DR Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Dr. Navarro:
Reciba los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra
Con motivo de la constitución de Asociación para el Desarrollo Integral de Desmovilizados de Guerra de Nicaragua René Carrión y con el objetivo de cumplir los tramites de legalidad de la misma, de conformidad con los artículos 7, 9 y 0 de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, Publicada en la Gaceta, Diario Oficial N° 202, del 29 de Mayo de 1992, sometemos ante esta Honorable Primer Secretaria de la Asamblea Nacional, Solicitud de Personería Jurídica de la Asociación ante mencionada.
De conformidad con la Ley N° 147, solicito la inclusión en el orden del día para la próxima Sesión Plenaria de la Asamblea nacional y se otorgue la concesión de Personería Jurídica, Asociación para el Desarrollo Integral de Desmovilizados de Guerra, Nicaragua René Carrión con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua constituida de conformidad a alas leyes de la República de Nicaragua,
ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO CUATROCIENTOS ONCE (411) CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y APROBACION DE ESTATUTOS
, de las dos de la tarde del día veinte de Noviembre del año dos mil ocho; efectuada ante los oficios Notariales del Doctor
ABRAHAM ALONSO BACA
, Testimonio compuestas de siete hojas de papel sellado de ley.
Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestra de nuestra consideración y estima y la ayuda en la pronta aprobación de la Personalidad Jurídica.
Atentamente
NOEL LEONARDO TORREZ
PRESIDENTE ASODIDEGNIC. R.C.
Numero de Cedula 281-051157-0015B
EXPOSICION DE MOTIVOS
Ing. René Núñez
Presidente de la Asamblea Nacional Su despacho:
Estimado Ing. Núñez.
Reciba los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra.
Los suscritos representantes ante La Asamblea Nacional de Nicaragua, con fundamento en el inc. 5, del Arto N° 138 y 140 cn; inc 2, del Arto N° 4 y 44 del Estatuto General sobre personas Jurídicas sin fines de lucro; publicada en la Gaceta Diario Oficial N° 102 del 29 de Mayo de 1992, presentamos ante la primer Secretaria de este Poder del Estado, solicitud de otorgamiento de la Personería Jurídica a la Asociación civil, sin fines de lucro y del domicilio de Municipio de Managua, Departamento de Managua, denominada “ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRIÓN, constituida de conformidad a las Leyes de La República de Nicaragua, en ESCRITURA PUBLICA NUMERO CUATROCIENTOS ONCE (411) CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y APROBACIÓN DE ESTATUTOS, de las dos de la tarde del día veinte de Noviembre del año dos mil ocho; efectuada ante los oficios Notariales del Doctor ABRAHAM ALONSO BACA Testimonio compuesta de siete hojas de papel sellado de Ley.
La Asociación tiene por objetivo: a_____________________ b__________________ c________________ d________________ e__________________
Por lo antes expuesto, pedimos se someta a consideración de los Honorables, República de La Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin que pase a Comisión para su Dictamen y que posterior sea acogida y aprobada por el Plenario de este Poder del Estado.
Managua jueves veinte de Noviembre del año dos mil ocho
FINES U OBJETIVOS
.- 1.- Constituirse en una Organización No Gubernamental (O. N. G.) de desarrollo, independiente y autónoma, que tenga capacidad de poner en practica modelos de trabajo alternativo, participativo eficiente y eficaz que responda a la problemática objetiva de los miembros asociados y demás miembros de nuestra sociedad, la búsqueda y desarrollo de la comunidad a través del desarrollo sostenible, sin distingos de Creados Religioso, e ideas políticas, realizar actividades encaminadas principalmente al diagnóstico, formulación, planificación, capacitación, ejecución, y seguimiento de proyectos pilotos que permitan sustentar la base de un desarrollo sostenible, identificar, proponer, diseñar, y dar soluciones a aquellos problemas de mayor incidencia en las condiciones de vida de loa asociados dando respuestas a las necesidades de los necesitados, desarrollar proyectos enfocados a rescatar la Historia y raíces del Pueblo Nicaragüense, brindar asesoría técnica a cooperativas agrícolas y de Producción, así como la búsqueda de financiamiento a las mismas, para dar cumplimiento con sus objetivos sociales se plantea gestionar a través de organismos nacionales, e internacionales, Gubernamentales y no –Gubernamentales la ayuda en bienes y servicios para impulsar y ejecutar programas de desarrollo integral de los Desmovilizados de guerra y las comunidades del territorio nacional Construcción de viviendas de los fundadores de la Asociación, educación, primaria, secundaria y superior, gestión de recursos para protección del medio ambiente y sus recursos naturales en áreas desprotegidas, gestión de indemnización o pensión a los lisiados de guerra ante la seguridad social
Ley 58, 119 y 202
, atención medica gratuita para combatientes victimas de guerra y familiares de los mismos con exoneración del tratamiento medico, apoyo de mejoras de viviendas a los ciudadanos de bajos recursos, gestión gratuita de lotes de tierra para el que no lo posee en este departamento León, Banco de tierra para el casco rural para el pequeño y mediano productor, becas completas en educación superior técnico, medio y profesionales dentro y fuera del país para todos los fundadores y afiliados de esta asociación), todo cuanto sea posible para elevar el nivel de vida sana y un ambiente a los Desmovilizados de Guerra Y LAS comunidades en el aspecto social y económico,
ASODIDEGNIC. R.C
también podrá además, canalizar de acuerdo a las leyes del país, fondos provenientes del extranjero que se destinarán al impulso y desarrollo de sus proyectos y actividades, Demás fines y objetivos de carácter social.
