Managua, 12 de Marzo del 2010


Doctor
WILFREDO NAVARRO M.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina

Estimado Doctor:

En mi carácter de Presidente de la Asociación a través del presente le solicito el otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBAL MANAGUA, pudiendo identificarse con las siglas (ADESOFTMA), de carácter civil sin fines de lucro con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua. La Asociación es de naturaleza civil, de orientación social, no partidista, sin fines de lucro, fue constituida mediante Escritura Pública Número tres (03) el diez de marzo del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Licenciado Salvador Antonio Bermúdez Cuevas, de la cual hemos presentado la documentación correspondiente para que sea tramitada la Aprobación de Personalidad Jurídica por parte de la Honorable Asamblea Nacional de la cual Usted es Secretario.

A través del presente le solicito que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación

Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.


Atentamente,


FERNANDO JOSE GUIDO
PRESIDENTE
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL
DE SOFTBALL MANAGUA
(ADESOFTMA)






EXPOSICIÓN DE MOTIVOS



Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Honorable Señor Presidente:

El Suscrito, diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Inc.5 del arto. 138 y arto. 140 de la constitución política en el inciso 2. Del Arto 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y de “la Ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro” Presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, la que podrá identificarse con las siglas (ADESOFTMA) Asociación civil sin fines de lucro, constituida el día diez de marzo del dos mil diez, Escritura Pública número tres (03) dada ante los oficios Notariales del Lic. Salvador Antonio Bermúdez Cuevas.

Los fines y objetivos de la asociación son:

1.- Promover, Fomentar, Organizar y Desarrollar el deporte en todas las categorías, procurando una cobertura Departamental.

2.- Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas y morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencias, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del deporte a nivel departamental.

3.- Promover y estimular el desarrollo del deporte, juvenil en las ramas masculinas y femeninas en todo el territorio departamental.


Por lo expuesto Considero que la, Asociación Civil sin fines de lucro, es de gran beneficio para la Sociedad Nicaragüense, razón por la que someto a consideración La ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA la que podrá identificarse con las siglas (ADESOFTMA), ante los honorables Diputados de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida por el plenario y luego pasada a comisión para su respectivo Dictamen y posterior aprobación.

Managua, a los doce días del mes de marzo del 2010.



WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado



LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO

Arto. 1 Otorgase la personalidad jurídica a la ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA (ADESOFTMA), sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto. 3. La ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA (AADESOFTMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los__________ días del mes de ____________ del año Dos Mil Diez.

RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretarios

DICTAMEN


Managua, 07 de septiembre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA), con domicilio en el municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado, WILFREDO NAVARRO MOREIRA. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 06 de mayo del dos mil diez.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte en todas las categorías procurando una cobertura departamental, 2) Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del deporte a nivel departamental, 3) Promover y estimular el desarrollo del deporte juvenil en las ramas masculinas y femeninas en todo el departamento.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, FERNANDO JOSE GUIDO, Vicepresidente, MARTHA YOLANDA MONDRAGON LAINEZ, Secretario, HECTOR MARTIN LOPEZ LANZAS Tesorero, JOSE DONALD RAMIREZ, Fiscal, JOSE RAMON GARCIA SALGADO, Vocal, WALTER GUILLERMO MEJIA JIRON.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.





Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA),



COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de Managua, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6178

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Octubre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 12 de Marzo del 2010


Doctor
WILFREDO NAVARRO M.
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina

Estimado Doctor:

En mi carácter de Presidente de la Asociación a través del presente le solicito el otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBAL MANAGUA, pudiendo identificarse con las siglas (ADESOFTMA), de carácter civil sin fines de lucro con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua. La Asociación es de naturaleza civil, de orientación social, no partidista, sin fines de lucro, fue constituida mediante Escritura Pública Número tres (03) el diez de marzo del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Licenciado Salvador Antonio Bermúdez Cuevas, de la cual hemos presentado la documentación correspondiente para que sea tramitada la Aprobación de Personalidad Jurídica por parte de la Honorable Asamblea Nacional de la cual Usted es Secretario.

A través del presente le solicito que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación

Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.


Atentamente,


FERNANDO JOSE GUIDO
PRESIDENTE
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL
DE SOFTBALL MANAGUA
(ADESOFTMA)






EXPOSICIÓN DE MOTIVOS



Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Honorable Señor Presidente:

El Suscrito, diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Inc.5 del arto. 138 y arto. 140 de la constitución política en el inciso 2. Del Arto 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y de “la Ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro” Presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, la que podrá identificarse con las siglas (ADESOFTMA) Asociación civil sin fines de lucro, constituida el día diez de marzo del dos mil diez, Escritura Pública número tres (03) dada ante los oficios Notariales del Lic. Salvador Antonio Bermúdez Cuevas.

Los fines y objetivos de la asociación son:

1.- Promover, Fomentar, Organizar y Desarrollar el deporte en todas las categorías, procurando una cobertura Departamental.

2.- Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas y morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencias, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del deporte a nivel departamental.

3.- Promover y estimular el desarrollo del deporte, juvenil en las ramas masculinas y femeninas en todo el territorio departamental.


Por lo expuesto Considero que la, Asociación Civil sin fines de lucro, es de gran beneficio para la Sociedad Nicaragüense, razón por la que someto a consideración La ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA la que podrá identificarse con las siglas (ADESOFTMA), ante los honorables Diputados de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida por el plenario y luego pasada a comisión para su respectivo Dictamen y posterior aprobación.

Managua, a los doce días del mes de marzo del 2010.



WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado



LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO

Arto. 1 Otorgase la personalidad jurídica a la ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA (ADESOFTMA), sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto. 3. La ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA (AADESOFTMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los__________ días del mes de ____________ del año Dos Mil Diez.

RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretarios

DICTAMEN


Managua, 07 de septiembre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA), con domicilio en el municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado, WILFREDO NAVARRO MOREIRA. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 06 de mayo del dos mil diez.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte en todas las categorías procurando una cobertura departamental, 2) Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del deporte a nivel departamental, 3) Promover y estimular el desarrollo del deporte juvenil en las ramas masculinas y femeninas en todo el departamento.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, FERNANDO JOSE GUIDO, Vicepresidente, MARTHA YOLANDA MONDRAGON LAINEZ, Secretario, HECTOR MARTIN LOPEZ LANZAS Tesorero, JOSE DONALD RAMIREZ, Fiscal, JOSE RAMON GARCIA SALGADO, Vocal, WALTER GUILLERMO MEJIA JIRON.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.





Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA),



COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el municipio de Managua, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE SOFTBALL MANAGUA, pudiendo abreviarse con las siglas (ADESOFTMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO