Managua, 14 de noviembre de 32012.
Honorable Doctora
Diputada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria ante la Asamblea Nacional
Su Despacho.

Apreciada Albita:

Por tu digno medio, solicito que conforme al art. 138-5 Cn, se someta a la consideración de la Asamblea Nacional, la aprobación de Personalidad Jurídica de la “FUNDACION SURIVE”, requisito indispensable para que pueda realizar legalmente sus actividades en beneficio de la salvación de la Humanidad y de la Madre Tierra, conforme a los fines y objetivos para los cuales fue creada.

Acompaño a la presente solicitud la siguiente documentación: Testimonio de Escritura Pública número quince, denominada “Constitución de Fundación sin Fines de Lucro y Aprobación de sus Estatutos”, suscrita ante los oficios del notario Dany José Castillo Zepeda a las 4:30 p.m. del veintidós de agosto de dos mil doce y, un cd contentivo del archivo digitalizado de dicho testimonio.

Agradeciéndote vivamente por las gestiones que realizarás respecto de esta solicitud, me es grato renovarte mis saludos fraternos.





MIGUEL D’ESCOTO BROCKMANN. M.M.
Presidente Fundación “SURVIVE”.


Managua, 23 de Noviembre del 2012

Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primera Secretaria
Asamblea Nacional.
Su Despacho.-

Estimada Licenciada Benavidez

Por medio de la presente le remito Iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la FUNDACION SURVIVE conocida de forma abreviada como (SURVIVE)

Se adjunta original y copias de la iniciativa conforme a la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.

Sin más a que hacer referencia, me suscribo.

Atentamente



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Diputado
ING. RENE NÚÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 5 de la Constitución Política y Artos 30 numeral 5, 89, 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento la iniciativa de Decreto de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “FUNDACION SURVIVE” conocida de forma abreviada como “SURVIVE” y constituida mediante Escritura Pública numero quince (15), cuatro y treinta de la tarde del veintidós de agosto de dos mil doce, ante los oficios notariales del Licenciado DANY JOSÉ CASTILLO ZEPEDA.

FUNDAMENTO.

En Nicaragua los ciudadanos tienen derecho ha constituirse en organizaciones tal y como lo reconoce nuestra Constitución Política en su art. 49 y en la Ley Ordinaria No. 147 “Ley General de Personas Jurídicas, y en ejercicio de ese derecho ciudadano de asociarse se presenta ésta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la fundación denominada “FUNDACION SURVIVE” conocida de forma abreviada como “SURVIVE”.

La Fundación es de naturaleza civil, sin fines de lucro, abierta a todas las personas que, compartiendo sus fines y objetivos, se adhieran a ellos, aceptando sus estatutos y reglamentos, todo lo cual, sin ningún tipo de discriminación étnica, cultural, social, económica, religiosa, de género, etaria o política. La razón de ser de la Fundación será la defensa de la sobrevivencia de la especie humana y de toda expresión de vida en la Madre Tierra, ante las amenazas inminentes, científicamente evidentes, de más de dieciséis (16) gravísimas crisis de naturaleza antropogénica, que se ciernen sobre la vida en el siglo XXI, crisis interrelacionadas, interdependientes y globales que afectan a todas las personas, seres vivientes y a todo el planeta, independientemente de dónde hayan podido originarse.

Persigue los siguientes objetivos: Promover un amplio movimiento mundial en pro del paradigma por la Salvación de la Tierra y de la Humanidad, con la finalidad de interiorizar e institucionalizar un nuevo contrato social y natural para la sobrevivencia y convivencia de la humanidad y, para sus relaciones salvíficas con la Madre Tierra, asumiendo la humanidad su papel de sabia administradora de la naturaleza y no el de propietaria depredadora e irresponsable de la misma; Promover, por todos los medios a su alcance, la reinvención del Sistema de las Naciones Unidas, organización que hoy en día, es totalmente disfuncional e incapaz de garantizar la razón de ser que le dio origen, con miras a promover su conversión en una organización mundial de todos los pueblos y naciones, con capacidad de tomar resoluciones vinculantes efectivas, que garanticen el respeto de los derechos de la Madre Tierra y la salvaguarda de la existencia y continuidad de la especie humana y de toda expresión de vida en el planeta, así como aplicar, cuando sea necesario, medidas coercitivas eficaces, con garantía de acatamiento, para que la Organización de las Naciones Unidas sea realmente un instrumento eficaz para enfrentar con éxito las gravísimas crisis antropogénicas que amenazan con la destrucción de la humanidad y de la Madre Tierra en el siglo XXI, ya no basta con promover la reforma de Naciones Unidas, es necesario reinventarla; Promover el desarme total y definitivo de todos los Estados del mundo, así como la desaparición de organizaciones militares y guerreristas de carácter internacional; Promover y apoyar proyectos de desarrollo humano, social o económico que coincidan con los fines y objetivos de la Fundación; Realizar cualquier tipo de actividad encaminada a desarrollar plenamente los fines y objetivos de la Fundación; Promover y apoyar la elaboración de planes integrales de desarrollo en las tres zonas geográficas de mayor biodiversidad de nuestro planeta: la Amazonia, la zona Indonesia-Singapur, y Mesoamérica.-

La Fundación, cuya sede será Managua, dará prioridad inicial a Mesoamérica, consecuentemente, promoverá de manera especial la elaboración de un plan integral de salvaguarda y desarrollo para la cuenca de los lagos Xolotlán-Cocibolca, del río San Juan y de la biodiversidad en el extraordinario sistema de las quince lagunas cratéricas de Nicaragua, así como de las grandes reservas de la biosfera en Nicaragua y el restablecimiento del corredor biológico mesoamericano, empezando con el sector que corresponde a Nicaragua, que incluye a las reservas de Bosawás e Indio Maíz, impulsando en este esfuerzo el diálogo entre todas la regiones y el conocimiento de la cultura mesoamericana, en particular la nicaragüense; Promover el reconocimiento de personas naturales o jurídicas que se hayan destacado, en forma excepcional, en la promoción de los fines y objetivos de la Fundación. Estos reconocimientos se realizarán mediante el otorgamiento y asignación de órdenes, medallas, diplomas y otros tipos de reconocimiento honoríficos, creados por la Fundación; o apoyando la candidatura de dichas personas naturales o jurídicas ante otras instituciones que otorguen ese tipo de reconocimientos y con los mismos fines; Constituir entidades civiles o mercantiles para realizar acciones orientadas a gestionar y canalizar recursos de todo tipo, para el cumplimiento de los fines y objetivos de la Fundación; Impulsar y participar en coordinación con diferentes instancias gubernamentales o no gubernamentales la formulación de planes, programas y proyectos, actividades, acordes con los estatutos de la Fundación que fomenten los fines y objetivos de ella, cuando la Fundación lo considere pertinente y conveniente; Establecer las relaciones que considere pertinentes con instituciones u organizaciones nacionales, regionales o mundiales, estatales o privadas, para el cumplimiento de sus fines y objetivos; Establecer relaciones de cooperación con cualquier institución intergubernamental, gubernamental o no gubernamental que coincida con los fines y objetivos de la Fundación; Organizar, ejecutar y promover intercambios de información y experiencia con sectores afines, realizar charlas, talleres, seminarios, foros y actividades similares.

Por todo lo antes relacionado solicito someter a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y respaldada para su dictamen por la Comisión competente, para su posterior aprobación, del mismo.

Managua, 23 de Noviembre del año dos mil doce

Atentamente


EDWIN CASTRO RIVERA
Diputado




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LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES:
HA DICTADO

EL SIGUIENTE
DECRETO

Arto- 1.-Otorgase personalidad jurídica a la “FUNDACION SURVIVE” conocida de forma abreviada como “SURVIVE”, de carácter civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el departamento de Managua.

Arto- 2.- La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto- 3.- La Fundación estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto- 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año dos mil doce.


Ing. René Núñez Téllez.
Lic. Alba Palacios Benavidez.
Presidente
Primera Secretaria
Asamblea Nacional
Asamblea Nacional

Fundación Survive.pdf





DECRETO A.N. N°. 7131.pdf