Managua, 15 de marzo 2010

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho


Estimado doctor Navarro

Por este medio nos dirigimos a usted, Doctor Navarro, para hacer solicitud formal de Personería Jurídica, para nuestra asociación sin fines de lucro “ASOCIACIÓN CRISTIANA IGLESIA DE DIOS DE NICARAGUA BETHEL”, ACIBETHEL con domicilio en el Barrio Lomas de Guadalupe de la ciudad Managua , Departamento de Managua, para lo cual hemos cumplido con las formalidades requisitos y procedimientos, de la Ley Ciento Cuarenta y Siete (147), (LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO, Asociación que fue constituida en Escritura Pública No 04 en la ciudad de Managua, a las dos y treinta minutos de la tarde, del día doce de marzo del dos mil diez , ante el oficio notarial de Doctor Sergio de Jesús Obregón Córdoba.

Adjunto a la presente original y dos copias del Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de la Asociación Cristiana Iglesia de Dios de Nicaragua Bethel “ACIBETHEL”

Sin más a que referirme me despido de usted, expresándole mis más altas muestras de consideración y estima.

Atentamente:






JONATHAN PEREZ GUTIERREZ
PRESIDENTE
ASOCIACION CRISTIANA IGLESIA DE DIOS DE NICARAGUA BETHEL
ACIBETHEL







EXPOSICION DE MOTIVOS.


Managua, 15 de marzo 2010.



ING. RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional

Estimado Ingeniero Núñez.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 arto 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, y en la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, Capitulo III, Arto 14 numeral 2, Arto 89, párrafo 4, numeral 2 y arto 91, y en la Ley 147, Ley General de Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociación: “ASOCIACIÓN CRISTIANA IGLESIA DE DIOS DE NICARAGUA BETHEL”, ACIBETHEL, sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública numero 04, otorgada en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las dos y treinta minutos de la tarde del doce de marzo del dos mil diez, ante los oficios notariales del doctor Sergio de Jesús Obregón Córdoba, Abogado y Notario Publico de la Republica de Nicaragua.

Esta Asociación establece como objetivo fundamental:

La Misión de ACIBETHEL será Predicar el Evangelio de nuestro Señor Jesucristo en aras que las verdades de la fe sean dadas a conocer a todos las personas, VISIÓN de ACIBETHEL: constituirnos en un puente espiritual, que posibilite el encuentro con Dios, para que las familias retomen los valores perdidos y transformar a los individuos en nuevas personas en Cristo Jesús, Establecer una visión para todas las personas sin distinción alguna acerca de los principios bíblicos de vida, la promoción de la responsabilidad con personas que tienen conocimiento de la verdadera luz para ser ciudadanos ejemplares.

La Asociación ACIBETHEL dentro de los objetivos específicos en el campo social y espiritual tiene los siguientes:
a) Enseñar y predicar el Evangelio de nuestro Señor Jesucristo
b) Servir a la comunidad con especial énfasis a los más necesitados,
c) Preservar la comunión cristiana entre los hermanos y estimular el crecimiento y desarrollo de la obra de nuestro Señor Jesucristo,
d) Promover actividades cristianas dirigidas a sectores sensibles de nuestra sociedad tales, como: jóvenes, mujeres y niños.

Para materializar estos proyectos, se buscarán apoyo solidario, tanto de organismos, instituciones privadas nacionales e internacionales, así como del Estado.






ALEJANDRO RUÍZ JIRÓN
Tercer Secretario
Asamblea Nacional






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA


CONSIDERANDO

En uso de sus facultades

HA DICTADO




Arto 1
Otorgase Personería Jurídica a la asociación sin fines de lucro: “ASOCIACIÓN CRISTIANA IGLESIA DE DIOS DE NICARAGUA BETHEL”, ACIBETHEL, de duración indefinida, y del domicilio de Managua
Arto II
La representación Legal de esta Asociación, será ejercida en forma determinada por sus Estatutos.

Arto III
La “ASOCIACIÓN CRISTIANA IGLESIA DE DIOS DE NICARAGUA BETHEL”, ACIBETHEL, estará obligada al cumplimiento de la Ley de Personerías Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República de Nicaragua.

Arto VI
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la publicación en el Diario la Gaceta


Dado en sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los____________ días del mes
____________________ del año Dos Mil Diez


ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Ier Secretaría
Asamblea Nacional Asamblea Nacional