León 22 de Septiembre del año 2010.
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
Primer Secretario
Asamblea Nacional.

Su despacho:

Estimado Dr. Navarro.

Reciba los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra.

Con motivo de la Constitución del ASOCIACION CONSEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, CODEPAT Camilo Ortega Savedra, y con el objetivo de cumplir los trámites de legalidad del mismo, de conformidad con los Artos 7, 9 y 10 de la Ley N° 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la Gaceta Diario Oficial N° 202, del 29 de mayo de 1992, por lo que sometemos ante la honorable Primer Secretaría de la Asamblea Nacional para solicitar Personería Jurídica del Concejo de Defensores de la Patria.

De conformidad con la Ley N° 147, solicito la inclusión de solicitud de Personería Jurídica del Concejo, para su inclusión en el orden del día para la próxima Sesión Plenaria de la Asamblea Nacional y se otorgue la concesión de Personería Jurídica para el Concejo de Defensores de la Patria Comandante Camilo Ortega, con domicilio y sede nacional en el municipio de León departamento de León, constituido de conformidad a las leyes de la República de Nicaragua, Escritura Pública número cincuenta COSNTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y APROBACIÓN DE ESTATUTOS, de las cinco de la tarde del día catorce de septiembre del año dos mil diez, efectuada ante los oficios notariales del Doctor Ramón Enrique Maravilla Dimas, Testimonio compuesto de ocho hojas de papel sellado de ley.

Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de consideración y estima y la ayuda en la pronta aprobación de la Personalidad Jurídica.

Atentamente.





ANIBAL NICOLAS ESPINIZA MARADIAGA.
Presidente Nacional. Cel. 8907-8120. 8362-5596.
CODEPAT. Comandante Camilo Ortega.






EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

ING. RENE NUÑEZ TELLEZ.
Presidente de la
Asamblea Nacional.

Su despacho.

Recibe los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de nuestra parte.

Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, con fundamento en el inciso 5, del Arto 138 y 140 de la Constitución, inciso 2 del Arto 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional de Nicaragua y en la Ley N° 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, publicada en la Gaceta Diario Oficial N° 102 del 29 de mayo de 1992, presentamos ante la primer secretaría de este poder del estado, solicitud de otorgamiento de Personería Jurídica al ASOCIACION CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAAVEDRA, constituida de conformidad a las leyes de la República de Nicaragua en Escritura Pública número cincuenta CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO Y APROBACIÓN DE SUS ESTATUTOS, de las cinco de la tarde del día catorce de septiembre del año dos mil diez, efectuada ante los oficios notariales del Doctor. Ramón Enrique Maravilla Dimas, testimonio compuesto por nueve hojas de papel sellado de Ley.

El Concejo de defensores de la Patria tiene como objetivo los siguientes: : a) Establecerá contactos con Entidades del Estado y de la Sociedad Civil Nicaragüense para dar respuestas a un sin numero de problemas que en la actualidad enfrenta el gremio de militares retirados pertenecientes a Organizaciones aglutinadas en este Concejo. b) Contribuiremos al establecimiento de Valores Éticos y Morales, el respeto a la Patria y a los Símbolos Patrios. c) Contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de sus miembros mediante la Elaboración, Promoción, Consecución e Implementación de Proyectos Económicos Sociales dirigidos hacia los programas que para tal fin impulse el Presidente de la República, Instituciones Privadas y del Estado, Organismos Gubernamentales o No Gubernamentales (ONG), y/o Organizaciones Civiles afines tanto Nacionales como Extranjeras, para responder a la problemática social de las Organizaciones aglutinadas en el Concejo. d) Gestionaremos ante las Instituciones de Educación y Asistencia Medica Públicas y Privadas Nacionales o Extranjeras el otorgamiento de Becas para los Asociados así como la atención médica tanto al asociado como a su núcleo familiar. e) Así mismo y en función de las Organizaciones aglutinadas en el Concejo, destinar esfuerzos especiales para la inserción de los mismos en Programas Estatales y de Organismos Gubernamentales o No Gubernamentales destinados a mejorar su nivel de vida y condición humana. f) Así mismo en lo general realizaremos gestión en las instituciones del Estado para lograr exoneraciones de ciertos aranceles y Derechos que podamos alcanzar. g) De esta misma forma velaremos por Aglutinar, Organizar, Estructurar y Representar a los compañeros miembros permanentes del E. P. S, Ministerio de Gobernación, Resistencia Nicaragüense, Lisiados o Discapacitados de Guerra quienes en el fiel cumplimiento de su deber en el Ejercito Popular Sandinista, hoy Ejercito de Nicaragua, en el Ministerio de Gobernación, defendieron la Patria y salieron afectados quedando en la condición mencionada como Lisiados de Guerra, representarlos Jurídicamente en las gestiones de solicitudes o Valorización de Pensiones, Asistencia Medica, estas actividades se implementarán sin detrimento de las que realicen cada una de las Organizaciones aglutinadas en el Concejo. h) Y en fin desarrollar todas aquellas actividades que contribuyan al desarrollo integral de sus miembros y a la consolidación del Concejo.

Por lo antes expuesto, pedimos se someta a consideración de los honorables diputados de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, la presente iniciativa, a fin que pase a Comisión para su Dictamen y que posterior sea acogida y aprobada por el plenario de este Poder de Estado.
Managua miércoles 22 de Septiembre del año dos mil diez

Atentamente.





________________________________
RAMÓN MACIAS LUNA
Diputado





DECRETO A. N. N°__________

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:
HA DICTADO

El Siguiente Decreto.

Arto 1.- Otorgase Personalidad Jurídica al ASOCIACION Concejo de Defensores de la Patria Comandante Camilo Ortega Saavedra. “CODEPAT. Camilo Ortega”, Organización Civil sin fines de lucro, Apolítica, con una duración de 50 años, con sede nacional en el municipio de León, departamento de León.

Arto 2.- La representación legal de este Concejo será ejercida en la forma que determinen los estatutos.

Arto 3.- El ASOCIACION Concejo de Defensores de la Patria. Comandante Camilo Ortega Saavedra, pudiendo ser abreviado con las siglas “CODEPAT Camilo Ortega”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de lucro y demás Leyes de la República.

Arto 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los ___________ días del mes de ____________ del dos mil nueve, René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional, Wilfredo Navarro Moreira. Secretaría de la Asamblea Nacional.


Por tanto publíquese y ejecútese, Managua_________ del Dos Mil nueve, José Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua.

DICTAMEN

Managua, 19 de enero del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado por su abreviación como CODEPAT Camilo Ortega, con domicilio en la ciudad de León departamento de León. Presentada por el Diputado: RAMON MACIAS LUNA, en la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de noviembre del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Contribuiremos al establecimiento de Valores Éticos y Morales, el respeto a la Patria y a los Símbolos Patrios, 2) Contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de sus miembros mediante la Elaboración, Promoción, Consecución y Implementación de Proyectos Económicos Sociales dirigidos hacia los programas que para al fin impulse el Presidente de la República, Instituciones Privadas y del Estado, Organismos Gubernamentales o No Gubernamentales (ONG). y/o Organizaciones Civiles afines tanto Nacionales como Extranjeras.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ANIBAL NICOLAS ESPINOZA MARADIAGA, Vicepresidente, JUAN RAMON GOCHE GARCIA, Secretario, CARLOS RAMIRO RAMIREZ, Tesorero, AURA ESTELA NARVAEZ FLORES, Fiscal, URIEL DANILO ALTAMIRANO SANTANA, Primer Vocal, RIDEL REYMUNDO CANO TELLEZ, Segundo Vocal, LUIS ALFREDO POLANCO.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado por su abreviación como CODEPAT Camilo Ortega,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO





ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado por su abreviación como CODEPAT Camilo Ortega, sin fines de lucro, de duración cincuenta años y con domicilio en la ciudad de León departamento de León.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado por su abreviación como CODEPAT Camilo Ortega, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6313
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado públicamente por su Abreviación como CODEPAT. Camilo Ortega; sin fines de lucro de Cincuenta años de duración y con domicilio en la Ciudad de León, Departamento de León.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado públicamente por su Abreviación como CODEPAT. Camilo Ortega; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el día diecisiete del mes de Febrero del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
León 22 de Septiembre del año 2010.
DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA.
Primer Secretario
Asamblea Nacional.

Su despacho:

Estimado Dr. Navarro.

Reciba los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de parte nuestra.

Con motivo de la Constitución del ASOCIACION CONSEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, CODEPAT Camilo Ortega Savedra, y con el objetivo de cumplir los trámites de legalidad del mismo, de conformidad con los Artos 7, 9 y 10 de la Ley N° 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, publicada en la Gaceta Diario Oficial N° 202, del 29 de mayo de 1992, por lo que sometemos ante la honorable Primer Secretaría de la Asamblea Nacional para solicitar Personería Jurídica del Concejo de Defensores de la Patria.

De conformidad con la Ley N° 147, solicito la inclusión de solicitud de Personería Jurídica del Concejo, para su inclusión en el orden del día para la próxima Sesión Plenaria de la Asamblea Nacional y se otorgue la concesión de Personería Jurídica para el Concejo de Defensores de la Patria Comandante Camilo Ortega, con domicilio y sede nacional en el municipio de León departamento de León, constituido de conformidad a las leyes de la República de Nicaragua, Escritura Pública número cincuenta COSNTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO Y APROBACIÓN DE ESTATUTOS, de las cinco de la tarde del día catorce de septiembre del año dos mil diez, efectuada ante los oficios notariales del Doctor Ramón Enrique Maravilla Dimas, Testimonio compuesto de ocho hojas de papel sellado de ley.

Aprovecho la ocasión para reiterarle las muestras de consideración y estima y la ayuda en la pronta aprobación de la Personalidad Jurídica.

Atentamente.





ANIBAL NICOLAS ESPINIZA MARADIAGA.
Presidente Nacional. Cel. 8907-8120. 8362-5596.
CODEPAT. Comandante Camilo Ortega.






EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

ING. RENE NUÑEZ TELLEZ.
Presidente de la
Asamblea Nacional.

Su despacho.

Recibe los más calurosos saludos y muestras de aprecio y consideración de nuestra parte.

Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, con fundamento en el inciso 5, del Arto 138 y 140 de la Constitución, inciso 2 del Arto 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional de Nicaragua y en la Ley N° 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, publicada en la Gaceta Diario Oficial N° 102 del 29 de mayo de 1992, presentamos ante la primer secretaría de este poder del estado, solicitud de otorgamiento de Personería Jurídica al ASOCIACION CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAAVEDRA, constituida de conformidad a las leyes de la República de Nicaragua en Escritura Pública número cincuenta CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO Y APROBACIÓN DE SUS ESTATUTOS, de las cinco de la tarde del día catorce de septiembre del año dos mil diez, efectuada ante los oficios notariales del Doctor. Ramón Enrique Maravilla Dimas, testimonio compuesto por nueve hojas de papel sellado de Ley.

El Concejo de defensores de la Patria tiene como objetivo los siguientes: : a) Establecerá contactos con Entidades del Estado y de la Sociedad Civil Nicaragüense para dar respuestas a un sin numero de problemas que en la actualidad enfrenta el gremio de militares retirados pertenecientes a Organizaciones aglutinadas en este Concejo. b) Contribuiremos al establecimiento de Valores Éticos y Morales, el respeto a la Patria y a los Símbolos Patrios. c) Contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de sus miembros mediante la Elaboración, Promoción, Consecución e Implementación de Proyectos Económicos Sociales dirigidos hacia los programas que para tal fin impulse el Presidente de la República, Instituciones Privadas y del Estado, Organismos Gubernamentales o No Gubernamentales (ONG), y/o Organizaciones Civiles afines tanto Nacionales como Extranjeras, para responder a la problemática social de las Organizaciones aglutinadas en el Concejo. d) Gestionaremos ante las Instituciones de Educación y Asistencia Medica Públicas y Privadas Nacionales o Extranjeras el otorgamiento de Becas para los Asociados así como la atención médica tanto al asociado como a su núcleo familiar. e) Así mismo y en función de las Organizaciones aglutinadas en el Concejo, destinar esfuerzos especiales para la inserción de los mismos en Programas Estatales y de Organismos Gubernamentales o No Gubernamentales destinados a mejorar su nivel de vida y condición humana. f) Así mismo en lo general realizaremos gestión en las instituciones del Estado para lograr exoneraciones de ciertos aranceles y Derechos que podamos alcanzar. g) De esta misma forma velaremos por Aglutinar, Organizar, Estructurar y Representar a los compañeros miembros permanentes del E. P. S, Ministerio de Gobernación, Resistencia Nicaragüense, Lisiados o Discapacitados de Guerra quienes en el fiel cumplimiento de su deber en el Ejercito Popular Sandinista, hoy Ejercito de Nicaragua, en el Ministerio de Gobernación, defendieron la Patria y salieron afectados quedando en la condición mencionada como Lisiados de Guerra, representarlos Jurídicamente en las gestiones de solicitudes o Valorización de Pensiones, Asistencia Medica, estas actividades se implementarán sin detrimento de las que realicen cada una de las Organizaciones aglutinadas en el Concejo. h) Y en fin desarrollar todas aquellas actividades que contribuyan al desarrollo integral de sus miembros y a la consolidación del Concejo.

Por lo antes expuesto, pedimos se someta a consideración de los honorables diputados de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, la presente iniciativa, a fin que pase a Comisión para su Dictamen y que posterior sea acogida y aprobada por el plenario de este Poder de Estado.
Managua miércoles 22 de Septiembre del año dos mil diez

Atentamente.





________________________________
RAMÓN MACIAS LUNA
Diputado





DECRETO A. N. N°__________

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades:
HA DICTADO

El Siguiente Decreto.

Arto 1.- Otorgase Personalidad Jurídica al ASOCIACION Concejo de Defensores de la Patria Comandante Camilo Ortega Saavedra. “CODEPAT. Camilo Ortega”, Organización Civil sin fines de lucro, Apolítica, con una duración de 50 años, con sede nacional en el municipio de León, departamento de León.

Arto 2.- La representación legal de este Concejo será ejercida en la forma que determinen los estatutos.

Arto 3.- El ASOCIACION Concejo de Defensores de la Patria. Comandante Camilo Ortega Saavedra, pudiendo ser abreviado con las siglas “CODEPAT Camilo Ortega”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de lucro y demás Leyes de la República.

Arto 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los ___________ días del mes de ____________ del dos mil nueve, René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional, Wilfredo Navarro Moreira. Secretaría de la Asamblea Nacional.


Por tanto publíquese y ejecútese, Managua_________ del Dos Mil nueve, José Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua.

DICTAMEN

Managua, 19 de enero del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado por su abreviación como CODEPAT Camilo Ortega, con domicilio en la ciudad de León departamento de León. Presentada por el Diputado: RAMON MACIAS LUNA, en la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de noviembre del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Contribuiremos al establecimiento de Valores Éticos y Morales, el respeto a la Patria y a los Símbolos Patrios, 2) Contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de sus miembros mediante la Elaboración, Promoción, Consecución y Implementación de Proyectos Económicos Sociales dirigidos hacia los programas que para al fin impulse el Presidente de la República, Instituciones Privadas y del Estado, Organismos Gubernamentales o No Gubernamentales (ONG). y/o Organizaciones Civiles afines tanto Nacionales como Extranjeras.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ANIBAL NICOLAS ESPINOZA MARADIAGA, Vicepresidente, JUAN RAMON GOCHE GARCIA, Secretario, CARLOS RAMIRO RAMIREZ, Tesorero, AURA ESTELA NARVAEZ FLORES, Fiscal, URIEL DANILO ALTAMIRANO SANTANA, Primer Vocal, RIDEL REYMUNDO CANO TELLEZ, Segundo Vocal, LUIS ALFREDO POLANCO.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado por su abreviación como CODEPAT Camilo Ortega,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO





ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado por su abreviación como CODEPAT Camilo Ortega, sin fines de lucro, de duración cincuenta años y con domicilio en la ciudad de León departamento de León.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN CONCEJO DE DEFENSORES DE LA PATRIA COMANDANTE CAMILO ORTEGA SAVEDRA, también podrá ser conocido y denominado por su abreviación como CODEPAT Camilo Ortega, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO