Managua, 16 de Octubre del 2012.
Licenciada
ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria de la Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimada Licenciada Palacios:
Por medio de la presente le solicito la aceptación, tramitación y aprobación de la Personería Jurídica de la Fundación civil denominada
“FUNDACION 21 SINDROME DOWN NICARAGUA”,
documentación que adjunto mediante Primer Testimonio de Escritura Pública de Constitución y estatutos, Constancia de Negativa de Inscripción, Exposición de Motivos, Propuesta de Decreto Legislativo e Identificación de los Fundadores toso en Original y tres fotocopias de cada uno.
Dicha solicitud la baso en vista que ya hemos cumplido los requisitos que la ley establece para esta materia.
En Caso de aviso o notificación señalo la siguiente dirección:
Muy Atentamente,
NAVILLE DEL CARMEN MOLINA MEJÍA
Presidente
Managua, 05 de Octubre del año dos mil doce.
Ingeniero
SANTOS RENE NUÑEZ TELLÉZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimado Señor Presidente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc. 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política y en el Inc 2 del Arto. 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la Fundación civil denominada
“FUNDACION 21 SINDROME DOWN NICARAGUA”,
sin fines de lucro, de duración indefinida con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua, cuya actividades se podrán realizar en todo el territorio nacional e internacional, constituida en Escritura Pública, ante el Notario Público Doctor Jaime Normando García Gómez.
LA FUNDACION TIENE COMO OBJETIVO PRINCIPAL:
1.- Brindar información a las familias de personas con síndrome de Down y a todos los sectores de la sociedad.
2.- Brindar capacitación a las familias de personas con síndrome de Down y a todos los sectores de la sociedad.
3.- Promover sistemas de protección integral, legal y social para una real inserción social, educativa y laboral en igualdad de derechos de las personas con síndrome de Down, etc.
Aprovecho la ocasión para reiterarle mis más sinceras muestras de estima y aprecio.
Atentamente,
GUILLERMO ARCE CASTAÑO
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Art. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la Fundación civil denominada
“FUNDACION 21 SINDROME DOWN NICARAGUA”
sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua, Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Art. 2 La Representación de esta Fundación Civil
“FUNDACION 21 SINDROME DOWN NICARAGUA”
será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La Fundación Civil
“FUNDACION 21 SINDROME DOWN NICARAGUA”
, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Art. 4 El Presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su Publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los ________________ días del mes de ________de año dos mil doce.
RENE NÚÑEZ TELLEZ ALBA PALACIOS BENAVIDES
PRESIDENTE PRIMERA SECRETARIA
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL