Managua, 15 de Abril del 2010



Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable Señor Primer Secretario:

De conformidad con lo preceptuado en el literal b), del artículo 13 de la Ley No. 147 (Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro), permítanos presentar por su digno medio al Plenario de la Asamblea Nacional Legislativa, la iniciativa de Ley para otorgarle Personalidad Jurídica a la Asociación sin Animo de Lucro denominada “FUNDACION RESERVA DEL MAR”; acompañando para tal efecto los documentos requeridos por Vos y consistentes en: Exposición de Motivos en la que se expresa la naturaleza y alcance de los propósitos de la Fundación, dos copias certificadas del Testimonio de la Escritura de Acta Constitutiva y Estatutos de la “FUNDACION RESERVA DEL MAR” y el anteproyecto de Decreto de Personalidad Jurídica, para que remitida a la Comisión de Defensa y Gobernación, emita su dictamen acogiendo la solicitud y presentada a Plenario para su aprobación y otorgamiento de Personalidad Jurídica a la precitada Fundación.

Agradeciéndole de antemano la atención que preste a esta solicitud, aprovechamos la oportunidad para darles muestras de nuestra más alta consideración y aprecio,

Atentamente,



ING. BENJAMIN ANTONIO GRANADOS CENTENO
Presidente





EXPOSICION DE MOTIVOS

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Honorable Presidente:
El suscrito Diputado representante ante la Asamblea nacional con las facultades que nos otorga la Constitución Política de Nicaragua en su Arto. 138, inciso 19, en la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua en su Arto 90 y en la Ley No. 147 “LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO”, me permito introducir formal solicitud para que se le otorgue PERSONALIDAD JURÍDICA a la “FUNDACION RESERVA DEL MAR”; constituida en Escritura Pública Número treinta y siete (37), autorizada por el Notario Fernando Somarriba de Valery, en esta ciudad, a las once de la mañana del día once de Abril del año dos mil diez.
La “FUNDACION RESERVA DEL MAR”, tiene como objetivos esenciales: a) promover actuaciones para la protección y mejoramiento del medioambiente y la biodiversidad; b) el manejo de áreas protegidas; c) la investigación, desarrollo, y divulgación de temas ambientales; d) crear una plataforma de dialogo y colaboración entre figuras registradas como naturales o jurídicas, redes sociales y de reservas silvestre privadas, organismos internacionales medioambientales, empresas, proyectos y el resto de la sociedad con la finalidad de conseguir conjuntamente un modelo de desarrollo sostenible; e) Contribuir a la construcción de un desarrollo sostenible mediante la generación y puesta en marcha de alternativas ecológicamente sostenibles, socialmente justas y económicamente viables; g) El apoyo a la investigación y al desarrollo científico de las áreas protegidas y la biodiversidad;

FUNDAMENTACION

La Fundación en conjunto con los pobladores pretende ejecutar aquellos actos tendientes al mejoramiento de las condiciones medioambientales de la Republica de Nicaragua y sus pobladores. Esencialmente la “FUNDACION RESERVA DEL MAR, nace producto de la necesidad de los miembros de garantizar una estructura organizativa que les permita llevar adelante sus objetivos de una forma armónica a los intereses generales de sus miembros y de la comunidad en general. De igual forma la Fundación pretende constituirse como el legítimo representante de los miembros de la comunidad para contribuir con la construcción de un desarrollo sostenible mediante la generación de alternativas ecológicas, socialmente justas y económicamente viables.

Por todo lo anteriormente expuesto, consideramos que el desarrollo de los objetivos de la “FUNDACION RESERVA DEL MAR, es de suma importancia para sus miembros y la comunidad de en general. En consecuencia con todo respeto, sometemos a la consideración de los Honorables Diputados, la presente iniciativa de Ley, a fin de que sea remitida a la Comisión de Defensa y Gobernación, y esta emita su dictamen acogiendo la solicitud y sea presentada al Plenario para su aprobación y otorgamiento de Personalidad Jurídica a la precitada Fundación.

Atentamente,

WILFREDO NAVARRO MOREIRA
DIPUTADO




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO


Arto.1. Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION RESERVA DEL MAR”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Rivas, Departamento de Rivas.

Arto.2. La representación legal de la Fundación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.

Arto.3. La “FUNDACION RESERVA DEL MAR”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la Republica.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _________ días del mes de ______________ del año dos mil diez. RENE NUÑEZ TELLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. WILFREDO NAVARRO MOREIRA, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, _____________ del año dos mil diez. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.

DICTAMEN


Managua, 13 de julio del 2010

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “FUNDACIÓN RESERVAS DEL MAR”, con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado: WILFREDO NAVARRO MOREIRA, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Promover actuaciones para la protección y mejoramiento del medioambiente y la biodiversidad, 2) el manejo de áreas protegidas, 3) la investigación, desarrollo y divulgación de temas ambientales.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: BENJAMIN ANTONIO GRANADOS CENTENO, Vicepresidente, JAVIER ALONSO CARRION McDONOUGH, Secretario, CARLOS JOSE PEREZ ALEMAN, Tesorero, IVAN JAVIER SABALLOS PATIÑO, Vocal: MANUEL ALFREDO GRANADOS CENTENO.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “FUNDACIÓN RESERVAS DEL MAR”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO


GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ FUNDACIÓN RESERVAS DEL MAR”, sin fines de lucro, de duración noventa y nueva años y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 LaFUNDACIÓN RESERVAS DEL MAR”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE

WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6160
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION RESERVA DEL MAR”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “FUNDACION RESERVA DEL MAR”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 15 de Abril del 2010



Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario de la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable Señor Primer Secretario:

De conformidad con lo preceptuado en el literal b), del artículo 13 de la Ley No. 147 (Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro), permítanos presentar por su digno medio al Plenario de la Asamblea Nacional Legislativa, la iniciativa de Ley para otorgarle Personalidad Jurídica a la Asociación sin Animo de Lucro denominada “FUNDACION RESERVA DEL MAR”; acompañando para tal efecto los documentos requeridos por Vos y consistentes en: Exposición de Motivos en la que se expresa la naturaleza y alcance de los propósitos de la Fundación, dos copias certificadas del Testimonio de la Escritura de Acta Constitutiva y Estatutos de la “FUNDACION RESERVA DEL MAR” y el anteproyecto de Decreto de Personalidad Jurídica, para que remitida a la Comisión de Defensa y Gobernación, emita su dictamen acogiendo la solicitud y presentada a Plenario para su aprobación y otorgamiento de Personalidad Jurídica a la precitada Fundación.

Agradeciéndole de antemano la atención que preste a esta solicitud, aprovechamos la oportunidad para darles muestras de nuestra más alta consideración y aprecio,

Atentamente,



ING. BENJAMIN ANTONIO GRANADOS CENTENO
Presidente





EXPOSICION DE MOTIVOS

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Honorable Presidente:
El suscrito Diputado representante ante la Asamblea nacional con las facultades que nos otorga la Constitución Política de Nicaragua en su Arto. 138, inciso 19, en la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua en su Arto 90 y en la Ley No. 147 “LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO”, me permito introducir formal solicitud para que se le otorgue PERSONALIDAD JURÍDICA a la “FUNDACION RESERVA DEL MAR”; constituida en Escritura Pública Número treinta y siete (37), autorizada por el Notario Fernando Somarriba de Valery, en esta ciudad, a las once de la mañana del día once de Abril del año dos mil diez.
La “FUNDACION RESERVA DEL MAR”, tiene como objetivos esenciales: a) promover actuaciones para la protección y mejoramiento del medioambiente y la biodiversidad; b) el manejo de áreas protegidas; c) la investigación, desarrollo, y divulgación de temas ambientales; d) crear una plataforma de dialogo y colaboración entre figuras registradas como naturales o jurídicas, redes sociales y de reservas silvestre privadas, organismos internacionales medioambientales, empresas, proyectos y el resto de la sociedad con la finalidad de conseguir conjuntamente un modelo de desarrollo sostenible; e) Contribuir a la construcción de un desarrollo sostenible mediante la generación y puesta en marcha de alternativas ecológicamente sostenibles, socialmente justas y económicamente viables; g) El apoyo a la investigación y al desarrollo científico de las áreas protegidas y la biodiversidad;

FUNDAMENTACION

La Fundación en conjunto con los pobladores pretende ejecutar aquellos actos tendientes al mejoramiento de las condiciones medioambientales de la Republica de Nicaragua y sus pobladores. Esencialmente la “FUNDACION RESERVA DEL MAR, nace producto de la necesidad de los miembros de garantizar una estructura organizativa que les permita llevar adelante sus objetivos de una forma armónica a los intereses generales de sus miembros y de la comunidad en general. De igual forma la Fundación pretende constituirse como el legítimo representante de los miembros de la comunidad para contribuir con la construcción de un desarrollo sostenible mediante la generación de alternativas ecológicas, socialmente justas y económicamente viables.

Por todo lo anteriormente expuesto, consideramos que el desarrollo de los objetivos de la “FUNDACION RESERVA DEL MAR, es de suma importancia para sus miembros y la comunidad de en general. En consecuencia con todo respeto, sometemos a la consideración de los Honorables Diputados, la presente iniciativa de Ley, a fin de que sea remitida a la Comisión de Defensa y Gobernación, y esta emita su dictamen acogiendo la solicitud y sea presentada al Plenario para su aprobación y otorgamiento de Personalidad Jurídica a la precitada Fundación.

Atentamente,

WILFREDO NAVARRO MOREIRA
DIPUTADO




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO


Arto.1. Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION RESERVA DEL MAR”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Rivas, Departamento de Rivas.

Arto.2. La representación legal de la Fundación será ejercida en la forma en que determinen sus Estatutos.

Arto.3. La “FUNDACION RESERVA DEL MAR”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la Republica.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _________ días del mes de ______________ del año dos mil diez. RENE NUÑEZ TELLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. WILFREDO NAVARRO MOREIRA, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, _____________ del año dos mil diez. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua.

DICTAMEN


Managua, 13 de julio del 2010

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “FUNDACIÓN RESERVAS DEL MAR”, con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado: WILFREDO NAVARRO MOREIRA, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta fundación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Promover actuaciones para la protección y mejoramiento del medioambiente y la biodiversidad, 2) el manejo de áreas protegidas, 3) la investigación, desarrollo y divulgación de temas ambientales.

Esta fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: BENJAMIN ANTONIO GRANADOS CENTENO, Vicepresidente, JAVIER ALONSO CARRION McDONOUGH, Secretario, CARLOS JOSE PEREZ ALEMAN, Tesorero, IVAN JAVIER SABALLOS PATIÑO, Vocal: MANUEL ALFREDO GRANADOS CENTENO.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “FUNDACIÓN RESERVAS DEL MAR”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO


GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ FUNDACIÓN RESERVAS DEL MAR”, sin fines de lucro, de duración noventa y nueva años y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento del mismo nombre.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 LaFUNDACIÓN RESERVAS DEL MAR”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE

WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO