Managua, 14 de Diciembre del 2010.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Doctor Navarro:


En mi carácter de Presidente de la Asociación a través del presente le solicito el otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE FISICO CULTURISMO MASAYA, (ASODEFISC-MASAYA), de carácter civil sin fines de lucro con domicilio en el Municipio de Masaya, del Departamento de Masaya. La Asociación es de naturaleza civil, de orientación social, no partidista, sin fines de lucro, fue constituida mediante Escritura Pública Número (88) del diez de diciembre del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Licenciado Salvador Antonio Bermúdez Cuevas, de la cual hemos presentado la documentación correspondiente para que sea tramitada la Aprobación de Personalidad Jurídica por parte de la Honorable Asamblea Nacional de la cual Usted es Secretario.

A través del presente solicito que por su digno medio sea presentada al Honorable Plenario para su correspondiente aprobación.

Adjunto al presente las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.


Atentamente,



.
WILBERT CABARDO ZAPATA SANDOVAL
Presidente






EXPOSICION DE MOTIVOS.


Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:


El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE FISICO CULTURISMO MASAYA, pudiendo identificarse con las siglas (ASODEFISC-MASAYA) de carácter civil sin fines de lucro con domicilio en el Municipio de Masaya, del Departamento de Masaya. La asociación es de naturaleza civil, de orientación social, no partidista, fue constituida mediante Escritura Pública Número ochenta y ocho (88) del día diez de diciembre del año dos mil diez ante los oficios naturales del Licenciado SALVADOR ANTONIO BERMUDEZ CUEVAS.

Los fines y objetivos son los siguientes:

Ø Promover fomentar, organizar y desarrollar el Físico Culturismo en todas las categorías procurando una cobertura Departamental.

Ø Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas y morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del Físico Culturismo en el Departamento.

Ø Incidir en políticas públicas del sector cultural, específicamente en teatro.

Ø Promover y estimular el desarrollo del Físico Culturismo en todas las categorías en las ramas masculinas y femeninas en todo el Departamento.


Entre otros objetivos:

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego remitida a comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Adjunto a la presente las copias de ley correspondiente así como propuesta de Proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por el Presidente de dicha Asociación.

Atentamente,




WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE FISICO CULTURISMO MASAYA, (ASODEFISC-MASAYA9, es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la Ciudad de Masaya, Departamento de Masaya.

Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Artículo. 3. La ASOCIACION DEPARTAMENTAL DE FISICO CULTURISMO MASAYA, (ASODEFISC-MASAYA), estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.



ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL

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