Puntos:
a)- construir en una ONG de desarrollo independiente y Autónomo
b)- Búsqueda y desarrollo de la comunidad a través de desarrollo sostenible
c)- Realizar actividades encomendadas principalmente al planificación, ejecución, capacitación y seguimiento de proyectos pilotos.
d)- Identificar proponer, diseñar y dar soluciones aquellos problemas de mayor incidencia en las condicciones de vida de los asociados.
e)- Rescatar la Historia y Raíces del pueblo Nicaragüense, brindar asesoría técnica a Cooperativa Agrícola y de Producción.
RAMON ANTONIO MACIAS LUNA
DIPUTADO
DECRETO A N N° _________
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo de Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
El siguiente:
HA DICTADO
DECRETO
Arto 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la Asociación para el Desarrollo Integral de Desmovilizados de Guerra de Nicaragua René Carrión la cual podrá abreviarse con sus siglas
“ASODIDEGNIC R.C.”,
sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio de Managua Departamento de Managua.
Aro. 2- La representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3- La Asociación “Asociación” para el Desarrollo Integral de Desmovilizados de Guerra de Nicaragua René Carrión. Esta obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personería Jurídicas sin Fines de Lucro u demás Leyes de la República.
Arto. 4- El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional__________ días del mes de _________del año dos mil ocho-
Dr René Núñez
Presidente de la Asamblea Nacional
Dr Wilfredo Navarro
, Secretario de la Asamblea Nacional
Por tanto: publíquese y ejecútese, Managua_____________ de__________ del año dos mil ocho
Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República.
DICTAMEN
Managua, 26 de octubre del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.,
con domicilio en la ciudad de Managua. Presentada por el Diputado: RAMON MACIAS LUNA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 12 de febrero del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Constituirse en una Organización No Gubernamental (O.N.G.) de desarrollo, independiente y autónoma, que tenga capacidad de poner en practica modelos de trabajo alternativo, participativo, eficiente y eficaz que responda a la problemática objetiva de los miembros asociados y demás miembros de nuestra sociedad, la búsqueda y desarrollo de la comunidad a través del desarrollo sostenible, sin distingo de Credos religiosos, e ideas políticas, realizar actividades encaminadas principalmente al diagnostico, formulación, planificación, capacitación, ejecución y seguimiento de proyectos pilotos que permitan sustentar la base de un desarrollo sostenible.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: presidente: NOEL LEONARDO TORRES Vicepresidente, ABRAHAN MAYORGA CABALLERO, Secretario, LAZARO DIAZ ROSALES, Secretario de educación y planificación, MARCO ANTONIO VALLADARES DIAZ, Tesorero, ROSALIO VARELA VARELA, Fiscal, URIEL DANILO ALTAMIRANO SANTANA, Vocal, MAURICIO JOSE MENDIETA MORALES, Vocal, ROBERTO CAMACHO ORTIZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.,
sin fines de lucro, de duración noventa y nueve años y con domicilio en la ciudad de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6230
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.;
sin fines de lucro, de Noventa y Nueve años de duración y con domicilio en la Ciudad de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primero del mes de Diciembre del año dos mil diez.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
DR Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Dr. Navarro:
Reciba los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra
Con motivo de la constitución de Asociación para el Desarrollo Integral de Desmovilizados de Guerra de Nicaragua René Carrión y con el objetivo de cumplir los tramites de legalidad de la misma, de conformidad con los artículos 7, 9 y 0 de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, Publicada en la Gaceta, Diario Oficial N° 202, del 29 de Mayo de 1992, sometemos ante esta Honorable Primer Secretaria de la Asamblea Nacional, Solicitud de Personería Jurídica de la Asociación ante mencionada.
De conformidad con la Ley N° 147, solicito la inclusión en el orden del día para la próxima Sesión Plenaria de la Asamblea nacional y se otorgue la concesión de Personería Jurídica, Asociación para el Desarrollo Integral de Desmovilizados de Guerra, Nicaragua René Carrión con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua constituida de conformidad a alas leyes de la República de Nicaragua,
ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO CUATROCIENTOS ONCE (411) CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y APROBACION DE ESTATUTOS
, de las dos de la tarde del día veinte de Noviembre del año dos mil ocho; efectuada ante los oficios Notariales del Doctor
ABRAHAM ALONSO BACA
, Testimonio compuestas de siete hojas de papel sellado de ley.
Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestra de nuestra consideración y estima y la ayuda en la pronta aprobación de la Personalidad Jurídica.
Atentamente
NOEL LEONARDO TORREZ
PRESIDENTE ASODIDEGNIC. R.C.
Numero de Cedula 281-051157-0015B
EXPOSICION DE MOTIVOS
Ing. René Núñez
Presidente de la Asamblea Nacional Su despacho:
Estimado Ing. Núñez.
Reciba los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra.
Los suscritos representantes ante La Asamblea Nacional de Nicaragua, con fundamento en el inc. 5, del Arto N° 138 y 140 cn; inc 2, del Arto N° 4 y 44 del Estatuto General sobre personas Jurídicas sin fines de lucro; publicada en la Gaceta Diario Oficial N° 102 del 29 de Mayo de 1992, presentamos ante la primer Secretaria de este Poder del Estado, solicitud de otorgamiento de la Personería Jurídica a la Asociación civil, sin fines de lucro y del domicilio de Municipio de Managua, Departamento de Managua, denominada “ASOCIACION PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRIÓN, constituida de conformidad a las Leyes de La República de Nicaragua, en ESCRITURA PUBLICA NUMERO CUATROCIENTOS ONCE (411) CONSTITUCION DE ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y APROBACIÓN DE ESTATUTOS, de las dos de la tarde del día veinte de Noviembre del año dos mil ocho; efectuada ante los oficios Notariales del Doctor ABRAHAM ALONSO BACA Testimonio compuesta de siete hojas de papel sellado de Ley.
La Asociación tiene por objetivo: a_____________________ b__________________ c________________ d________________ e__________________
Por lo antes expuesto, pedimos se someta a consideración de los Honorables, República de La Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin que pase a Comisión para su Dictamen y que posterior sea acogida y aprobada por el Plenario de este Poder del Estado.
Managua jueves veinte de Noviembre del año dos mil ocho
FINES U OBJETIVOS
.- 1.- Constituirse en una Organización No Gubernamental (O. N. G.) de desarrollo, independiente y autónoma, que tenga capacidad de poner en practica modelos de trabajo alternativo, participativo eficiente y eficaz que responda a la problemática objetiva de los miembros asociados y demás miembros de nuestra sociedad, la búsqueda y desarrollo de la comunidad a través del desarrollo sostenible, sin distingos de Creados Religioso, e ideas políticas, realizar actividades encaminadas principalmente al diagnóstico, formulación, planificación, capacitación, ejecución, y seguimiento de proyectos pilotos que permitan sustentar la base de un desarrollo sostenible, identificar, proponer, diseñar, y dar soluciones a aquellos problemas de mayor incidencia en las condiciones de vida de loa asociados dando respuestas a las necesidades de los necesitados, desarrollar proyectos enfocados a rescatar la Historia y raíces del Pueblo Nicaragüense, brindar asesoría técnica a cooperativas agrícolas y de Producción, así como la búsqueda de financiamiento a las mismas, para dar cumplimiento con sus objetivos sociales se plantea gestionar a través de organismos nacionales, e internacionales, Gubernamentales y no –Gubernamentales la ayuda en bienes y servicios para impulsar y ejecutar programas de desarrollo integral de los Desmovilizados de guerra y las comunidades del territorio nacional Construcción de viviendas de los fundadores de la Asociación, educación, primaria, secundaria y superior, gestión de recursos para protección del medio ambiente y sus recursos naturales en áreas desprotegidas, gestión de indemnización o pensión a los lisiados de guerra ante la seguridad social
Ley 58, 119 y 202
, atención medica gratuita para combatientes victimas de guerra y familiares de los mismos con exoneración del tratamiento medico, apoyo de mejoras de viviendas a los ciudadanos de bajos recursos, gestión gratuita de lotes de tierra para el que no lo posee en este departamento León, Banco de tierra para el casco rural para el pequeño y mediano productor, becas completas en educación superior técnico, medio y profesionales dentro y fuera del país para todos los fundadores y afiliados de esta asociación), todo cuanto sea posible para elevar el nivel de vida sana y un ambiente a los Desmovilizados de Guerra Y LAS comunidades en el aspecto social y económico,
ASODIDEGNIC. R.C
también podrá además, canalizar de acuerdo a las leyes del país, fondos provenientes del extranjero que se destinarán al impulso y desarrollo de sus proyectos y actividades, Demás fines y objetivos de carácter social.
Puntos:
a)- construir en una ONG de desarrollo independiente y Autónomo
b)- Búsqueda y desarrollo de la comunidad a través de desarrollo sostenible
c)- Realizar actividades encomendadas principalmente al planificación, ejecución, capacitación y seguimiento de proyectos pilotos.
d)- Identificar proponer, diseñar y dar soluciones aquellos problemas de mayor incidencia en las condicciones de vida de los asociados.
e)- Rescatar la Historia y Raíces del pueblo Nicaragüense, brindar asesoría técnica a Cooperativa Agrícola y de Producción.
RAMON ANTONIO MACIAS LUNA
DIPUTADO
DECRETO A N N° _________
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo de Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
El siguiente:
HA DICTADO
DECRETO
Arto 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la Asociación para el Desarrollo Integral de Desmovilizados de Guerra de Nicaragua René Carrión la cual podrá abreviarse con sus siglas
“ASODIDEGNIC R.C.”,
sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio de Managua Departamento de Managua.
Aro. 2- La representación Legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3- La Asociación “Asociación” para el Desarrollo Integral de Desmovilizados de Guerra de Nicaragua René Carrión. Esta obligada al cumplimiento de la Ley General Sobre Personería Jurídicas sin Fines de Lucro u demás Leyes de la República.
Arto. 4- El presente Decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional__________ días del mes de _________del año dos mil ocho-
Dr René Núñez
Presidente de la Asamblea Nacional
Dr Wilfredo Navarro
, Secretario de la Asamblea Nacional
Por tanto: publíquese y ejecútese, Managua_____________ de__________ del año dos mil ocho
Daniel Ortega Saavedra
Presidente de la República.
DICTAMEN
Managua, 26 de octubre del 2010
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.,
con domicilio en la ciudad de Managua. Presentada por el Diputado: RAMON MACIAS LUNA, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 12 de febrero del año dos mil nueve.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Constituirse en una Organización No Gubernamental (O.N.G.) de desarrollo, independiente y autónoma, que tenga capacidad de poner en practica modelos de trabajo alternativo, participativo, eficiente y eficaz que responda a la problemática objetiva de los miembros asociados y demás miembros de nuestra sociedad, la búsqueda y desarrollo de la comunidad a través del desarrollo sostenible, sin distingo de Credos religiosos, e ideas políticas, realizar actividades encaminadas principalmente al diagnostico, formulación, planificación, capacitación, ejecución y seguimiento de proyectos pilotos que permitan sustentar la base de un desarrollo sostenible.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: presidente: NOEL LEONARDO TORRES Vicepresidente, ABRAHAN MAYORGA CABALLERO, Secretario, LAZARO DIAZ ROSALES, Secretario de educación y planificación, MARCO ANTONIO VALLADARES DIAZ, Tesorero, ROSALIO VARELA VARELA, Fiscal, URIEL DANILO ALTAMIRANO SANTANA, Vocal, MAURICIO JOSE MENDIETA MORALES, Vocal, ROBERTO CAMACHO ORTIZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.,
sin fines de lucro, de duración noventa y nueve años y con domicilio en la ciudad de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE DESMOVILIZADOS DE GUERRA DE NICARAGUA RENE CARRION,
la cual podrá abreviarse y ser conocida por sus siglas
ASODIDEGNIC. R.C.,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO