Licenciada
ALBA PALACIOS BENAVIDES
Primer Secretaria
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimada Licenciada Palacios:

Reciba un caluroso saludo Sandinista.

Recientemente la ASOCIACION DE CABALLISTAS DE TICUANTEPE, hemos conformado esta asociación, organización gremial, privada, sin fines de lucro, no discriminatoria, sin credo político, que se regirá por las leyes de la nación.

Conforme los derechos constitucionales y la Ley General # 147, sobre personas jurídicas, sin fines de lucro, solicitamos a usted respetuosamente en el tiempo conveniente a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, nuestra solicitud de PERSONALIDAD JURIDICA, que nos permita la Legalidad de nuestra asociación, en beneficio del desarrollo de nuestro Municipio de Ticuantepe, jurisdicción del Departamento de Managua.

Adjunto los documentos requeridos por la Ley # 147:

1.- Acta Constitutiva (Escritura Pública) y Aprobación de ESTATUTOS.
2.- Exposición de motivos
3.- Decretos de Ley
4.- Escritura y Estatutos insertos gravados en CD.


Agradeciéndole la gentileza de su atención, le saludo.

Atentamente,





REYNALDO ANTONIO LARGAESPADA VÍAS


Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TELLEZ
Presidente Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Presidente:

Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5, del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 90 y 91 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional y en la ley # 147. "Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro".

Presentamos la solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACION DE CABALLISTAS DE TICUANTEPE, Asociación Civil, sin fines de lucro, de interés social y de desarrollo, constituida en Escritura Pública número cuarenta y uno, (41).- En el municipio de Ticuantepe, Departamento de Managua, a las diez de la mañana del día veinticuatro de Septiembre del año dos mil doce, otorgada ante los oficios notariales del Licenciado José Benito Suazo Montenegro, Abogado y Notario Público con domicilio en la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua, pero de tránsito por este lugar.-

Esta asociación se constituyó entre otros, con los siguientes objetivos:

Dentro de los fines que persigue la ASOCIACION DE CABALLISTAS DE TICUANTEPE, es la promoción y el fortalecimiento de la actividad hípica en Nicaragua, y de esta manera contribuir al desarrollo productivo y cultural, mediante el cuido y entrenamiento caballar, así como la búsqueda e investigación de alternativas económicas que contribuyan a una mejor organización y desarrollo de tal objeto, para lo cual podrá: a) Coordinar la actividad del hipismo en la zona, mediante la organización de Desfiles hípicos, para lo cual se coordinará con las principales autoridades del Municipio y aquellas instituciones que apoyan el hipismo, esta será una actividad exclusivamente de la Asociación de Caballistas de Ticuantepe; b) Promover actividades locales, regionales o extraregionales, encaminadas a la promoción y venta de equinos; c) Impulsar y participar en diferentes instancias oficiales y/o no gubernamentales, en la formulación de planes, programas y proyectos que de manera integral fomenten la actividad y el gremio del hipismo en Nicaragua; d) Promover y coadyuvar a la modernización y reconvención del sector; e) Desarrollar relaciones con otras organizaciones, personas naturales o jurídicas, que en coordinación con a Asociación permitan encontrar alternativas

para mejorar y fortalecer la raza equina en Nicaragua.- f) Destacar el desempeño de la actividad hípica como factor fundamental en el proceso de integración a nivel nacional.- En el Ejercicio de sus facultades podrá sin limitación alguna adquirir bienes ya sean muebles o inmuebles o de cualquier naturaleza, efectuar venta de los mismos, celebrar toda clase de contratos, y en fin ejecutar o celebrar todos los actos y contratos civiles, y administrativos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines y objetivos.- Todos los objetos y fines aquí establecidos son meramente enunciativos y de ninguna manera taxativos.-






DORA ELENA ROJAS
Diputada




El Presidente de la República de Nicaragua

Hace saber al Pueblo Nicaragüense que:

la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

En uso de sus facultades

Ha Dictado

El Siguiente
DECRETO

Arto. 1: Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE CABALLISTAS DE TICUANTEPE.- Asociación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Ticuantepe, Jurisdicción del Departamento de Managua.

Arto. 2: La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3: La Asociación, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4: El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.


Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los días, del mes de del año dos mil doce.

Ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional; Alba Palacios Benavidez, Primer Secretaria de la Asamblea Nacional.


Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, de del año dos mil doce.


Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua.

ASOC. CABALLISTAS DE TICUANTEPE.pdf





DECRETO A.N. N°. 7104.pdf