1.- Gestionar ante otros Organismos obras de reparaciones de templos, dedicados a la oración.
2.- Impulsar proyectos aplicando nuevas tecnologías con fines auto sostenible tales como avícola, agrícola y ganadera.
3.- Impulsar obras de progreso en las comunidades mediante infraestructuras pública.s
Entre otros objetivos
Por lo expuesto, solicito se someta a consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua la presente iniciativa a fin de que sea conocida por el Plenario y luego pasada a Comisión para su dictamen y posterior aprobación
Francisco Jarquín Urbina
Diputado
Art.3.- La FUNDACIÓN AMIGOS EN ACCION EN NICARAGUA estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República. Art.4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil ocho. RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL
Esta Fundación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: 1) Gestionar ante otros Organismos obras de reparaciones de templos, dedicados a la oración, 2) Impulsar proyectos aplicando nuevas tecnologías con fines auto sostenible tales como avícola, agrícola y ganadera, 3)Impulsar obras de progreso en las comunidades mediante infraestructuras publicas.
Esta Fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: FRANCISCO PASTOR AMADOR ROCHA, Vicepresidente, BOANERGES TOMAS ARTEAGA MARENCO. Secretario, ANCELMO MARTINEZ TELLEZ, Tesorero, RICARDO INES LOPEZ RUIZ, Vocal, JOSE FRANCISCO JARQUIN ESPINOZA. Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Fundación están en concordancia con la Ley No. 147. Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política. Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica. Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la FUNDACIÓN AMIGOS EN ACCION EN NICARAGUA, COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS