Managua, 10 de Febrero del 2009
Managua, 10 de Febrero del año 2009


DICTAMEN


Managua, 15 de julio del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES, con domicilio en el Municipio de Villa Sandino, Departamento de Chontales. Presentado por el Diputado, ELMAN URBINA DIAZ. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Desarrollar una red de promotores técnicos en facilitación que promueva el desarrollo comunitario, 2) Creación de un staff con enfoque multidisciplinario que promoverá el fortalecimiento del desarrollo local en las comunidades, 3) Aportar al fortalecimiento de organizaciones de mujeres, jóvenes y productores, 4) Promover la salud integral en las comunidades.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, MIGUEL ALBETO BUSTAMANTE ALEGRIA, Vicepresidente, CESAR AUGUSTO LACAYO COLEGIAL, Secretario, NUBIA DUARTE BRAVO, Tesorera, SAYRA LAYNES, Fiscal, RITA ELENA ARAGON RODRIGUEZ, Primer Vocal, JULIO CESAR DINARTE PEREZ, Segundo Vocal, ROLANDO CRUZ MOLINA.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.


Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE – PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO









LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Villa Sandino, Departamento de Chontales.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.



RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6167
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Villa Sandino, Departamento de Chontales.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Octubre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 10 de Febrero del 2009
Managua, 10 de Febrero del año 2009
DICTAMEN


Managua, 15 de julio del 2010


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES, con domicilio en el Municipio de Villa Sandino, Departamento de Chontales. Presentado por el Diputado, ELMAN URBINA DIAZ. En la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Desarrollar una red de promotores técnicos en facilitación que promueva el desarrollo comunitario, 2) Creación de un staff con enfoque multidisciplinario que promoverá el fortalecimiento del desarrollo local en las comunidades, 3) Aportar al fortalecimiento de organizaciones de mujeres, jóvenes y productores, 4) Promover la salud integral en las comunidades.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, MIGUEL ALBETO BUSTAMANTE ALEGRIA, Vicepresidente, CESAR AUGUSTO LACAYO COLEGIAL, Secretario, NUBIA DUARTE BRAVO, Tesorera, SAYRA LAYNES, Fiscal, RITA ELENA ARAGON RODRIGUEZ, Primer Vocal, JULIO CESAR DINARTE PEREZ, Segundo Vocal, ROLANDO CRUZ MOLINA.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.


Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE – PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO









LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Villa Sandino, Departamento de Chontales.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO Y PROMOCION INTEGRAL DE CHONTALES, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.



RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO