Managua, 03 de noviembre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho:
Estimado Dr. Navarro:
Tengo a bien dirigirme a usted en mi carácter de Presidente de la Junta Directiva de la asociación civil sin fines de lucro
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA,
la cual es una organización civil, plural, apolítica y de carácter humanitario, que ha sido constituida de conformidad con lo establecido en la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.
Por lo anterior, le solicitamos dar a la iniciativa de Decreto que presenta el Diputado Miguel Melendez el trámite de formación correspondiente.
Atentamente,
CARLOS HERNÁRDEZ DUARTE
Presidente Junta Directiva
Cédula No. 001-201259-0075A.
Managua, 03 de noviembre del 2010
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho.
Estimado Ingeniero Núñez:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional de Nicaragua, Con fundamentos en lo establecido en los Artículos. 138, numeral 5) y 140 de la Constitución Política de Nicaragua, y Artículos 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, por medio de la presente someto a consideración de la Asamblea Nacional la iniciativa de Decreto de otorgamiento de Personería Jurídica de la Asociación Civil sin Fines de Lucro
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA,
la cual ha sido constituida de conformidad con lo establecido en la Ley No. 147, Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro.
La asociación civil
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA,
fue constituida mediante Escritura Pública Número Dieciséis Constitución de Asociación Civil sin fines de lucro, autorizada en esta ciudad de Managua, a las ocho de la mañana del dos de Noviembre del año dos mil diez por la Notario Licenciada Angela Rosa Rodríguez Icabalceta.
La Asociación civil
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA,
es una asociación civil, plural, apolítica, sin fines de lucro y de carácter humanitario, que tiene por objeto: 1) Elaboración, gestión, administración y dirección según sea el caso de Proyecto de desarrollo que promuevan el bienestar de las familias pobres de Nicaragua en materia de educación, salud, vivienda y otros aspectos atingentes a las familias; 2) Gestionar ante Organismos y Agencias nacionales y extranjeras, los recursos humanos y financieros para lograr los objetivos y fines de la Asociación; 3) Establecer relaciones con otras Organizaciones homólogas nacionales y extranjeras; 4) Canalizar y gestionar recursos técnicos y económicos con Instituciones nacionales y extranjeras para el logro de sus objetivos; 5) Solicitar cooperación a Organizaciones Internacionales con objetivos similares; 6) Para el mejor desempeño de sus objetivos podrá recibir donaciones, usufructo, herencias y facultad desde ahora, al representante legal de la Asociación a aceptar tales donaciones, herencias o legados y 7) Realizar todos los actos necesarios o convenientes para la consecución de los fines aquí establecidos, que deben entenderse como meramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.
Por lo anterior, respetuosamente le solicito dar a esta iniciativa de Decreto el trámite de formación de la Ley establecido en la Constitución Política y en la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua.
ING. MIGUEL MELENDEZ
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE DE NICARAGUA
EN USO DE FACULTADES
HA DICTADO
EL SIGUIENTE
DECRETO
Arto. 1° Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA
, de carácter social y sin fines de lucro, de duración indefinida y de domicilio en la ciudad de Managua.
Arto. 2° La Representación Legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3° La
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los días del mes del año dos mil once.
RENE NUÑEZ WILFREDO NAVARRO
PRESIDENTE SECRETARIO
DICTAMEN
Managua, 05 de septiembre del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA,
con domicilio en la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua. Presentada por el Diputado: MIGUEL MELENDEZ, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 10 de mayo del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Elaboración, gestión, administración y dirección según sea el caso de Proyectos de desarrollo que promuevan el bienestar de las familias pobres de Nicaragua en materia de educación, salud, vivienda y otros aspectos atingentes a las familias; 2) Gestionar ante Organismos y Agencias nacionales y extranjeras, los recursos humanos y financieros para lograr los objetivos y fines de la asociación; 3)
Establecer relaciones con otras Organizaciones homólogas nacionales y extranjeras; 4) Canalizar y gestionar recursos técnicos y económicos con Instituciones nacionales y extranjeras para el logro de sus objetivos, 5) Solicitar cooperación a Organizaciones Internacionales con objetivos similares, 6) Para el mejor desempeño de sus objetivos podrá recibir donaciones, usufructo, herencias y facultad desde ahora, al representante legal de la Asociación a aceptar tales donaciones, herencias o legados, 7) Realizar todos los actos necesarios o convenientes para la consecución de los fines aquí establecidos, que deben entenderse como meramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CARLOS ALBERTO HERNANDEZ DUARTE, Vicepresidente, FRANCISCO TERENCIO LÓPEZ GUZMAN, Secretario, EMILIO JOSE JARQUIN ORTIZ, Tesorero, HILDA PATRICIA LÓPEZ LÓPEZ, Fiscal: JOSE TRINIDAD ROJAS; Primer Vocal: JUAN CARLOS CHAVEZ MORALES, Segundo Vocal: BERTHA CAROLINA GARCIA.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION
GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en
la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIO
N GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6589
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3
La
ASOCIACION GENERAL JOSE SANTOS ZELAYA;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional