Managua, 20 de Enero de 2009.

Managua, 20 de Agosto de 2009.



DICTAMEN




Managua, 15 de octubre del 2009


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION”, con domicilio en el Municipio de Laguna de Perlas, de la Región Autónoma Atlántico Sur (RAAS). Presentada por el Diputado Ramiro Silva Gutiérrez. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo 1) Construir Templos Cristianos, Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama la Santa Palabra de Dios la Biblia, realizar Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelistica, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamiento de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, RAMON ENRIQUE TORREZ NAVARRO, Vicepresidente, IVIS DEL ROSARIO OROZCO RIVERA, Secretario, ALICIA MAGALY NAVARRETE FLORES, Tesorero, LUIS GUILLERMO NAVARRO, Vocales, HILARIA VERONICA GARCIA RAYO, JORINDA COLBY SCOTT PINEER, JUDITH JOY MC.COY MOSES, VICTOR IGNACIO CASTRO ALFARO.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION”,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Laguna de Perlas, de la Región Autónoma Atlántico Sur (RAAS).

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACIÓN MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION”. Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 5939
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION.”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Laguna de Perlas, de la Región Autónoma Atlántico Sur (RAAS).

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “ASOCIACION MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION.”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 20 de Enero de 2009.

Managua, 20 de Agosto de 2009.


DICTAMEN




Managua, 15 de octubre del 2009


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION”, con domicilio en el Municipio de Laguna de Perlas, de la Región Autónoma Atlántico Sur (RAAS). Presentada por el Diputado Ramiro Silva Gutiérrez. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo 1) Construir Templos Cristianos, Predicar y difundir el Santo Evangelio de nuestro señor Jesucristo tal como se proclama la Santa Palabra de Dios la Biblia, realizar Campañas Nacionales para llevar Avivamiento Espiritual a todas las Iglesias, Cruzadas Evangelistica, Conciertos de Música Cristiana Nacionales e internacionales y de esta forma establecer los valores morales y espirituales de las Personas, desarrollando aptitudes y comportamiento de solidaridad, respeto mutuo que contribuyan al mejorar en los niños, niñas, hombres, mujeres y ancianos mediante una conducta de amor y bien para si y el de su semejantes.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, RAMON ENRIQUE TORREZ NAVARRO, Vicepresidente, IVIS DEL ROSARIO OROZCO RIVERA, Secretario, ALICIA MAGALY NAVARRETE FLORES, Tesorero, LUIS GUILLERMO NAVARRO, Vocales, HILARIA VERONICA GARCIA RAYO, JORINDA COLBY SCOTT PINEER, JUDITH JOY MC.COY MOSES, VICTOR IGNACIO CASTRO ALFARO.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION”,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Laguna de Perlas, de la Región Autónoma Atlántico Sur (RAAS).

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACIÓN MINISTERIO INTERDENOMINACIONAL APOSTOLICO PROFETICO JESUCRISTO ES LA FUENTE DE SALVACION”. Estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO