Managua, 18 de mayo de 2010



DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario Asamblea Nacional
Republica de Nicaragua.

Estimada doctor Navarro:

Reciba fraternos saludos de parte de los miembros fundadores de la Asociación Sin Fines de Lucro ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES CEA de la Ciudad de Managua.

Desde hace varios meses hemos estado trabajando en un proyecto para la atención a personas que sufren la enfermedad de la adicción al alcohol, otras sustancias y condiciones relacionadas.

Nuestro objetivo principal es ayudar a las personas, familias y comunidades afectadas por la adicción al alcohol, otras sustancias y condiciones relacionadas, a encontrar el camino de la recuperación hacia una vida digna y plena, lograr la integración en todos los ámbitos de la vida, que le permitan su desarrollo integral, brindándoles así la oportunidad de ser independientes a cualquier adicción y productivos a la sociedad.-

Desde el inicio del proyecto, se ha trabajado de forma autogestionaria, en la actualidad solo contamos con el apoyo de los miembros fundadores, pero con el empeño y entusiasmo de estos mismos miembros vamos a convertir a esta asociación en líder a nivel Nacional, del tratamiento de las adicciones al alcohol, otras sustancias y condiciones relacionadas, utilizando como base los doce pasos de recuperación.

Nuestra Asociación es de interés social, una asociación de hombres y mujeres para darles educación, prevención y tratamiento a la enfermedad de la ADICCION, es autónoma, ajena a toda opinión o filiación política partidaria, no es una asociación religiosa, el programa de la misma consiste en una serie de principios prácticos y espirituales, y como ya expresamos se utilizaran los doce pasos de recuperación, a través de los cuales se pretende ayudar a cualquier persona a recuperarse de la enfermedad de la adicción. Todos los esfuerzos de esta organización estarán dirigidos hacia un bien público, con el propósito de contribuir al desarrollo del hombre y la sociedad.


Estimado Doctor, en base a estas razones, estamos solicitando a ustedes honorables diputados, nos concedan la Personalidad Jurídica.

Sin más a que hacer referencia, nos suscribimos de usted deseándole éxitos en gestión personal y profesional.


Atentamente:




LIC. JAVIER DE JESÚS LEY TABLADA
Presidente Junta Directiva

18 de Mayo del año 2010
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional.
Republica de Nicaragua.-


Estimado Ingeniero:


Por medio de la presente me dirijo a usted, con la finalidad de presentarle la Exposición de Motivos de la Asociación Sin Fines de Lucro; ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES CEA, de la cual estamos gestionando su Personalidad Jurídica, en la Honorable Asamblea Nacional que usted dignamente dirige.-


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La Asociación dentro del marco de las leyes de la República y sin perjuicio de su objetivo principal que es ayudar a las personas, familias y comunidades afectadas por la adicción al alcohol, otras sustancias y condiciones relacionadas, a encontrar el camino de la recuperación hacia una vida digna y plena, lograr la integración en todos los ámbitos de la vida, que le permitan su desarrollo integral, brindándoles así la oportunidad de ser independientes a cualquier adicción y productivos a la sociedad.-

La constitución de esta Asociación se motiva también, para promover en los familiares de las personas que padecen la enfermedad de la adicción, e instituciones de toda índole, acciones orientadas a la atención de las personas en recuperación y a sus familias, que permitan sensibilizar, educar a la sociedad sobre el respeto a los derechos humanos e igualdad de oportunidades de los enfermos de adicción, y siempre dentro de este mismo objeto podrá;

a) Desarrollar programas, proyectos de educación y recuperación, dirigidos a los familiares de las personas con problemas de adicción.- b) Crear servicios médicos especializados, multidisciplinarios y/o de cualquier índole para atender a las personas con problemas de adicción, estos programas y servicios tendrán como principio y filosofía los doce pasos de recuperación, entendiendo claramente que la adicción es una enfermedad primaria, crónica y multidimensional .- c) Promover el intercambio de experiencias con instituciones afines como, confraternidades, los Ministerios de Salud y Educación, entes de la sociedad civil, buscando facilitar y brindar una mejor atención a estas personas y sus familiares.- d) Desarrollar campañas de información, divulgación y sensibilización permanentes a fin de promover cada día una verdadera integración de las personas con problemas de adicción y en recuperación, buscando como educar a la población en general acerca de la adicción como una enfermedad y no como una deficiencia moral, persiguiendo con esta tarea reducir estigmas y creencias culturales que dificulta el tratamiento a la enfermedad.- e) Promover y desarrollar iniciativas económicas en función de lograr la sostenibilidad y auto sostenibilidad de “CEA .-f) Elaborar proyectos y propuestas encaminadas a la integración y seguimiento de los hombres, mujeres, niñas y niños con problemas de adicción en las diferentes instancias de la nación, educándolos en función de la disponibilidad y procedimientos de alternativas de tratamiento, para cambiar la percepción del tratamiento como algo positivo y no como un castigo, educando y aclarando que la adicción es una enfermedad tratable, al igual que otras enfermedades crónicas.- g) Promover, organizar encuentros y eventos nacionales e internacionales con el objetivo de intercambio de conocimientos con instituciones afines.- h) La ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, promoverá e incentivara a instituciones nacionales y extranjeras, a los hermanamientos, apadrinamientos, para los cual podrá estipular actos y contratos civiles, mercantiles, legales, administrativos. o de todo tipo que estime necesario y que actúen en beneficio, de los hombres, mujeres, niños, niñas y jóvenes con problemas de adicción.- i) Promover la creación y desarrollo de nuevas alternativas de desarrollo integral para las personas con adicción, previniéndolos acerca de los riesgos del consumo de alcohol y sustancias, principalmente aquellos jóvenes que comienzan a consumir sustancias a temprana edad.- j) Solicitar y canalizar todos los recursos técnicos, materiales y financieros provenientes de organismos internacionales o nacionales, como las donaciones a nivel nacional e internacional para cumplir con todos los fines y objetivos que hemos relacionado. k) Crear centros de educación y de tratamiento para adictos al alcohol u otras sustancias y condiciones relacionadas en los cuales se ofrezcan los servicios de internamiento residencial, tratamiento ambulatorio, programas de seguimiento, terapias personales y de familias, programas educativos y de prevención, podrá crear condiciones materiales en casas e infraestructuras para el tratamiento de los enfermos de la adicción, sean nacionales o internacionales. l) Colaborar con servicios médicos especializados y/o de cualquier índole relacionados con la enfermedad de la adicción, que tenga como propósito la recuperación de los adictos a cualquier sustancia.- m) La Asociación, siempre dentro del marco que rige esta materia, podrá desarrollar otras actividades para su auto sostenimiento, buscando siempre la atención y tratamiento a personas que padecen la enfermedad de la adicción.

Señor Presidente, esos son nuestros motivos, objetivos y fines que perseguimos al constituir esta Asociación Sin Fines de Lucro, esperamos de usted, su mas fina atención y promoción a esta sensible y humanista iniciativa.-



Sin mas a que referirme, agradeciéndole de antemano su aprobación;





De usted muy atentamente:


WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado







ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA:

En uso de sus facultades:
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:

Arto. 1: Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES “CEA”, sin fines de Lucro, de duración indefinida, y del domicilio de la Ciudad de Managua.-

Arto. 2.- La Representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.-

Arto. 3.- La ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES “CEA”, esta obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.-

Arto. 4: el Presente Decreto estará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.-

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea, a los ___________del mes de__________del año__________. Rene Núñez Téllez. Presidente de la Asamblea Nacional.- Wilfredo Navarro Moreira.- Secretario de la Asamblea Nacional.-

Por tanto: Publíquese y ejecútese, Managua, __________del mes ________del año_____________.- Daniel Ortega Saavedra.- Presidente de la Republica de Nicaragua.-

DICTAMEN

Managua, 09 de julio del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida por sus siglas “CEA”, con domicilio en la Ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua. Presentada por el Diputado: WILFREDO NAVARRO MOREIRA. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Desarrollar programas, proyectos de educación y recuperación, dirigidos a los familiares de las personas con problemas de adicción, 2) Crear servicios médicos especializados, multidisciplinarios y/o de cualquier índole para atender a las personas con problemas de adicción, estos programas y servicios tendrán como principio y filosofía los doce pasos de recuperación, entendiendo claramente que la adicción es un enfermedad primaria, crónica y multidimensional.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JAVIER DE JESUS LEY TABLADA, Vicepresidente: HORACIO MARTIN GARCIA MEJIA, Tesorero, ERNESTO ANTONIO MANTICA AVILEZ, Secretario, JUAN MANUEL CALDERA MAY, Fiscal, GUILLERMO EUGENIO GUERRA WHEELOCK, Vocal, FREDERICK PAUL JONES WHEELOCK.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida por sus siglas “CEA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO


GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades;
HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida por sus siglas “CEA”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida por sus siglas “CEA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6147
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida con las siglas CEA”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida con las siglas CEA”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 18 de mayo de 2010



DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario Asamblea Nacional
Republica de Nicaragua.

Estimada doctor Navarro:

Reciba fraternos saludos de parte de los miembros fundadores de la Asociación Sin Fines de Lucro ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES CEA de la Ciudad de Managua.

Desde hace varios meses hemos estado trabajando en un proyecto para la atención a personas que sufren la enfermedad de la adicción al alcohol, otras sustancias y condiciones relacionadas.

Nuestro objetivo principal es ayudar a las personas, familias y comunidades afectadas por la adicción al alcohol, otras sustancias y condiciones relacionadas, a encontrar el camino de la recuperación hacia una vida digna y plena, lograr la integración en todos los ámbitos de la vida, que le permitan su desarrollo integral, brindándoles así la oportunidad de ser independientes a cualquier adicción y productivos a la sociedad.-

Desde el inicio del proyecto, se ha trabajado de forma autogestionaria, en la actualidad solo contamos con el apoyo de los miembros fundadores, pero con el empeño y entusiasmo de estos mismos miembros vamos a convertir a esta asociación en líder a nivel Nacional, del tratamiento de las adicciones al alcohol, otras sustancias y condiciones relacionadas, utilizando como base los doce pasos de recuperación.

Nuestra Asociación es de interés social, una asociación de hombres y mujeres para darles educación, prevención y tratamiento a la enfermedad de la ADICCION, es autónoma, ajena a toda opinión o filiación política partidaria, no es una asociación religiosa, el programa de la misma consiste en una serie de principios prácticos y espirituales, y como ya expresamos se utilizaran los doce pasos de recuperación, a través de los cuales se pretende ayudar a cualquier persona a recuperarse de la enfermedad de la adicción. Todos los esfuerzos de esta organización estarán dirigidos hacia un bien público, con el propósito de contribuir al desarrollo del hombre y la sociedad.


Estimado Doctor, en base a estas razones, estamos solicitando a ustedes honorables diputados, nos concedan la Personalidad Jurídica.

Sin más a que hacer referencia, nos suscribimos de usted deseándole éxitos en gestión personal y profesional.


Atentamente:




LIC. JAVIER DE JESÚS LEY TABLADA
Presidente Junta Directiva

18 de Mayo del año 2010
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional.
Republica de Nicaragua.-


Estimado Ingeniero:


Por medio de la presente me dirijo a usted, con la finalidad de presentarle la Exposición de Motivos de la Asociación Sin Fines de Lucro; ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES CEA, de la cual estamos gestionando su Personalidad Jurídica, en la Honorable Asamblea Nacional que usted dignamente dirige.-


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La Asociación dentro del marco de las leyes de la República y sin perjuicio de su objetivo principal que es ayudar a las personas, familias y comunidades afectadas por la adicción al alcohol, otras sustancias y condiciones relacionadas, a encontrar el camino de la recuperación hacia una vida digna y plena, lograr la integración en todos los ámbitos de la vida, que le permitan su desarrollo integral, brindándoles así la oportunidad de ser independientes a cualquier adicción y productivos a la sociedad.-

La constitución de esta Asociación se motiva también, para promover en los familiares de las personas que padecen la enfermedad de la adicción, e instituciones de toda índole, acciones orientadas a la atención de las personas en recuperación y a sus familias, que permitan sensibilizar, educar a la sociedad sobre el respeto a los derechos humanos e igualdad de oportunidades de los enfermos de adicción, y siempre dentro de este mismo objeto podrá;

a) Desarrollar programas, proyectos de educación y recuperación, dirigidos a los familiares de las personas con problemas de adicción.- b) Crear servicios médicos especializados, multidisciplinarios y/o de cualquier índole para atender a las personas con problemas de adicción, estos programas y servicios tendrán como principio y filosofía los doce pasos de recuperación, entendiendo claramente que la adicción es una enfermedad primaria, crónica y multidimensional .- c) Promover el intercambio de experiencias con instituciones afines como, confraternidades, los Ministerios de Salud y Educación, entes de la sociedad civil, buscando facilitar y brindar una mejor atención a estas personas y sus familiares.- d) Desarrollar campañas de información, divulgación y sensibilización permanentes a fin de promover cada día una verdadera integración de las personas con problemas de adicción y en recuperación, buscando como educar a la población en general acerca de la adicción como una enfermedad y no como una deficiencia moral, persiguiendo con esta tarea reducir estigmas y creencias culturales que dificulta el tratamiento a la enfermedad.- e) Promover y desarrollar iniciativas económicas en función de lograr la sostenibilidad y auto sostenibilidad de “CEA .-f) Elaborar proyectos y propuestas encaminadas a la integración y seguimiento de los hombres, mujeres, niñas y niños con problemas de adicción en las diferentes instancias de la nación, educándolos en función de la disponibilidad y procedimientos de alternativas de tratamiento, para cambiar la percepción del tratamiento como algo positivo y no como un castigo, educando y aclarando que la adicción es una enfermedad tratable, al igual que otras enfermedades crónicas.- g) Promover, organizar encuentros y eventos nacionales e internacionales con el objetivo de intercambio de conocimientos con instituciones afines.- h) La ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, promoverá e incentivara a instituciones nacionales y extranjeras, a los hermanamientos, apadrinamientos, para los cual podrá estipular actos y contratos civiles, mercantiles, legales, administrativos. o de todo tipo que estime necesario y que actúen en beneficio, de los hombres, mujeres, niños, niñas y jóvenes con problemas de adicción.- i) Promover la creación y desarrollo de nuevas alternativas de desarrollo integral para las personas con adicción, previniéndolos acerca de los riesgos del consumo de alcohol y sustancias, principalmente aquellos jóvenes que comienzan a consumir sustancias a temprana edad.- j) Solicitar y canalizar todos los recursos técnicos, materiales y financieros provenientes de organismos internacionales o nacionales, como las donaciones a nivel nacional e internacional para cumplir con todos los fines y objetivos que hemos relacionado. k) Crear centros de educación y de tratamiento para adictos al alcohol u otras sustancias y condiciones relacionadas en los cuales se ofrezcan los servicios de internamiento residencial, tratamiento ambulatorio, programas de seguimiento, terapias personales y de familias, programas educativos y de prevención, podrá crear condiciones materiales en casas e infraestructuras para el tratamiento de los enfermos de la adicción, sean nacionales o internacionales. l) Colaborar con servicios médicos especializados y/o de cualquier índole relacionados con la enfermedad de la adicción, que tenga como propósito la recuperación de los adictos a cualquier sustancia.- m) La Asociación, siempre dentro del marco que rige esta materia, podrá desarrollar otras actividades para su auto sostenimiento, buscando siempre la atención y tratamiento a personas que padecen la enfermedad de la adicción.

Señor Presidente, esos son nuestros motivos, objetivos y fines que perseguimos al constituir esta Asociación Sin Fines de Lucro, esperamos de usted, su mas fina atención y promoción a esta sensible y humanista iniciativa.-



Sin mas a que referirme, agradeciéndole de antemano su aprobación;





De usted muy atentamente:


WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado







ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA:

En uso de sus facultades:
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:

Arto. 1: Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES “CEA”, sin fines de Lucro, de duración indefinida, y del domicilio de la Ciudad de Managua.-

Arto. 2.- La Representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.-

Arto. 3.- La ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES “CEA”, esta obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro y demás Leyes de la Republica.-

Arto. 4: el Presente Decreto estará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.-

Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea, a los ___________del mes de__________del año__________. Rene Núñez Téllez. Presidente de la Asamblea Nacional.- Wilfredo Navarro Moreira.- Secretario de la Asamblea Nacional.-

Por tanto: Publíquese y ejecútese, Managua, __________del mes ________del año_____________.- Daniel Ortega Saavedra.- Presidente de la Republica de Nicaragua.-

DICTAMEN

Managua, 09 de julio del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida por sus siglas “CEA”, con domicilio en la Ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua. Presentada por el Diputado: WILFREDO NAVARRO MOREIRA. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Desarrollar programas, proyectos de educación y recuperación, dirigidos a los familiares de las personas con problemas de adicción, 2) Crear servicios médicos especializados, multidisciplinarios y/o de cualquier índole para atender a las personas con problemas de adicción, estos programas y servicios tendrán como principio y filosofía los doce pasos de recuperación, entendiendo claramente que la adicción es un enfermedad primaria, crónica y multidimensional.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JAVIER DE JESUS LEY TABLADA, Vicepresidente: HORACIO MARTIN GARCIA MEJIA, Tesorero, ERNESTO ANTONIO MANTICA AVILEZ, Secretario, JUAN MANUEL CALDERA MAY, Fiscal, GUILLERMO EUGENIO GUERRA WHEELOCK, Vocal, FREDERICK PAUL JONES WHEELOCK.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida por sus siglas “CEA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO


GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades;
HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida por sus siglas “CEA”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, capital de la República de Nicaragua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACION CENTRO DE ESPECIALIDADES EN ADICCIONES, pudiendo ser conocida por sus siglas “CEA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO