Managua, 22 de Marzo del 2011.



Diputado
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario - Asamblea Nacional
Su despacho

Estimado Diputado Wilfredo Navarro:

Reciba fraternos saludos. Me dirijo a usted de la manera mas formal para solicitarle que en su calidad de Primer Secretario de la Junta Directiva de la Honorable Asamblea Nacional y con fundamento en el Artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, y la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, se realicen los trámites que correspondan para el otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL", (OVI), que tiene por objeto facilitar información y herramientas que generen cambios de actitudes en temas de interés social en poblaciones en general o población nicaragüense .

Adjunto los siguientes documentos: Escritura Pública de Constitución de la Asociación, Exposición de Motivos y el Proyecto de Decreto en original y copias respectivamente.

Sin más a que referirme y agradeciendo sus amables oficios a la presente, me suscribo.

Atentamente,




WILBER ANTONIO BOLAÑOS GUZMÁN
Presidente





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, 31 de marzo de 2011.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Reciba Fraternos Saludos:


El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, y con fundamentos en los Artículos 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, y el artículo 6 y 7 de la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presenta la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL” (OVI), asociación sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número trece (13), Otorgada en la Ciudad de Managua a las doce meridiano del día catorce de Febrero del año dos mil once, ante los oficios notariales del Licenciado GIOVANNY BATISTA CAMPOS ZAPATA, Notario Público de la República de Nicaragua.

Fundamentación:


El fundamento en virtud de cual se promueve esta iniciativa subyace en el objetivo fundamental de la asociación: el cual es su parte condecedente dice:

Facilitar información y herramientas que generen cambios actitudes en temas de interés social en población en general o población Nicaragüense.

Crear alianzas interinstitucionales que permita el fortalecimiento de estrategias y acciones conjuntas para la promoción y defensa de los derechos humanos, sexuales y reproductivas de la población en general, promover la información de alianzas estratégicas interinstitucionales y defensa de los derechos Humanos, sexuales y reproductivos, genero, violencia que busquen el beneficio de las personas en general a nivel local, nacional y regional


Por lo anterior expuesto solicitud a su instancia se someta esta iniciativa a consideración de la magna Asamblea Nacional a fin que sea escogidas en plenario y remitida a comisión, para su dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,



EVERTZ CÁRCAMO NARVÁEZ
Diputado - Propietario
Bancada Alianza F.S.L.N





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:
HA DICTADO

El Siguiente

DECRETO

Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL”, Que también podrá denominarse con sus siglas (OVI), de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua, Nicaragua.

Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determina su Escritura y sus respectivos Estatutos.

Artículo. 3. La ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL”, Que también podrá denominarse con sus siglas (OVI), estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.



ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO

DICTAMEN
Managua, 06 de septiembre del 2011

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL”, pudiendo utilizar indistintamente la denominación abreviada de (OVI), con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: EVERTZ CARCAMO NARVAEZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 10 de mayo del año dos mil once.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: UNO.)- facilitar información y herramientas que generen cambios de actitudes en temas de interés social en poblaciones en general o población nicaragüense DOS.)- Crear alianzas interinstitucionales que permitan el fortalecimiento de estrategias y acciones conjuntas para la promoción y defensa de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de la población en general, Promover la formación de alianzas estratégicas interinstitucional y defensa de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, género, violencia que busquen el beneficio de las personas en general, a nivel local, nacional y regional TRES) Participar activamente en iniciativas legislativas y de políticas públicas que garanticen la defensa de los derechos humanos.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: WILBER ANTONIO BOLAÑOS GUZMAN, Vicepresidente, NELSON ANIBAL GONZALEZ MORENO, Secretario, YURA MARCELO MARTINEZ MOJICA, , Tesorero, MARLYN YADIRA CHAVARRIA CASTILLO, Primer Vocal: MARIA DE LOS ANGELES TIJERINO FUERTES, Segundo Vocal: GLORIA DEL CARMEN DORMOS AMADOR

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL”, pudiendo utilizar indistintamente la denominación abreviada de (OVI),

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO


FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO










LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL”, pudiendo utilizar indistintamente la denominación abreviada de (OVI), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.



Arto. 3 La ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL”, pudiendo utilizar indistintamente la denominación abreviada de (OVI), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.




RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6593
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL”, pudiendo utilizar indistintamente la denominación abreviada de (OVI); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, del Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN “ORGANIZACIÓN VIDA INTEGRAL”, pudiendo utilizar indistintamente la denominación abreviada de (OVI); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional