” (AMIJSUS)
, a las ocho de la mañana del veinticuatro de Marzo del año dos mil Diez. Adjuntamos la escritura pública número Siete (07) antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1. Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como e internacional.
2. Construir instituto bíblico para la formación teológica de misioneros que lleven la palabra de Dios a los diferentes pueblos y comarcas practicando la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos / as, los /as, cristianos / as así como también centros de capacitación técnico laboral.
3. Estructurar, organizar y construir proyectos sociales para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua, tales como clínicas medicas, centros de rehabilitación social, comedores infantiles, escuelas preescolares, primarias y de secundarias..
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
Adjuntamos:
1.-Escritura de constitución de la asociación (original y dos copias)
2.-Exposición de motivos.
3.-Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo.
Atentamente,
DOMINGO ANGULO MENDEZ
Presidente Asociación (AMIJSUS)
Managua, marzo 24 del 2010.
ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
:
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO (AMIJSUS),
Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número Siete (07) ante los oficios notariales del Abogado
ERICH PEREZ CHAVARRIA,
a las ocho de la mañana del veinticuatro de marzo del año dos mil Diez. Adjuntamos la escritura pública número Siete (07) antes mencionada. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1.- Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como e internacional.
2.- Construir instituto bíblico para la formación teológica de misioneros que lleven la palabra de Dios a los diferentes pueblos y comarcas practicando la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos / as, los /as, cristianos / as así como también centros de capacitación técnico laboral.
3.-Estructurar, organizar y construir proyectos sociales para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua, tales como clínicas medicas, centros de rehabilitación social, comedores infantiles, escuelas preescolares, primarias y de secundarias
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
FRANCISCO JAVIER JARQUÍN
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
Ha Dictado El Siguiente
DECRETO
Arto. 1.
Otorgase la Personalidad Jurídica de la asociación
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO PROVEERÁ (AMIJSUS),
Asociación Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Masaya, departamento de Masaya.
Arto. 2
La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma en que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La Asociación
“ASOCIACION MINISTERIO JESUSCRITO PROVEERÁ (AMIJSUS),
Estará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los ________día del mes de________del año dos mil diez.
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 29 de junio del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACIÓN MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ” Y
que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS
)
con domicilio en el municipio de Tipitapa, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: FRANCISCO JARQUIN. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Construir iglesias y predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional, 2) Practicar al Unidad dentro de la Pastoral con el fin de lograr mayor impacto en la Sociedad, desarrollando actividades en conjunto, con el objetivo de llevar las buenas de salvación a toda la población.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: DOMINGO ANGULO MENDEZ, Vicepresidente: CESAR AGUSTO JARQUIN AVENDAÑO, Secretario: EDWIN RODOLFO MAYORGA, Tesorero: ANGELICA MARIA DUARTE ARISTA, Primer Vocal, CRUZ LEIVA JARQUIN, Segundo Vocal, EVELIO LEYVA JARQUIN, Fiscal: MARTHA DEL SOCORRO DIAZ HERNANDEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
“ASOCIACION MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ” Y
que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS
)
,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ” Y
que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS
)
,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
el municipio de Tipitapa, Departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
“
ASOCIACION MINISTERIO JESUCRISTO PROVEERÁ” Y
que abreviadamente se denominará
(AMIJSUS
)
,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO