Managua, 04 de Octubre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
A través de la presente me estoy dirigiendo a usted, para solicitarle su autorización y su aprobación a nuestra personería Jurídica
(ASOCIACIÓN MINISTERIOS PENTECOSTÉS NUEVA VIDA),
y esta sea sometida al proceso de ley de la Asamblea Nacional.
Me despido de Usted, deseándole que el altísimo le Bendiga y Guarde a Usted, y su familia.
Atentamente,
DELFA SARA CARCACHE VARGAS.
Presidenta
Managua, 04 de Noviembre de 2010
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Ingeniero Nuñez:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto, 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, en la Ley 606. Ley Organiza del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, en su Capitulo III, arto 14, numeral 2, arto 89, párrafo 4, numeral 2, y arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociación;
“ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA).
Constituida en Escritura Publica (48), otorgada por los Oficios Notariales del Abogado y Notario Público;
DENIS CELEDONIO GUTIERREZ SERRANO
.
En Nicaragua los pobladores tienen el derecho ha organizarse apegados a los principio de autonomía de la voluntad y a la legalidad, en la forma determinada en la Constitución Política (Arto. 49 Cn) y las leyes ordinarias, en este caso de acuerdo a la Ley No. 147 “Ley General sobre Personalidad Jurídica se presenta esta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la
(ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA)
, de carácter religioso y sin fines de Lucro.
FUNDAMENTO.-
La Asociación, cumplirá una función social, según lo determinado en su pacto social, tal como se acredita en la Escritura Constitutiva y sus Estatutos, lo cual se expresa como objetivo principal: Predicar el evangelio de Jesucristo, para el cual hará uso de cualquier medio licito que este a su alcance, tales como: la radio, la televisión, la palabra escrita y hablada, servicios de pastores, predicadores, misioneros, evangelistas, profesionales y lacios, pudiendo fundar iglesias, ministerios y otras instituciones similares, de acuerdo con las leyes del país.- Entre su objetivos: a) Crear instituciones de carácter benéficos, tales como: Orfanatos, asilos de ancianos, centros de educación especial y otros similares. 2) Ayudar a los desposeídos y necesitados con alimentos, vestuarios y otros bienes o servicios que estén a su alcance. 3) Impulsar medios de comunicación, para la proclamación del evangelio de Jesucristo, como: emisoras radiales, seminarios, panfletos, televisión, periódicos, organizaciones para capacitar a hombre y mujeres en el Ministerio, permitidos por la ley, en la naturaleza no lucrativa, apolítica y apartídista de esta Asociación.-
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos del procedimiento de formación de la ley.
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto 1.
Otorgase la Personalidad Jurídica a la Asociación
(ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA).
Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua del Departamento de Managua, República de Nicaragua.
Arto 2.
La representación Legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus Estatutos.
Arto 3.
La Asociación
(ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA).
Estará obligada al cumplimiento de la ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica de Nicaragua.
Arto 4.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los_______días del mes de ___________del año dos mil Diez.
Ing. Rene Núñez Doctor. Wilfredo Navarro M.
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 07 de abril del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA,
con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Crear instituciones de carácter benéfico, tales como: asilos de ancianos, centros de educación especial y otros similares, 2) Ayudar a los desposeídos y necesitados con alimentos, vestuarios y otros bienes o servicios que estén a su alcance, 3) Impulsar medios de comunicación, para la proclamación del evangelio de Jesucristo, como: emisoras radiales, seminarios, panfletos, televisión, periódicos, revistas y otros similares.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: DELFA SARA CARCACHE VARGAS, Vicepresidente, RONALD GILBERTO SANTAMARIA MUÑOZ, Secretaria, LIZETH ISABEL SANTAMARIA CARCACHE, Tesorero, MARIA MERCEDES SANTAMARIA CARCACHE, Fiscal, DOLORES DEL CARMEN CARCACHE VARGAS, Vocal, MIGDALIA DEL CARMEN SANTAMARIA CARCACHE.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
.
Arto. 1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6419
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
(Asociación Ministerio Pentecostés Nueva Vida)
;
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3
La
(Asociación Ministerio Pentecostés Nueva Vida)
;
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 04 de Octubre del 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
A través de la presente me estoy dirigiendo a usted, para solicitarle su autorización y su aprobación a nuestra personería Jurídica
(ASOCIACIÓN MINISTERIOS PENTECOSTÉS NUEVA VIDA),
y esta sea sometida al proceso de ley de la Asamblea Nacional.
Me despido de Usted, deseándole que el altísimo le Bendiga y Guarde a Usted, y su familia.
Atentamente,
DELFA SARA CARCACHE VARGAS.
Presidenta
Managua, 04 de Noviembre de 2010
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Estimado Ingeniero Nuñez:
El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del Arto, 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, en la Ley 606. Ley Organiza del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, en su Capitulo III, arto 14, numeral 2, arto 89, párrafo 4, numeral 2, y arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucros. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociación;
“ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA).
Constituida en Escritura Publica (48), otorgada por los Oficios Notariales del Abogado y Notario Público;
DENIS CELEDONIO GUTIERREZ SERRANO
.
En Nicaragua los pobladores tienen el derecho ha organizarse apegados a los principio de autonomía de la voluntad y a la legalidad, en la forma determinada en la Constitución Política (Arto. 49 Cn) y las leyes ordinarias, en este caso de acuerdo a la Ley No. 147 “Ley General sobre Personalidad Jurídica se presenta esta iniciativa de otorgar personalidad jurídica a la
(ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA)
, de carácter religioso y sin fines de Lucro.
FUNDAMENTO.-
La Asociación, cumplirá una función social, según lo determinado en su pacto social, tal como se acredita en la Escritura Constitutiva y sus Estatutos, lo cual se expresa como objetivo principal: Predicar el evangelio de Jesucristo, para el cual hará uso de cualquier medio licito que este a su alcance, tales como: la radio, la televisión, la palabra escrita y hablada, servicios de pastores, predicadores, misioneros, evangelistas, profesionales y lacios, pudiendo fundar iglesias, ministerios y otras instituciones similares, de acuerdo con las leyes del país.- Entre su objetivos: a) Crear instituciones de carácter benéficos, tales como: Orfanatos, asilos de ancianos, centros de educación especial y otros similares. 2) Ayudar a los desposeídos y necesitados con alimentos, vestuarios y otros bienes o servicios que estén a su alcance. 3) Impulsar medios de comunicación, para la proclamación del evangelio de Jesucristo, como: emisoras radiales, seminarios, panfletos, televisión, periódicos, organizaciones para capacitar a hombre y mujeres en el Ministerio, permitidos por la ley, en la naturaleza no lucrativa, apolítica y apartídista de esta Asociación.-
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional, la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario de esta Asamblea Nacional, previo los cumplimientos del procedimiento de formación de la ley.
JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ NARVÁEZ
Diputado
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus Facultades
Ha Dictado
El Siguiente
DECRETO
Arto 1.
Otorgase la Personalidad Jurídica a la Asociación
(ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA).
Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua del Departamento de Managua, República de Nicaragua.
Arto 2.
La representación Legal de esta Asociación, será ejercida en la forma que determine sus Estatutos.
Arto 3.
La Asociación
(ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA).
Estará obligada al cumplimiento de la ley General Sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la Republica de Nicaragua.
Arto 4.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los_______días del mes de ___________del año dos mil Diez.
Ing. Rene Núñez Doctor. Wilfredo Navarro M.
Presidente Primer Secretario
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 07 de abril del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA,
con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: JOSE ANTONIO MARTINEZ NARVAEZ, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Crear instituciones de carácter benéfico, tales como: asilos de ancianos, centros de educación especial y otros similares, 2) Ayudar a los desposeídos y necesitados con alimentos, vestuarios y otros bienes o servicios que estén a su alcance, 3) Impulsar medios de comunicación, para la proclamación del evangelio de Jesucristo, como: emisoras radiales, seminarios, panfletos, televisión, periódicos, revistas y otros similares.
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: DELFA SARA CARCACHE VARGAS, Vicepresidente, RONALD GILBERTO SANTAMARIA MUÑOZ, Secretaria, LIZETH ISABEL SANTAMARIA CARCACHE, Tesorero, MARIA MERCEDES SANTAMARIA CARCACHE, Fiscal, DOLORES DEL CARMEN CARCACHE VARGAS, Vocal, MIGDALIA DEL CARMEN SANTAMARIA CARCACHE.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la
ASOCIACIÓN MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA,
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
.
Arto. 1
Otorgase Personalidad Jurídica a la
ASOCIACIÓN
MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA,
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Managua, Departamento de Managua
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La
ASOCIACIÓ
N MINISTERIO PENTECOSTÉS NUEVA VIDA,
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO