Managua, 11 de Septiembre del 2008
Diputado
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.-
Estimado Diputado Navarro:
En mi calidad de Diputado ante la Asamblea Nacional y en base al articulo 140 inc. 1 de la Constitución Política y los artículos 14 inciso 2 y 91 de la Ley No. 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo, presento ante esta Secretaría el Proyecto de Decreto de Pensión de Gracia a favor del
Señor Melvis José Cruz
, como se especifica en el articulo 90 de la Ley antes mencionada solicito se le de el trámite correspondiente.
Acompaña a la presente la carta de solicitud, exposición de motivos, fundamentaciòn y texto del artículo del decreto.
Sin más a que referirme, aprovecho la ocasión para saludarlo.
Carlos Gadea
Diputado
Asamblea Nacional
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Constitución Política en su articulo 138, numeral 19, faculta a la Asamblea Nacional para conceder pensiones de gracia,
II
Que el señor
MELVIS JOSE CRUZ cedula No. 001-080960-0060H
, se encuentra en estado de necesidad y desamparo y por su estado de salud se hace acreedor a una pensión de gracia
En uso de sus facultades
HA DICTADO
EL siguiente
DECRETO
Arto. 1: Concédase Pensión de Gracia y Vitalicia al Señor
MELVIS JOSE CRUZ cedula No. 001-080960-0060H
, por la cantidad de Cinco mil córdobas mensuales. (C$ 5,000.00)
Arto. 2: La Pensión concedida se entregará de los fondos del Presupuesto General de la Republica y afectará la correspondiente partida Presupuestaria Nacional por el monto fijado en el artículo anterior.
Arto. 3: La Pensión de Gracia no será objeto de venta, traspaso, gravamen de ninguna especie y sólo será entregada al beneficiario o a la persona que él autorice para ello.
Arto. 4: El presente Decreto será transmitido al Poder Ejecutivo y será publicado en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _______ días del mes de _______________ del año dos mil ocho.
INGENIERO, RENE NUÑEZ CARLOS WILFREDO NAVARRO
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
Asamblea Nacional
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional:
EXPOSICION DE MOTIVOS
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional de la Republica de Nicaragua, de conformidad con el articulo 138 numeral 19 de nuestra Constitución Política, Arto. 4 del Estatuto General de la Asamblea Nacional. Artos 88 y 89 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional.
Presento la iniciativa del Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a favor del Señor
MELVIS JOSE CRUZ cedula No. 001-080960-0060H
Fundamento esta petición, en el Decreto Número 11-41, `Ley de Pensión de Gracia y Reconocimiento por Servicios a la Patria`, con fecha 22 de Noviembre de 1992 y sus Reformas; en esta Ley se concede Pensiones de Gracia a las Personas inválidas o mayores de 60 años de edad, que se encuentra en estado de necesidad o desamparo.
MELVIS JOSE CRUZ cedula No. 001-080960-0060H
; una persona de escasos recursos económicos, de profesión y oficio técnico en reparación de aires acondicionado, estado civil Casado con tres hijos, de Nacionalidad Nicaragüense, Nacido en departamento de Managua, el 08 de septiembre del año1960. Hijo de padres Nicaragüenses señor Marcos Cruz Hernández, Madre Olivia Jiménez Martínez, Inscrito en el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social No. 326785 no obteniendo ninguna ayuda.
Desde muy joven padeció de fuertes dolores estomacales y vómitos que ameritaba hospitalizarlo pero nunca dieron un diagnostico, siendo hasta en el año de 1993 que a causa de un accidente laboral en los Estados Unidos, recibiendo un fuerte golpe en el abdomen, que le causo una rotura gástrica, la que le dejo en estado de coma por un periodo de tres meses, diagnosticándole un tumor canceroso por lo cual se le practico una recepción gástrica casi completa, según EPICRISIS MEDICA de la Dra. Alba Luz Chavarria del Ministerio de Salud y del Dr. Henry M. Rivera Jarquín del Centro Nacional de Radioterapia (Hospital Oncológico)
Por seis meses estuvo hospitalizado, perdió la flexibilidad para caminar, imposibilitando totalmente de mover sus miembros sufriendo mucho dolor al realizar algún esfuerzo, siendo sometido desde el año 1994 a muchos cuidos, en Nicaragua su familia con mucha pobreza vendió la única casa con la que contaba para sufragar los gastos médicos por 10 años, teniendo en consecuencia la dura pena de alquilar casa, sin poder conseguir un empleo digno y luchar cada día contra la muerta.
Actualmente con la poca ayuda del Ministerio de Salud de Nicaragua, estos dos últimos años en el hospital oncológico
donde le suministraban
60ml de morfina, cada cuatro horas, medicamento con el cual nuestro hermano nicaragüense disminuía los dolores intensos e insoportables, ya no puede contar con esa ayuda, por su carente condición económica no ha podido realizarse los exámenes médicos solicitados semanalmente por los médicos especialista en medicina biológica quienes le han dado esperanza de vida al tratarse con implantaciones de células que regeneren los órganos vitales que tiene afectado. En estos momentos está sobreviviendo de ayuda de sus familiares y amigos. Pudiendo llevar pocas veces una vez al día alimentado a su sistema orgánico.
FUNDAMENTACION
Su estado delicado de salud, y su carente economía justifican y hacen merecedor al
Señor MELVIS JOSE CRUZ cedula No. 001-080960-0060H
para que la honorable Asamblea Nacional, le conceda una Pensión de Gracia hasta por un monto de Cinco Mil córdobas (C$ 5,000.00) mensuales, que le sirva de ayuda para su estado delicado de salud.
En Síntesis, el Señor MELVIS JOSE CRUZ, trabajó y cotizó para el Seguro Social por varios años, sin recibir ningún beneficio y ahora que se encuentra en etapa Terminal de su enfermedad es justo que el mismo estado le remunere sus servicios prestados en las instituciones de la misma, debido a la incapacidad que tiene y el grado de desamparo.
En consecuencia solicito el respaldo de los honorables Diputados ante la Asamblea Nacional para el otorgamiento de esta Pensión de Gracia a favor de nuestro discapacitado hermano y amigo MELVIS JOSE CRUZ
Desde ya pedimos a la honorable Junta Directiva que una vez sometida la iniciativa del Decreto de Otorgamiento de Pensión de Gracia a favor del Señor MELVIS JOSE CRUZ cedula No. 001-080960-0060H, sea enviada a comisión para su debido dictamen el que esperamos sea favorable para atender a miles de necesidades que tanto requieren de nuestra labor.
Managua, 11 de Septiembre del año dos mil ocho.
Diputado
Carlos Gadea Aviles