Managua, 12 de Noviembre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina
Honorable Doctor Navarro:
.
Por este medio presento solicitud de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
ASOCIACIÒN BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA,
de carácter civil, sin fines de lucro, con domicilio en la ciudad de Masaya, Departamento de Masaya.
Se adjunta en original y fotocopias de la iniciativa, de conformidad con la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua
Sin más a que hacer referencia, saludos.
l
Atentamente,
JUSTO AGAPITO MERCADO LÒPEZ
Presidente
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Managua, 12 de Noviembre del 2010.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Ingeniero Núñez:
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91 y en la ley general sobre personas jurídicas de esta asociación
ASOCIACIÒN BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA,
sin fines de lucro, de duración indefinida con domicilio en esta ciudad de Masaya, Departamento de Masaya.
FUNDAMENTO.-
La importancia de esta asociación para la sociedad nicaragüense está sustentada en el interés social que se ha planteado en base a los fines y objetivos generales entre los que están los siguientes: La Asociación tiene como fin y objetivo general: Promover y lograr el desarrollo integral de la sociedad nicaragüense: También son parte de los fines y objetivos los siguientes:
1. Alcanzar la eliminación gradual de la pobreza, el desempleo y el subdesarrollo:
2. Promover y ejecutar programas y proyectos de desarrollo en el campo y en la ciudad.
3. Impulsar y apoyar la iniciativa de proyectos comunales.
4. Contribuir a elevar los niveles de recreación, salud, educación, vivienda, producción agrícola y artesanal; la tecnificación de la pequeña y mediana industria y/o empresas.
Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a la comisión y posterior aprobación.
Atentamente,
JOSÉ ANTONIO MARTÌNEZ NARVÀEZ.
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
ASOCIACIÒN BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA,
sin fines de lucro de duración indefinida y de este domicilio en la Ciudad de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
ASOCIACIÒN BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA,
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 15 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN “BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”,
con domicilio en la ciudad de Masaya, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado: JOSE MARTINEZ NARVAEZ, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Alcanzar la eliminación gradual de la pobreza, el desempleo y el subdesarrollo, 2) Promover y ejecutar programas y proyectos de desarrollo en el campo y en la ciudad, 3) Impulsar y apoyar la iniciativa de proyectos comunales, 4) Contribuir a elevar los niveles de recreación, salud, educación, vivienda, producción agrícola y artesanal; la tecnificación de la pequeña y mediana industria y/o empresas.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JUSTO AGAPITO MERCADO MENDEZ, Vicepresidente, FRANCISCO BRAVO LOPEZ, Secretaria, KAREN ELENA OBREGON GARCIA, Tesorero, OSCAR ALBERTO LOPEZ, Organización y Propaganda, RAMON OTILIO HERRERA, Secretario de Divulgación, MARVIN JOSE GOMEZ VEGA, Primer Vocal, WILBER ANTONIO RIVERA MIRANDA, Segundo Vocal, TOMAS DE JESUS CALERO AGUILAR, Tercer Vocal, JUANA MERCEDES CORDOBA RIVAS, Primer Fiscal, NELSON EDUARDO GONZALEZ SOMARRIBA, Segundo Fiscal, GERMAN VIDERMAN JIMENEZ GARCIA, Tercer Fiscal, JUSTO ROMAN GONZALEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN “BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
“BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Masaya, Departamento del mismo nombre.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓN
“BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6399
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN “BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Masaya, Departamento del mismo nombre.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACIÓN “BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 12 de Noviembre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina
Honorable Doctor Navarro:
.
Por este medio presento solicitud de Otorgamiento de Personería Jurídica a la
ASOCIACIÒN BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA,
de carácter civil, sin fines de lucro, con domicilio en la ciudad de Masaya, Departamento de Masaya.
Se adjunta en original y fotocopias de la iniciativa, de conformidad con la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de Nicaragua
Sin más a que hacer referencia, saludos.
l
Atentamente,
JUSTO AGAPITO MERCADO LÒPEZ
Presidente
EXPOSICION DE MOTIVOS.
Managua, 12 de Noviembre del 2010.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Ingeniero Núñez:
En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91 y en la ley general sobre personas jurídicas de esta asociación
ASOCIACIÒN BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA,
sin fines de lucro, de duración indefinida con domicilio en esta ciudad de Masaya, Departamento de Masaya.
FUNDAMENTO.-
La importancia de esta asociación para la sociedad nicaragüense está sustentada en el interés social que se ha planteado en base a los fines y objetivos generales entre los que están los siguientes: La Asociación tiene como fin y objetivo general: Promover y lograr el desarrollo integral de la sociedad nicaragüense: También son parte de los fines y objetivos los siguientes:
1. Alcanzar la eliminación gradual de la pobreza, el desempleo y el subdesarrollo:
2. Promover y ejecutar programas y proyectos de desarrollo en el campo y en la ciudad.
3. Impulsar y apoyar la iniciativa de proyectos comunales.
4. Contribuir a elevar los niveles de recreación, salud, educación, vivienda, producción agrícola y artesanal; la tecnificación de la pequeña y mediana industria y/o empresas.
Por todo lo antes expuesto someto a consideración de los representantes de la magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a la comisión y posterior aprobación.
Atentamente,
JOSÉ ANTONIO MARTÌNEZ NARVÀEZ.
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la
ASOCIACIÒN BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA,
sin fines de lucro de duración indefinida y de este domicilio en la Ciudad de Managua.
Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Artículo. 3. La
ASOCIACIÒN BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA,
estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.
Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.
ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
DICTAMEN
Managua, 15 de marzo del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN “BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”,
con domicilio en la ciudad de Masaya, Departamento del mismo nombre. Presentada por el Diputado: JOSE MARTINEZ NARVAEZ, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Alcanzar la eliminación gradual de la pobreza, el desempleo y el subdesarrollo, 2) Promover y ejecutar programas y proyectos de desarrollo en el campo y en la ciudad, 3) Impulsar y apoyar la iniciativa de proyectos comunales, 4) Contribuir a elevar los niveles de recreación, salud, educación, vivienda, producción agrícola y artesanal; la tecnificación de la pequeña y mediana industria y/o empresas.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: JUSTO AGAPITO MERCADO MENDEZ, Vicepresidente, FRANCISCO BRAVO LOPEZ, Secretaria, KAREN ELENA OBREGON GARCIA, Tesorero, OSCAR ALBERTO LOPEZ, Organización y Propaganda, RAMON OTILIO HERRERA, Secretario de Divulgación, MARVIN JOSE GOMEZ VEGA, Primer Vocal, WILBER ANTONIO RIVERA MIRANDA, Segundo Vocal, TOMAS DE JESUS CALERO AGUILAR, Tercer Vocal, JUANA MERCEDES CORDOBA RIVAS, Primer Fiscal, NELSON EDUARDO GONZALEZ SOMARRIBA, Segundo Fiscal, GERMAN VIDERMAN JIMENEZ GARCIA, Tercer Fiscal, JUSTO ROMAN GONZALEZ.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN “BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
“BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Masaya, Departamento del mismo nombre.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓN
“BRIGADA 26 DE FEBRERO DE MASAYA”,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO