Managua, 04 de Noviembre del 2010.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Doctor Navarro:


Reciba un cordial saludo. De manera muy especial me dirijo a usted con el propósito de solicitarle la personalidad jurídica de la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, compuesta por un grupo de personas que, de acuerdo a nuestra constitución política, tenemos capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente a si mismo y frente a terceros.

El domicilio de la Red esta asentado en la Ciudad de Managua en el KM 10 ½ de la carretera Sur, entrada a Pastelería Sampson una cuadra y media abajo No. 17 en el Reparto Santa Isabel.

Adjuntamos todos los documentos en físicos y digital, compuesto por escritura constitutiva original y tres copias, constancia de no inscripción del departamento de asociaciones del Ministerio de Gobernación.

Agradeciendo su atención a la presente, le reitero mis saludos.

Cordialmente,



.
SALVADOR ESPINOZA MOCADA
Presidente





EXPOSICION DE MOTIVOS.



Ingeniero


RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:


El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, constituida en Escritura Pública Número setenta y cinco (75) otorgada en la ciudad de Managua, departamento de Managua a las nueve y treinta minutos de la mañana del catorce de Mayo del año dos mil diez, ante los oficios notariales de la Licenciado Allan Manuel Vega Duarte, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

Esta asociación constituyo entre otros con los objetivos siguientes:

Ø Promover el desarrollo del teatro y de las artes escénicas en general.

Ø Promover el logro de la calidad artística, técnica y ética en las distintas formas de organizaciones de las artes teatrales en el teatro nicaragüense y las artes escénicas en general.

Ø Incidir en políticas públicas del sector cultural, específicamente en teatro.

Ø Fortalecer las iniciativas teatrales que propicien el intercambio a nivel nacional e internacional.

Ø Propiciar acciones de capacitación.

Ø Crear las bases de una estructura interna para su funcionamiento



Para lograr sus objetivos esta asociación podrá realizar todos los actos que considere conveniente, siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la asociación y leyes de la República.

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego remitida a comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,



WALMARO GUTIERREZ MERCADO
Diputado





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Artículo. 3. La “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.



ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN

Managua, 17 de marzo del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, con domicilio en la ciudad de Managua, municipio de Managua, departamento de Managua. Presentada por el Diputado: WALMARO GUTIERREZ MERCADO, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.


Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo del teatro y delas artes escénicas en general. 2) Promover el logro de la calidad artística y ética en las distintas formas de organización delas artes teatrales en el teatro nicaragüense, 3) Incidir en políticas publicas del sector cultura, específicamente en teatro, 4) Fortalecer las iniciativas teatrales que propicien el intercambio a nivel nacional e internacional.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: SALVADOR AUGUSTO ESPINOZA MONCADA, Vicepresidente, PETRONELLA JOHANNA VAN POPPEL, Secretario, RENE FRANCISCO MOYA CASTILLO, Tesorero, FRANCISCO JAVIER ESPINOZA RIVERA, Primer Vocal, GUILLERMO ENRIQUE MADRIGAL GUTIERREZ, Segundo Vocal, LUIS HAROLD AGURTO CHAVEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO




ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, sin fines de lucro, de duración cincuenta años y con domicilio en la ciudad de Managua, municipio de Managua, departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.




RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6408
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”; sin fines de lucro, de cincuenta años de duración y con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “ASOCIACION RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 04 de Noviembre del 2010.


Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Doctor Navarro:


Reciba un cordial saludo. De manera muy especial me dirijo a usted con el propósito de solicitarle la personalidad jurídica de la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, compuesta por un grupo de personas que, de acuerdo a nuestra constitución política, tenemos capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente a si mismo y frente a terceros.

El domicilio de la Red esta asentado en la Ciudad de Managua en el KM 10 ½ de la carretera Sur, entrada a Pastelería Sampson una cuadra y media abajo No. 17 en el Reparto Santa Isabel.

Adjuntamos todos los documentos en físicos y digital, compuesto por escritura constitutiva original y tres copias, constancia de no inscripción del departamento de asociaciones del Ministerio de Gobernación.

Agradeciendo su atención a la presente, le reitero mis saludos.

Cordialmente,



.
SALVADOR ESPINOZA MOCADA
Presidente





EXPOSICION DE MOTIVOS.



Ingeniero


RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:


El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, constituida en Escritura Pública Número setenta y cinco (75) otorgada en la ciudad de Managua, departamento de Managua a las nueve y treinta minutos de la mañana del catorce de Mayo del año dos mil diez, ante los oficios notariales de la Licenciado Allan Manuel Vega Duarte, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

Esta asociación constituyo entre otros con los objetivos siguientes:

Ø Promover el desarrollo del teatro y de las artes escénicas en general.

Ø Promover el logro de la calidad artística, técnica y ética en las distintas formas de organizaciones de las artes teatrales en el teatro nicaragüense y las artes escénicas en general.

Ø Incidir en políticas públicas del sector cultural, específicamente en teatro.

Ø Fortalecer las iniciativas teatrales que propicien el intercambio a nivel nacional e internacional.

Ø Propiciar acciones de capacitación.

Ø Crear las bases de una estructura interna para su funcionamiento



Para lograr sus objetivos esta asociación podrá realizar todos los actos que considere conveniente, siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la asociación y leyes de la República.

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego remitida a comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,



WALMARO GUTIERREZ MERCADO
Diputado





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA




En uso de sus facultades
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Artículo. 2. La representación de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Artículo. 3. La “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.



ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN

Managua, 17 de marzo del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, con domicilio en la ciudad de Managua, municipio de Managua, departamento de Managua. Presentada por el Diputado: WALMARO GUTIERREZ MERCADO, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.


Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover el desarrollo del teatro y delas artes escénicas en general. 2) Promover el logro de la calidad artística y ética en las distintas formas de organización delas artes teatrales en el teatro nicaragüense, 3) Incidir en políticas publicas del sector cultura, específicamente en teatro, 4) Fortalecer las iniciativas teatrales que propicien el intercambio a nivel nacional e internacional.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: SALVADOR AUGUSTO ESPINOZA MONCADA, Vicepresidente, PETRONELLA JOHANNA VAN POPPEL, Secretario, RENE FRANCISCO MOYA CASTILLO, Tesorero, FRANCISCO JAVIER ESPINOZA RIVERA, Primer Vocal, GUILLERMO ENRIQUE MADRIGAL GUTIERREZ, Segundo Vocal, LUIS HAROLD AGURTO CHAVEZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO




ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, sin fines de lucro, de duración cincuenta años y con domicilio en la ciudad de Managua, municipio de Managua, departamento de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACIÓN RED DE PROFESIONALES DEL TEATRO DE NICARAGUA”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.




RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO