Masaya 28 de Septiembre del 2009.

DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho.


Estimado Dr. Navarro:

Reciba los mas calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra, con motivo de la constitución de Asociación de Miembros para el Desarrollo Comunitario de Masaya y sus Municipios, (ASODEMA) y con el objetivo de cumplir los tramites de legalidad de la misma, de conformidad con los artículos 7,9 y 10 de la ley General sobre personas Jurídicas sin fines de lucro, publicada en la Gaceta, Diario Oficial Nº 202, del 29 de Mayo de 1992, sometemos ante esta honorable primer Secretaria de la Asamblea Nacional, Solicitud de Personería Jurídica de la Asociación antes mencionada.


De conformidad con la Ley Nº 147, solicito la inclusión en el orden del día para la próxima Sesión Plenaria de la Asamblea Nacional y se otorgue la concesión de Personería Jurídica, Asociación de miembros para el Desarrollo Comunitario de Masaya y sus Municipios con domicilio en la ciudad de Masaya, Departamento de Masaya constituida de conformidad a las leyes de la Republica de Nicaragua, ESCRITURA PUBLICA NUMERO TRESCIENTOS NUEVE (309) CONSTITUCION Y ESTATUTOS DE ASOCIACION CIVIL, en la ciudad de Masaya a las nueve y treinta minutos de la mañana del día trece de agosto del año 2009. Efectuado antes los oficios notariales del Doctor LOAMIN ANTONIO SÁNCHEZ GOMEZ, testimonio compuesto de cinco hojas de papel sellado de ley.

Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de nuestra consideración y estima y la ayuda en la pronta aprobación de la personería jurídica.


Atentamente;

JOSE DE LA CRUZ BOLAÑOS BONILLA.
PRESIDENTE ASODEMA
401-051279-0009T
CEL. 83724970




EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Ingeniero Núñez:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, Arto. 14 inc. 2, arto. 30 inc. 5 y arto. 91 Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No. 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro", presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS (ASODEMA), constituida en Escritura Pública número trescientos nueve (309), otorgada ante los oficios notariales del Licenciado Loamin Antonio Sánchez Gómez, en la ciudad de Masaya, el trece de agosto del año dos mil nueve.

Esta Asociación se constituyó con los siguientes objetivos:

1) Estructurar, organizar y construir proyectos de construcción de viviendas para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua;

2) Fomentar el Micro-Desarrollo ambiental;

3) Establecer vínculos de hermanamiento con asociaciones afines, nacionales e internacionales, que ayuden a consolidar los objetivos de la asociación;

4) Gestionar ante organizaciones internacionales la construcción de viviendas de interés social, así como ayudas médicas y vestuarios;

5) Propagar e instar a organizaciones de la necesidad que tienen las personas de escasos recursos de tener un techo digno.

6) Gestionar ante organizaciones nacionales e internacionales, ayudas o donaciones para el desarrollo de los pequeños y medianos productores y comerciantes.


Por lo antes expuesto, considero que la ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS (ASODEMA) asociación civil sin fines de lucro, es de gran beneficio para la población, razón por la cual someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el plenario y luego remitida a Comisión para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.


Managua, 05 de noviembre del año dos mil nueve.


Atentamente,



Ing. NASSER SILWANY BÁEZ
Diputado Alianza FSLN





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS (ASODEMA), asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y domicilio en el municipio de Masaya, departamento de Masaya.

Arto. 2 La Representación Legal de esta será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS (ASODEMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año Dos Mil Nueve.



ING. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional


DICTAMEN

Managua, 18 de mayo del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA), con domicilio en el Municipio de Masaya, Departamento de Masaya. Presentada por el Diputado: NASSER SILWANY BÁEZ. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Estructurar, organizar y construir proyectos de construcción de viviendas para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua, 2) Fomentar el Micro-Desarrollo Ambiental, 3) Establecer vínculos de hermanamiento con Asociaciones afines Homólogos Nacionales e Internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la asociación.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JOSE DE LA CRUZ BOLAÑOS BONILLA, Vicepresidente: JOSE DE LA CRUZ JIMENEZ ÑAMENDIZ, Secretario (a), MARIA MERCEDES OBANDO CHAMORRO, Tesorero, FRANCISCO JAVIER MERCADO LOPEZ, Fiscal, JOSE LAZARO JARQUIN FLORES, Primer Vocal, LESTER JOSE SANDINO MARTINEZ, Segundo Vocal, JOSE HELIODORO LOPEZ FLORES.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;
HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Masaya, Departamento de Masaya.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6055
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Masaya, Departamento de Masaya.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los quince días del mes de Junio del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Masaya 28 de Septiembre del 2009.

DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho.


Estimado Dr. Navarro:

Reciba los mas calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra, con motivo de la constitución de Asociación de Miembros para el Desarrollo Comunitario de Masaya y sus Municipios, (ASODEMA) y con el objetivo de cumplir los tramites de legalidad de la misma, de conformidad con los artículos 7,9 y 10 de la ley General sobre personas Jurídicas sin fines de lucro, publicada en la Gaceta, Diario Oficial Nº 202, del 29 de Mayo de 1992, sometemos ante esta honorable primer Secretaria de la Asamblea Nacional, Solicitud de Personería Jurídica de la Asociación antes mencionada.


De conformidad con la Ley Nº 147, solicito la inclusión en el orden del día para la próxima Sesión Plenaria de la Asamblea Nacional y se otorgue la concesión de Personería Jurídica, Asociación de miembros para el Desarrollo Comunitario de Masaya y sus Municipios con domicilio en la ciudad de Masaya, Departamento de Masaya constituida de conformidad a las leyes de la Republica de Nicaragua, ESCRITURA PUBLICA NUMERO TRESCIENTOS NUEVE (309) CONSTITUCION Y ESTATUTOS DE ASOCIACION CIVIL, en la ciudad de Masaya a las nueve y treinta minutos de la mañana del día trece de agosto del año 2009. Efectuado antes los oficios notariales del Doctor LOAMIN ANTONIO SÁNCHEZ GOMEZ, testimonio compuesto de cinco hojas de papel sellado de ley.

Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de nuestra consideración y estima y la ayuda en la pronta aprobación de la personería jurídica.


Atentamente;

JOSE DE LA CRUZ BOLAÑOS BONILLA.
PRESIDENTE ASODEMA
401-051279-0009T
CEL. 83724970




EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Ingeniero
RENE NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Ingeniero Núñez:

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, Arto. 14 inc. 2, arto. 30 inc. 5 y arto. 91 Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley No. 147 "Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro", presento la siguiente solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS (ASODEMA), constituida en Escritura Pública número trescientos nueve (309), otorgada ante los oficios notariales del Licenciado Loamin Antonio Sánchez Gómez, en la ciudad de Masaya, el trece de agosto del año dos mil nueve.

Esta Asociación se constituyó con los siguientes objetivos:

1) Estructurar, organizar y construir proyectos de construcción de viviendas para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua;

2) Fomentar el Micro-Desarrollo ambiental;

3) Establecer vínculos de hermanamiento con asociaciones afines, nacionales e internacionales, que ayuden a consolidar los objetivos de la asociación;

4) Gestionar ante organizaciones internacionales la construcción de viviendas de interés social, así como ayudas médicas y vestuarios;

5) Propagar e instar a organizaciones de la necesidad que tienen las personas de escasos recursos de tener un techo digno.

6) Gestionar ante organizaciones nacionales e internacionales, ayudas o donaciones para el desarrollo de los pequeños y medianos productores y comerciantes.


Por lo antes expuesto, considero que la ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS (ASODEMA) asociación civil sin fines de lucro, es de gran beneficio para la población, razón por la cual someto a consideración de los Honorables Diputados de esta Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de ser acogida por el plenario y luego remitida a Comisión para su respectivo Dictamen y su posterior aprobación.


Managua, 05 de noviembre del año dos mil nueve.


Atentamente,



Ing. NASSER SILWANY BÁEZ
Diputado Alianza FSLN





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS (ASODEMA), asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y domicilio en el municipio de Masaya, departamento de Masaya.

Arto. 2 La Representación Legal de esta será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS (ASODEMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año Dos Mil Nueve.



ING. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional



DICTAMEN

Managua, 18 de mayo del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA), con domicilio en el Municipio de Masaya, Departamento de Masaya. Presentada por el Diputado: NASSER SILWANY BÁEZ. En la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Estructurar, organizar y construir proyectos de construcción de viviendas para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua, 2) Fomentar el Micro-Desarrollo Ambiental, 3) Establecer vínculos de hermanamiento con Asociaciones afines Homólogos Nacionales e Internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la asociación.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JOSE DE LA CRUZ BOLAÑOS BONILLA, Vicepresidente: JOSE DE LA CRUZ JIMENEZ ÑAMENDIZ, Secretario (a), MARIA MERCEDES OBANDO CHAMORRO, Tesorero, FRANCISCO JAVIER MERCADO LOPEZ, Fiscal, JOSE LAZARO JARQUIN FLORES, Primer Vocal, LESTER JOSE SANDINO MARTINEZ, Segundo Vocal, JOSE HELIODORO LOPEZ FLORES.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA),


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;
HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Masaya, Departamento de Masaya.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE MIEMBROS PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO DE MASAYA Y SUS MUNICIPIOS, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASODEMA), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO