Managua, 30 de Marzo del 2009.
DOCTOR
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.-
Estimada Doctor:
El suscrito Presidente de la
Asociación Iglesia Coreana Feliz de Nicaragua(AICOFNIC)
, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA(AICOFNIC),
constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios Notariales de la Doctora:
MARTHA LORENA PADILLA NAVARRO,
a las nueve de la mañana del día dieciocho de Marzo del año dos mil nueve.
Adjuntamos la Escritura Pública número seis (06) de Constitución de la Asociación. Y Constancia de Gobernación de no Inscripción.
Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1) Proclamar la adoración a Dios mediante la predicación del Evangelio de Jesucristo, como un mensaje de Salvación y Fe para toda criatura humana.
2) Gestionar ante Organizaciones internacionales ayudas medicas, como Brigadas medicas y medicamentos, igual que la construcción de viviendas de interés social.
3) Ayudar con útiles escolares y uniformes teniendo por base la igualdad de todos los nicaragüenses.
4) Construir clínicas médicas, centro de rehabilitación social, comedores infantiles.
5) Preparar a Líderes y Pastores Teológicamente a través de satélite, para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las iglesias.
6) Establecer vínculos de hermanamiento con Ministerios y Organizaciones Nacionales e Internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la Asociación.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimiento de formación de la ley.
BAK HYUN SUNG
PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL
ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA
Managua, 30 de Marzo del 2009.
INGENIERO
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.-
Honorable Señor Presidente:
El suscrito Diputado ante la Honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
,
ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA(AICOFNIC),
constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios Notariales de la Doctora:
MARTHA LORENA PADILLA NAVARRO,
a las nueve de la mañana del día dieciocho de Marzo del año dos mil nueve.
Adjuntamos la Escritura Pública número seis (06) de Constitución de la Asociación. Y Constancia de Gobernación de no Inscripción.
Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1) Proclamar la adoración a Dios mediante la predicación del Evangelio de Jesucristo, como un mensaje de Salvación y Fe para toda criatura humana.
2) Gestionar ante Organizaciones internacionales ayudas medicas, como Brigadas medicas y medicamentos, igual que la construcción de viviendas de interés social.
3) Ayudar con útiles escolares y uniformes teniendo por base la igualdad de todos los nicaragüenses.
4) Construir clínicas médicas, centro de rehabilitación social, comedores infantiles.
5) Preparar a Líderes y Pastores Teológicamente a través de satélite, para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las iglesias.
6) Establecer vínculos de hermanamiento con Ministerios y Organizaciones Nacionales e Internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la Asociación.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimiento de formación de la ley.
DIPUTADO. RAMIRO SILVA GUTIERREZ
ASAMBLEA NACIONAL
Managua, 30 de Marzo del 2009.
INGENIERO
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.-
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El suscrito Diputado ante la Honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA (AICOFNIC),
constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios Notariales de la Doctora:
MARTHA LORENA PADILLA NAVARRO,
a las nueve de la mañana del día dieciocho de Marzo del año dos mil nueve.
Adjuntamos la Escritura Pública número seis (06) de Constitución de la Asociación. Y Constancia de Gobernación de no Inscripción.
Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1) Proclamar la adoración a Dios mediante la predicación del Evangelio de Jesucristo, como un mensaje de Salvación y Fe para toda criatura humana.
2) Gestionar ante Organizaciones internacionales ayudas medicas, como Brigadas medicas y medicamentos, igual que la construcción de viviendas de interés social.
3) Ayudar con útiles escolares y uniformes teniendo por base la igualdad de todos los nicaragüenses.
4) Construir clínicas médicas, centro de rehabilitación social, comedores infantiles.
5) Preparar a Líderes y Pastores Teológicamente a través de satélite, para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las iglesias.
6) Establecer vínculos de hermanamiento con Ministerios y Organizaciones Nacionales e Internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la Asociación.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimiento de formación de la ley.
DIPUTADO. RAMIRO SILVA GUTIERREZ
ASAMBLEA NACIONAL
LA ASAMBLEA NACIONAL
En uso de sus Facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto. 1
Otorgase la personalidad jurídica a
“ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA (AICOFNIC)”,
sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en La Ciudad Managua, Departamento de Managua de la República de Nicaragua.
Arto. 2
La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus estatutos.
Arto. 3
La
“ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA(AICOFNIC)”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del Mes de ________ del año Dos Mil Nueve.
RENE NÚÑEZ TELLEZ
WILFREDONAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 09 de julio del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA DE NICARAGUA” y se abreviará “AICOFNIC”,
con domicilio en la ciudad de Managua, departamento de Managua. Presentada por el Diputado: RAMIRO SILVA GUTIERREZ. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 03 de junio del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Desarrollar y profundizar las tareas de Evangelización para establecer un nuevo orden social. Ético, moral y espiritual que promueva la dignidad y salvación del hombre mediante el encuentro con Cristo.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: YASMINA DEL SOCORRO ARCE ABURTO, Vicepresidente: YOUNG JIN CHOI, Secretaria: HYOJA SUNG, Tesorero, MARLON JOSE ARCE ABURTO, Fiscal, YOUNG HOON KIM.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
“ASOCIACION IGLESIA COREANA DE NICARAGUA” y se abreviará “AICOFNIC”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION IGLESIA COREANA DE NICARAGUA” y se abreviará “AICOFNIC”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Managua, departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
“
ASOCIACION IGLESIA COREANA DE NICARAGUA” y se abreviará “AICOFNIC”, e
stará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6148
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA,
y se abreviará
“AICOFNIC”;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
“ASOCIACION IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA,
y se abreviará
“AICOFNIC”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Agosto del año dos mil diez.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 30 de Marzo del 2009.
DOCTOR
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.-
Estimada Doctor:
El suscrito Presidente de la
Asociación Iglesia Coreana Feliz de Nicaragua(AICOFNIC)
, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA(AICOFNIC),
constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios Notariales de la Doctora:
MARTHA LORENA PADILLA NAVARRO,
a las nueve de la mañana del día dieciocho de Marzo del año dos mil nueve.
Adjuntamos la Escritura Pública número seis (06) de Constitución de la Asociación. Y Constancia de Gobernación de no Inscripción.
Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1) Proclamar la adoración a Dios mediante la predicación del Evangelio de Jesucristo, como un mensaje de Salvación y Fe para toda criatura humana.
2) Gestionar ante Organizaciones internacionales ayudas medicas, como Brigadas medicas y medicamentos, igual que la construcción de viviendas de interés social.
3) Ayudar con útiles escolares y uniformes teniendo por base la igualdad de todos los nicaragüenses.
4) Construir clínicas médicas, centro de rehabilitación social, comedores infantiles.
5) Preparar a Líderes y Pastores Teológicamente a través de satélite, para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las iglesias.
6) Establecer vínculos de hermanamiento con Ministerios y Organizaciones Nacionales e Internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la Asociación.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimiento de formación de la ley.
BAK HYUN SUNG
PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL
ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA
Managua, 30 de Marzo del 2009.
INGENIERO
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.-
Honorable Señor Presidente:
El suscrito Diputado ante la Honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
,
ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA(AICOFNIC),
constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios Notariales de la Doctora:
MARTHA LORENA PADILLA NAVARRO,
a las nueve de la mañana del día dieciocho de Marzo del año dos mil nueve.
Adjuntamos la Escritura Pública número seis (06) de Constitución de la Asociación. Y Constancia de Gobernación de no Inscripción.
Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1) Proclamar la adoración a Dios mediante la predicación del Evangelio de Jesucristo, como un mensaje de Salvación y Fe para toda criatura humana.
2) Gestionar ante Organizaciones internacionales ayudas medicas, como Brigadas medicas y medicamentos, igual que la construcción de viviendas de interés social.
3) Ayudar con útiles escolares y uniformes teniendo por base la igualdad de todos los nicaragüenses.
4) Construir clínicas médicas, centro de rehabilitación social, comedores infantiles.
5) Preparar a Líderes y Pastores Teológicamente a través de satélite, para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las iglesias.
6) Establecer vínculos de hermanamiento con Ministerios y Organizaciones Nacionales e Internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la Asociación.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimiento de formación de la ley.
DIPUTADO. RAMIRO SILVA GUTIERREZ
ASAMBLEA NACIONAL
Managua, 30 de Marzo del 2009.
INGENIERO
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Despacho.-
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El suscrito Diputado ante la Honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, y Artículos 14 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, y en la ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la
ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA (AICOFNIC),
constituida en Escritura Pública otorgada ante los oficios Notariales de la Doctora:
MARTHA LORENA PADILLA NAVARRO,
a las nueve de la mañana del día dieciocho de Marzo del año dos mil nueve.
Adjuntamos la Escritura Pública número seis (06) de Constitución de la Asociación. Y Constancia de Gobernación de no Inscripción.
Esta Asociación, se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1) Proclamar la adoración a Dios mediante la predicación del Evangelio de Jesucristo, como un mensaje de Salvación y Fe para toda criatura humana.
2) Gestionar ante Organizaciones internacionales ayudas medicas, como Brigadas medicas y medicamentos, igual que la construcción de viviendas de interés social.
3) Ayudar con útiles escolares y uniformes teniendo por base la igualdad de todos los nicaragüenses.
4) Construir clínicas médicas, centro de rehabilitación social, comedores infantiles.
5) Preparar a Líderes y Pastores Teológicamente a través de satélite, para que puedan servirle mejor a nuestro señor Jesucristo en cada una de las iglesias.
6) Establecer vínculos de hermanamiento con Ministerios y Organizaciones Nacionales e Internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la Asociación.
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de procedimiento de formación de la ley.
DIPUTADO. RAMIRO SILVA GUTIERREZ
ASAMBLEA NACIONAL
LA ASAMBLEA NACIONAL
En uso de sus Facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto. 1
Otorgase la personalidad jurídica a
“ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA (AICOFNIC)”,
sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en La Ciudad Managua, Departamento de Managua de la República de Nicaragua.
Arto. 2
La representación legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus estatutos.
Arto. 3
La
“ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA FELIZ DE NICARAGUA(AICOFNIC)”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del Mes de ________ del año Dos Mil Nueve.
RENE NÚÑEZ TELLEZ
WILFREDONAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 09 de julio del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACIÓN IGLESIA COREANA DE NICARAGUA” y se abreviará “AICOFNIC”,
con domicilio en la ciudad de Managua, departamento de Managua. Presentada por el Diputado: RAMIRO SILVA GUTIERREZ. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 03 de junio del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Desarrollar y profundizar las tareas de Evangelización para establecer un nuevo orden social. Ético, moral y espiritual que promueva la dignidad y salvación del hombre mediante el encuentro con Cristo.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: YASMINA DEL SOCORRO ARCE ABURTO, Vicepresidente: YOUNG JIN CHOI, Secretaria: HYOJA SUNG, Tesorero, MARLON JOSE ARCE ABURTO, Fiscal, YOUNG HOON KIM.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
“ASOCIACION IGLESIA COREANA DE NICARAGUA” y se abreviará “AICOFNIC”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION IGLESIA COREANA DE NICARAGUA” y se abreviará “AICOFNIC”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Managua, departamento de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
“
ASOCIACION IGLESIA COREANA DE NICARAGUA” y se abreviará “AICOFNIC”, e
stará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO