Managua 16-08- 2011.


Diputado
DR. WILFREDO NAVARRO.
Primer Secretario de la Asamblea Nacional
Poder Legislativo

Honorable Diputado:


Soy Ali Arnulfo Vargas Canales, mayor de edad, casado, electricista automotriz, identificado con cédula de identidad numero 290-150860-0000C, actuando en calidad de Presidente y Represéntate de la “ASOCIACION IGLESIA DEL SEÑOR JESUCRISTO DEL DIA POSTRERO”. De conformidad al acta constitutiva y los estatutos de la Asociación, lo que en adelante relacionare, reciba de mi parte y de nuestra congregación un atento saludo como muestra de consideración y respeto hacia usted y los miembros de la junta directiva del Poder Legislativo.

El motivo de la presente es para solicitarle formalmente la Aprobación de la Personería Jurídica de la Asociación religiosa “ASOCIACION IGLESIA DEL SEÑOR JESUCRISTO DEL DIA POSTRERO”, la cual fue constituida mediante escritura numero treinta y cinco (35) de las cinco de la tarde del día quince de agosto del año dos mil once, autorizada por el notario Lindsay Dinorah Castro Molina tal como lo demuestro en original y copias del testimonio de la escritura aludida, la cual fue constituida de conformidad a los artículos tres (3) y ocho (8) de la Ley General de Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro, Ley numero 147, Publicada en la gaceta Diario Oficial de la República de Nicaragua como una Asociación no gubernamental, sin fines de lucro, Apolítica y apartidista.

Agradeciendo su amablemente su atención, y por sus buenos oficios que de la presente solicitud se deriva se suscribe atentamente.





ALI ARNULFO VARGAS CANALES
Presidente

Managua, 16-08- 2011.


Diputado
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, de conformidad a lo establecido a nuestra constitución política en el Arto. 138 Inc. 5 Arto. 14 inc. 2, arto. 5 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional y en la ley 147 Ley sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro arto 2 y 5, Presento solicitud para el otorgamiento de personalidad jurídica para la Asociación civil sin fines de Lucro denominada, “ASOCIACIONGLESIA DEL SEÑOR JESUCRISTO DEL DIA POSTRERO”, Constituida en escritura Pública número treinta y cinco, en la ciudad de Chinandega a las cinco de la tarde, del día quince de Agosto del año dos mil once.

La “ASOCIACION IGLESIA DEL SEÑOR JESUCRISTO DEL DIA POSTRERO”, fue constituida con el ánimo de ser una organización sin fines de lucro, de interés religioso, apolítico, apartidista y no gubernamental, es un ministerio de interés y servicio en el desarrollo espiritual, social e integral y de gran importancia en su existencia como persona jurídica para la vida cristiana, para la comunidad nicaragüense dado que persigue los siguientes objetivos:

(A): Promover para todos los medios a su alcance el Pensamiento religioso ya descrito, impulsando su Enseñanza y práctica entre los habitantes de nuestro país de todas las edades, fomentando la integración gremial y desarrollo personal de sus miembros asociados, (B): Congregando en su señor a todos los Ministros y Creyentes del mensaje del Evangelio del Reino, a fin de establecer la base de su Organización interna, formas de Gobierno, Administración y Crecimiento. (C) Crear Institutos Bíblicos para educar, preparar y capacitar en la enseñanza Cristiana y Profecía Bíblica a todos nuestros semejantes, así como Promover la constante preparación y actualización de los Ministros, Aspirantes y Creyentes general. (D) Trabajar arduamente en busca del Bienestar social personal y familiar tanto de sus integrantes como de todos nuestro semejantes para llevar ayuda, asistencia y beneficencia a los Indigentes y necesitados que acudan a nosotros o que se encuentren desamparados, Crear, desarrollar, promover y Distribuir los libros, revistas, folletos y toda clase de medio impreso o grabado que contengan la literatura del mensaje de nuestra doctrina, divulgándose a través de todos los medios de comunicación al alcance € Integrar y administrar el patrimonio de la Asociación con las aportaciones periódicas de sus asociados, Aportaciones extraordinarias o donaciones de Bien Mueble o Inmueble que sean afines con sus objetivos Sociales y Religiosos procurando la Eficientización de tales recursos (F) Establecer a través de su Oficina de Representación y Relaciones Públicas, comunicación, Entrevistas y Convenios de Donaciones con Asociaciones Sociales y Religiosas Similares tanto nacionales como Extranjeras (G) En Ejecución de sus Objetivos. Celebrar por conductos de sus Representantes y Apoderados cualquier actos o Actividad, trato, convenio Contratos o negociación que sea lícitas, posible y necesaria para su Actividad social y Religiosa. (H) Crear, desarrollar, promover y distribuir los libros, revistas, folletos y toda clase de medios impresos o gravados que contengan la literatura del mensaje de nuestra doctrina divulgándose a Través de todos los medios de comunicación al alcance.

Por lo antes expuesto, considero que la “ASOCIACION IGLESIA DEL SEÑOR JESUCRISTO DEL DIA POSTRERO”, cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley 147, Ley de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, es una Asociación sin fines de Lucro y encaminada a la enseñanza y promoción religiosa, razón por la cual someto a consideración de los Representantes de este Poder Legislativo, la presente iniciativa, con el fin de que sea aprobada por el Plenario remitida a la comisión respectiva para su dictamen y posterior aprobación y concesión de la Personería Jurídica.





DR. LUIS CALLEJAS CALLEJAS
Diputado
Asamblea Nacional


Asociación Iglesia del Dia Postrero.pdf





6863.pdf