Managua, 22 de Marzo del 2010.




Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Doctor Navarro Moreira:

El suscrito Presidente de la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, solicita en base a la ley Número ciento cuarenta y siete (147), Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros, presento la solicitud del otorgamiento de personería jurídica para la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”. Asociación de carácter humanitarios constituida en escritura pública otorgada ante los oficios notariales de la licenciada RUTH DEL CARMEN RÍOS SÁNCHEZ, en esta ciudad de Managua, a las tres y cinco minutos de la tarde del día cinco de marzo del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública Número UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS (1492).- CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN RELIGIOSA Y APROBACIÓN DE SUS ESTATUTOS.

Esta Asociación se constituyo entre otros con los siguientes objetivos: Promover la práctica de un Evangelio completo, promover la fe cristiana evangélica, predicar la palabra de Dios, capacitar permanentemente en el Evangelio a los asociados, apoyar a los nicaragüense para que logren un desarrollo auto sostenible en cada uno de los aspectos de sus vidas: económicos, social, espiritual, vocacional, educativo y familiar, congregarse para realizar oficios religiosos, celebrar actos religioso públicos y privados, promover la vida recta y la moralidad, promover la participación en actividades que coadyuven al mejoramiento de los niveles de vida de las personas pobres asociadas en la iglesia, ejercer servicios cristianos de acción de servicios social cultural y educativos, formar en la fe cristiana evangélica, procurar que los asociados vivan el evangelio en su plenitud; apoyar en el bienestar y progreso de los asociados a través de la promoción y ejecución de proyectos socio-económicos los que gestionaran ante Instituciones del gobierno, personas naturales y jurídicas nacionales e internacionales, apoyar el fortalecimiento de la estructura familiar de los asociados, promover, organizar y apoyar el desarrollo Educativo integral de todos los asociados, promueve, organiza y apoya la ejecución de un sistema de capacitación popular que permita a los asociados la participación en la formulación y ejecución de sus propios proyectos, promueve y organiza el intercambio de experiencias cristianas evangélicas organizativas, educativas y culturales entre sus asociados y otros sectores cristianos Evangélicos, contribuye el fortalecimiento de la conciencia religiosa cristiana.

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de la formación de la ley.

Para tal fin adjuntamos requisitos señalados por la secretaría que usted dignamente preside.

Agradeciendo todo su apoyo y colaboración, le saludo.





PASTOR: MARLÓN GIOVANNI RODRÍGUEZ SUAREZ
PRESIDENTE

Managua, 22 de Marzo del 2010.



Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:


El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del Artículo 138 y 140 de la Constitución Política en el inciso 2, del artículo 4 y 44, del Estatuto General de la Asamblea Nacional, de la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, solicita en base a la ley Número ciento cuarenta y siete (147), Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros, presento la solicitud del otorgamiento de personería jurídica para la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”. Asociación de carácter humanitarios constituida en escritura pública otorgada ante los oficios notariales de la licenciada RUTH DEL CARMEN RÍOS SÁNCHEZ, en esta ciudad de Managua, a las tres y cinco minutos de la tarde del día cinco de marzo del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública Número UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS (1492).- CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN RELIGIOSA Y APROBACIÓN DE SUS ESTATUTOS.

Esta Asociación se constituyo entre otros con los siguientes objetivos: Promover la práctica de un Evangelio completo, promover la fe cristiana evangélica, predicar la palabra de Dios, capacitar permanentemente en el Evangelio a los asociados, apoyar a los nicaragüense para que logren un desarrollo auto sostenible en cada uno de los aspectos de sus vidas: económicos, social, espiritual, vocacional, educativo y familiar, congregarse para realizar oficios religiosos, celebrar actos religioso públicos y privados, promover la vida recta y la moralidad, promover la participación en actividades que coadyuven al mejoramiento de los niveles de vida de las personas pobres asociadas en la iglesia, ejercer servicios cristianos de acción de servicios social cultural y educativos, formar en la fe cristiana evangélica, procurar que los asociados vivan el evangelio en su plenitud; apoyar en el bienestar y progreso de los asociados a través de la promoción y ejecución de proyectos socio-económicos los que gestionaran ante Instituciones del gobierno, personas naturales y jurídicas nacionales e internacionales, apoyar el fortalecimiento de la estructura familiar de los asociados, promover, organizar y apoyar el desarrollo Educativo integral de todos los asociados, promueve, organiza y apoya la ejecución de un sistema de capacitación popular que permita a los asociados la participación en la formulación y ejecución de sus propios proyectos, promueve y organiza el intercambio de experiencias cristianas evangélicas organizativas, educativas y culturales entre sus asociados y otros sectores cristianos Evangélicos, contribuye el fortalecimiento de la conciencia religiosa cristiana.

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de la formación de la ley.






ROBERTO RODRÍGUEZ OBANDO
Diputado ante la Asamblea Nacional






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2 La Representación Legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personas jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año Dos Mil Diez.



ING. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

DICTAMEN

Managua, 06 de octubre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES CASA DE DIOS”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, con domicilio en Managua municipio del departamento de Managua. Presentada por el Diputado: ROBERTO RODRIGUEZ OBANDO, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la practica de un Evangelio completo, promover la fé cristiana evangélica, predicar la palabra de Dios, capacitar permanentemente en el Evangelio a los asociados, apoyar a los nicaragüenses para que logren un desarrollo auto sostenible en cada uno de los aspectos de sus vidas: económico, social, espiritual, vocacional, educativo y familiar.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MARLON GIOVANNI RODRIGUEZ SUAREZ, Vicepresidente, MARTHA PATRICIA CHAVARRIA, Secretaria, TANIA PATRICIA RODRIGUEZ CHAVARRIA, Tesorero, LEONOR DE LOS ANGELES RODRIGUEZ SUAREZ, Primer Vocal, MARIA LUISA BARRERA ARAICA, Segundo Vocal, SONIA PATRICIA MENDOZA JUAREZ, Tercer Vocal, JUANA DEL ROSARIO JAUREZ MEDRANO.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES CASA DE DIOS”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO




GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN“IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES CASA DE DIOS”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en Managua municipio del departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN“IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES CASA DE DIOS”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6214
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS” también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en Managua municipio del departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS” también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primero del mes de Diciembre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 22 de Marzo del 2010.




Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.


Estimado Doctor Navarro Moreira:

El suscrito Presidente de la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, solicita en base a la ley Número ciento cuarenta y siete (147), Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros, presento la solicitud del otorgamiento de personería jurídica para la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”. Asociación de carácter humanitarios constituida en escritura pública otorgada ante los oficios notariales de la licenciada RUTH DEL CARMEN RÍOS SÁNCHEZ, en esta ciudad de Managua, a las tres y cinco minutos de la tarde del día cinco de marzo del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública Número UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS (1492).- CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN RELIGIOSA Y APROBACIÓN DE SUS ESTATUTOS.

Esta Asociación se constituyo entre otros con los siguientes objetivos: Promover la práctica de un Evangelio completo, promover la fe cristiana evangélica, predicar la palabra de Dios, capacitar permanentemente en el Evangelio a los asociados, apoyar a los nicaragüense para que logren un desarrollo auto sostenible en cada uno de los aspectos de sus vidas: económicos, social, espiritual, vocacional, educativo y familiar, congregarse para realizar oficios religiosos, celebrar actos religioso públicos y privados, promover la vida recta y la moralidad, promover la participación en actividades que coadyuven al mejoramiento de los niveles de vida de las personas pobres asociadas en la iglesia, ejercer servicios cristianos de acción de servicios social cultural y educativos, formar en la fe cristiana evangélica, procurar que los asociados vivan el evangelio en su plenitud; apoyar en el bienestar y progreso de los asociados a través de la promoción y ejecución de proyectos socio-económicos los que gestionaran ante Instituciones del gobierno, personas naturales y jurídicas nacionales e internacionales, apoyar el fortalecimiento de la estructura familiar de los asociados, promover, organizar y apoyar el desarrollo Educativo integral de todos los asociados, promueve, organiza y apoya la ejecución de un sistema de capacitación popular que permita a los asociados la participación en la formulación y ejecución de sus propios proyectos, promueve y organiza el intercambio de experiencias cristianas evangélicas organizativas, educativas y culturales entre sus asociados y otros sectores cristianos Evangélicos, contribuye el fortalecimiento de la conciencia religiosa cristiana.

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de la formación de la ley.

Para tal fin adjuntamos requisitos señalados por la secretaría que usted dignamente preside.

Agradeciendo todo su apoyo y colaboración, le saludo.





PASTOR: MARLÓN GIOVANNI RODRÍGUEZ SUAREZ
PRESIDENTE

Managua, 22 de Marzo del 2010.



Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:


El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del Artículo 138 y 140 de la Constitución Política en el inciso 2, del artículo 4 y 44, del Estatuto General de la Asamblea Nacional, de la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, solicita en base a la ley Número ciento cuarenta y siete (147), Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros, presento la solicitud del otorgamiento de personería jurídica para la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”. Asociación de carácter humanitarios constituida en escritura pública otorgada ante los oficios notariales de la licenciada RUTH DEL CARMEN RÍOS SÁNCHEZ, en esta ciudad de Managua, a las tres y cinco minutos de la tarde del día cinco de marzo del año dos mil diez. Adjuntamos la Escritura Pública Número UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS (1492).- CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN RELIGIOSA Y APROBACIÓN DE SUS ESTATUTOS.

Esta Asociación se constituyo entre otros con los siguientes objetivos: Promover la práctica de un Evangelio completo, promover la fe cristiana evangélica, predicar la palabra de Dios, capacitar permanentemente en el Evangelio a los asociados, apoyar a los nicaragüense para que logren un desarrollo auto sostenible en cada uno de los aspectos de sus vidas: económicos, social, espiritual, vocacional, educativo y familiar, congregarse para realizar oficios religiosos, celebrar actos religioso públicos y privados, promover la vida recta y la moralidad, promover la participación en actividades que coadyuven al mejoramiento de los niveles de vida de las personas pobres asociadas en la iglesia, ejercer servicios cristianos de acción de servicios social cultural y educativos, formar en la fe cristiana evangélica, procurar que los asociados vivan el evangelio en su plenitud; apoyar en el bienestar y progreso de los asociados a través de la promoción y ejecución de proyectos socio-económicos los que gestionaran ante Instituciones del gobierno, personas naturales y jurídicas nacionales e internacionales, apoyar el fortalecimiento de la estructura familiar de los asociados, promover, organizar y apoyar el desarrollo Educativo integral de todos los asociados, promueve, organiza y apoya la ejecución de un sistema de capacitación popular que permita a los asociados la participación en la formulación y ejecución de sus propios proyectos, promueve y organiza el intercambio de experiencias cristianas evangélicas organizativas, educativas y culturales entre sus asociados y otros sectores cristianos Evangélicos, contribuye el fortalecimiento de la conciencia religiosa cristiana.

Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos de los procedimientos de la formación de la ley.






ROBERTO RODRÍGUEZ OBANDO
Diputado ante la Asamblea Nacional






LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE:
DECRETO

Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.

Arto. 2 La Representación Legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTÉS CASA DE DIOS”, también conocida como IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personas jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los _______ días del mes de __________ del año Dos Mil Diez.



ING. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional

DICTAMEN

Managua, 06 de octubre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES CASA DE DIOS”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, con domicilio en Managua municipio del departamento de Managua. Presentada por el Diputado: ROBERTO RODRIGUEZ OBANDO, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 30 de junio del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la practica de un Evangelio completo, promover la fé cristiana evangélica, predicar la palabra de Dios, capacitar permanentemente en el Evangelio a los asociados, apoyar a los nicaragüenses para que logren un desarrollo auto sostenible en cada uno de los aspectos de sus vidas: económico, social, espiritual, vocacional, educativo y familiar.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: MARLON GIOVANNI RODRIGUEZ SUAREZ, Vicepresidente, MARTHA PATRICIA CHAVARRIA, Secretaria, TANIA PATRICIA RODRIGUEZ CHAVARRIA, Tesorero, LEONOR DE LOS ANGELES RODRIGUEZ SUAREZ, Primer Vocal, MARIA LUISA BARRERA ARAICA, Segundo Vocal, SONIA PATRICIA MENDOZA JUAREZ, Tercer Vocal, JUANA DEL ROSARIO JAUREZ MEDRANO.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.




Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN “IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES CASA DE DIOS”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO




GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN“IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES CASA DE DIOS”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en Managua municipio del departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN“IGLESIA MISIONERA PENTECOSTES CASA DE DIOS”, también conocida como “IGLESIA MISIONERA CASA DE DIOS”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO