Managua, 12 de noviembre de 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Doctor Navarro:
Por este medio le estamos solicitando de manera formal y con el debido respeto, concesión de Personería Jurídica para la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
La representación legal de nuestra Asociación será ejercida en la forma que determine sus estatutos.
Se adjunta Escritura Pública de Constitución de la Asociación, Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto.
Muy agradecido por su amable atención, me despido de Usted.
Atentamente,
BYRON ANTONIO MONTIEL SALAS
Presidente
Managua, 12 de noviembre 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
-
Estimada Doctor Navarro:
Adjunto estoy remitiendo la Personería Jurídica de la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
,
la cual acompaña la correspondiente Exposición de Motivos y el Decreto.
Solicito se le dé a esta Asociación el trámite correspondiente y se envíe a la Comisión de su ámbito de competencia para su dictamen y posterior aprobación por el Plenario.
Por su fina atención, quedo agradecido.
Atentamente,
ING. MARIO VALLE DAVILA
Diputado
EXPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 12 de noviembre de 2010
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional.
Su Despacho.
-
Honorable Presidente Núñez:
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República y los Artículos 30 numeral 1, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
.
La Asociación se constituye, entre otros con los siguientes objetivos fundamentales:
La Asociación tiene como fin y objetivo general la promoción del desarrollo físico y mental de los jóvenes por medio de la práctica del deporte, ofreciendo alternativas sanas a los niños, adolescentes y jóvenes del departamento por medio de la organización de ligas deportivas por categorías y de forma libre; establecer relaciones y formas de colaboración y cooperación con entidades gubernamentales, gobiernos municipales y organismos no gubernamentales, tanto nacionales como extranjeros a fin de impulsar el deporte; promover la capacitación y formación de entrenadores en las distintas ramas del deporte.
El Domicilio principal de la Asociación será en San Carlos, Departamento de Río San Juan, de la República de Nicaragua, no obstante podrá establecer oficinas en cualquier parte de la República de Nicaragua y su duración es tiempo indefinido.
Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua, la presente iniciativa de Personería Jurídica, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego remitida a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
ING. MARIO VALLE DAVILA
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1- Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
)
sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de San Carlos, Departamento de Río San Juan, de la República de Nicaragua.
Arto. 2- La representación de esta
ASOCIACION
será ejercida de la forma que determinen sus Estatutos.-
Arto.3. La
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás Leyes de la de la República.-
Arto.4- El Presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-
Dado en la Ciudad de Managua en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los____________ días del mes _________ del año dos mil nueve.
ING. RENE NUÑEZ TELLLEZ DR.WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 09 de febrero del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN
DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL-RIO SAN JUAN,
con
domicilio en la ciudad de San Carlos, Departamento de Rio San Juan. Presentada por el Diputado: MARIO VALLE DAVILA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) La promoción del desarrollo físico y mental de los jóvenes por medio de la practica del deporte, ofreciendo alternativas sanas a los niños. Adolescentes y jóvenes del departamento por medio de la organización de ligas deportivas por categorías y de forma libre.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: BAYRON ANTONIO MONTIEL SALAS, Vicepresidente, JAUN RAMON FLORES URBINA, Secretaria, ANABEL DEL SOCORRO MONTIEL SALAS, Fiscal, AUGUSTO ANTONIO GARCIA ARANA Tesorero, HOLMAN ANTONIO SALAS CHAMORRO, Vocal, CARLOS HORACIO GARCIA GROSS.
.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL-RIO SAN JUAN,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL-RIO SAN JUAN,
sin fines de lucro, de duración indefinido y con domicilio en
la ciudad de San Carlos, Departamento de Rio San Juan.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL-RIO SAN JUAN,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6334
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN, ADEBAL – RIO SAN JUAN;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de San Carlos, Departamento de Río San Juan.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN, ADEBAL – RIO SAN JUAN;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el día quince del mes de Marzo del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 12 de noviembre de 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Doctor Navarro:
Por este medio le estamos solicitando de manera formal y con el debido respeto, concesión de Personería Jurídica para la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
La representación legal de nuestra Asociación será ejercida en la forma que determine sus estatutos.
Se adjunta Escritura Pública de Constitución de la Asociación, Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto.
Muy agradecido por su amable atención, me despido de Usted.
Atentamente,
BYRON ANTONIO MONTIEL SALAS
Presidente
Managua, 12 de noviembre 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
-
Estimada Doctor Navarro:
Adjunto estoy remitiendo la Personería Jurídica de la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
,
la cual acompaña la correspondiente Exposición de Motivos y el Decreto.
Solicito se le dé a esta Asociación el trámite correspondiente y se envíe a la Comisión de su ámbito de competencia para su dictamen y posterior aprobación por el Plenario.
Por su fina atención, quedo agradecido.
Atentamente,
ING. MARIO VALLE DAVILA
Diputado
EXPOSICION DE MOTIVOS
Managua, 12 de noviembre de 2010
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional.
Su Despacho.
-
Honorable Presidente Núñez:
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamentos en los artículos 138 numeral 1 y 140 numeral 1 de la Constitución Política de la República y los Artículos 30 numeral 1, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
.
La Asociación se constituye, entre otros con los siguientes objetivos fundamentales:
La Asociación tiene como fin y objetivo general la promoción del desarrollo físico y mental de los jóvenes por medio de la práctica del deporte, ofreciendo alternativas sanas a los niños, adolescentes y jóvenes del departamento por medio de la organización de ligas deportivas por categorías y de forma libre; establecer relaciones y formas de colaboración y cooperación con entidades gubernamentales, gobiernos municipales y organismos no gubernamentales, tanto nacionales como extranjeros a fin de impulsar el deporte; promover la capacitación y formación de entrenadores en las distintas ramas del deporte.
El Domicilio principal de la Asociación será en San Carlos, Departamento de Río San Juan, de la República de Nicaragua, no obstante podrá establecer oficinas en cualquier parte de la República de Nicaragua y su duración es tiempo indefinido.
Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua, la presente iniciativa de Personería Jurídica, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego remitida a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
ING. MARIO VALLE DAVILA
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto.1- Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
)
sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de San Carlos, Departamento de Río San Juan, de la República de Nicaragua.
Arto. 2- La representación de esta
ASOCIACION
será ejercida de la forma que determinen sus Estatutos.-
Arto.3. La
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL - RIO SAN JUAN
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás Leyes de la de la República.-
Arto.4- El Presente Decreto entrara en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.-
Dado en la Ciudad de Managua en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los____________ días del mes _________ del año dos mil nueve.
ING. RENE NUÑEZ TELLLEZ DR.WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 09 de febrero del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN
DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL-RIO SAN JUAN,
con
domicilio en la ciudad de San Carlos, Departamento de Rio San Juan. Presentada por el Diputado: MARIO VALLE DAVILA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) La promoción del desarrollo físico y mental de los jóvenes por medio de la practica del deporte, ofreciendo alternativas sanas a los niños. Adolescentes y jóvenes del departamento por medio de la organización de ligas deportivas por categorías y de forma libre.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: BAYRON ANTONIO MONTIEL SALAS, Vicepresidente, JAUN RAMON FLORES URBINA, Secretaria, ANABEL DEL SOCORRO MONTIEL SALAS, Fiscal, AUGUSTO ANTONIO GARCIA ARANA Tesorero, HOLMAN ANTONIO SALAS CHAMORRO, Vocal, CARLOS HORACIO GARCIA GROSS.
.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL-RIO SAN JUAN,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL-RIO SAN JUAN,
sin fines de lucro, de duración indefinido y con domicilio en
la ciudad de San Carlos, Departamento de Rio San Juan.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N DEPARTAMENTAL DE BALONCESTO DE RIO SAN JUAN,
la que podrá identificarse o denominarse simplemente como
ADEBAL-RIO SAN JUAN,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO