Managua, 19 de agosto de 2009.



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


DICTAMEN

Managua, 11 de febrero del 2010

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT), con domicilio en el Municipio de Mateare, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: EDWIN CASTRO RIVERA, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte de Remo en todas las categorías procurando una cobertura Municipal, 2) Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas y morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del deporte del Remo en el Municipio.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ENRIQUE JOSE MORA PICADO, Vice Presidente, JOSE ANGEL BARAHONA ROMERO, Secretario: JUSTO BENITO LOPEZ RAMOS, Tesorero: NORMA DE LA CONCEPCION RAMOS, Fiscal, SANTOS BENEDICTO RUIZ GARCIA, Primer Vocal, LESTER JOSE ROJAS MAYORGA, Segundo Vocal, JUAN FRANCISCO RUIZ GARCIA

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT),




COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Mateare, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6001
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Mateare, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 19 de agosto de 2009.



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

DICTAMEN
Managua, 11 de febrero del 2010

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT), con domicilio en el Municipio de Mateare, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: EDWIN CASTRO RIVERA, en la Continuación de la Tercera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 24 de septiembre del año dos mil nueve.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1)
Promover, fomentar, organizar y desarrollar el deporte de Remo en todas las categorías procurando una cobertura Municipal, 2) Fomentar el desarrollo de las grandes cualidades físicas y morales que son la base de todos los deportes, creando mediante competencia, seminarios, conferencias de carácter técnico y científico para el desarrollo y mejoramiento del deporte del Remo en el Municipio.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ENRIQUE JOSE MORA PICADO, Vice Presidente, JOSE ANGEL BARAHONA ROMERO, Secretario: JUSTO BENITO LOPEZ RAMOS, Tesorero: NORMA DE LA CONCEPCION RAMOS, Fiscal, SANTOS BENEDICTO RUIZ GARCIA, Primer Vocal, LESTER JOSE ROJAS MAYORGA, Segundo Vocal, JUAN FRANCISCO RUIZ GARCIA

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT),




COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Mateare, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La “ASOCIACIÓN DE REMO DE MATEARE”, pudiendo abreviarse con las siglas (ASREMAT), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO