Managua, 24 de Agosto del año 2010.



Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina

Estimado Doctor :

Que las bendiciones de nuestro altísimo sea derramada sobre Usted y los que le rodean.

En mi calidad de Presidente de la ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en el Municipio de Tipitapa del Departamento de Managua. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número (3) el día veinticuatro de Agosto del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Notario Francisco Javier Sarria García.

Con el debido respeto que se merece, me dirijo a Usted, para solicitarle que a través de su digno medio el Plenario de Honorable Asamblea Nacional de la cual es Secretaria, previo trámite correspondiente nos apruebe la Personalidad Jurídica a nuestra Fundacion.

Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, archivo electrónico, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.


Atentamente,




RAMÓN ISIDRO CORDONERO GONZÁLEZ
Presidente
ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS
ADONAI NISI(CEUAN)
Direccion : Tipitapa-Managua. Tel.86794474
Tel.Notario. 88887566




Managua, 25 de Agosto del año 2010.


Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc.5 del Arto.138 y Arto.140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en el Inc.2 del Arto.14 y el Artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en el Municipio de Tipitapa del Departamento de Managua. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número (3) el día veinticuatro de Agosto del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Notario Francisco Javier Sarria García.

FUNDAMENTACION:

La Asociación con la obtención de su personalidad jurídica logrará brindar a nuestra sociedad el alimento espiritual de la palabra de Dios utilizando todas las herramientas que nuestro Señor Jesucristo nos ha puesto en esta tierra para que seamos bendecido cada día. Sus objetivos so n:

a) Misión Evangelizar, ganar almas para Cristo;
b) Transformar aquellas personas que viven bajo oscuridad espiritual
c) A través de la enseñanza Bíblica Mateo 28: 19-20 por tanto Id y hacer discípulos a todas las naciones bautizándoles en el nombre del Padres, del Hijo y del Espíritu Santo enseñándoles todas las cosas que os he mandado y he aquí yo estaré con vosotros todos los días hasta el fin del mundo.;
d)velad por los enfermos, viudas, ancianos y niñez; e)educación secular cristiana ,Escuela de Educación, comedor infantil y albergue para niños desamparados;

Entre otros objetivos.

Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por el Presidente de dicha Asociación.

Atentamente,



GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
DIPUTADO
ASAMBLEA NACIONAL




DECRETO No.

ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO


Art.1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN sin fines de lucro, de carácter civil de orientación religiosa, con domicilio en el Municipio de Tipitapa del Departamento de Managua, de duración indefinida.

Art.2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3 La ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, (CEUAN) está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil diez.


RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL

DICTAMEN

Managua, 09 de noviembre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN, con domicilio en la ciudad de Tipitapa, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: GUILLERMO OSORNO MOLINA, en la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de noviembre del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Misión Evangelizar, ganar almas para Cristo, 2) Transformar aquellas personas que viven bajo oscuridad espiritual, 3) atravez de la enseñanza Bíblica Mateo 28: 19-20 por tanto Id y hacer discípulos a todas las naciones bautizándoles en el nombre del Padres, del Hijo y del Espíritu Santo enseñándoles todas las cosas que os he mandado y he aquí yo estaré con vosotros todos los días hasta el fin del mundo.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: RAMON ISIDRO CORDONERO GONZALEZ, Vicepresidente, DANILO ANTONIO BONILLA TORREZ, Tesorero, MARIA TERESA CASTILLO SALINAS, Fiscal, RICKY RICHMOND DOWNS VELÁSQUEZ, Secretario, JAQUELINE CAROLINA MORALES FLORES, Primer Vocal, BAYRON RAMON CORDONERO MOREIRA, Segundo Vocal, PEDRO RAMON MOLINA PEREZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO




GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Tipitapa, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6236
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como, CEUAN; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Tipitapa, Departamento de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como, CEUAN; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el primero del mes de Diciembre del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 24 de Agosto del año 2010.



Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Oficina

Estimado Doctor :

Que las bendiciones de nuestro altísimo sea derramada sobre Usted y los que le rodean.

En mi calidad de Presidente de la ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en el Municipio de Tipitapa del Departamento de Managua. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número (3) el día veinticuatro de Agosto del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Notario Francisco Javier Sarria García.

Con el debido respeto que se merece, me dirijo a Usted, para solicitarle que a través de su digno medio el Plenario de Honorable Asamblea Nacional de la cual es Secretaria, previo trámite correspondiente nos apruebe la Personalidad Jurídica a nuestra Fundacion.

Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, archivo electrónico, así como propuesta de Proyecto de Decreto y exposición de motivos.


Atentamente,




RAMÓN ISIDRO CORDONERO GONZÁLEZ
Presidente
ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS
ADONAI NISI(CEUAN)
Direccion : Tipitapa-Managua. Tel.86794474
Tel.Notario. 88887566




Managua, 25 de Agosto del año 2010.


Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su Oficina
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En mi carácter de Diputado ante la Asamblea Nacional y con fundamento en el Inc.5 del Arto.138 y Arto.140 de la Constitución de la República de Nicaragua y en el Inc.2 del Arto.14 y el Artículo 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de Lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN de carácter religiosa, sin fines de lucro, de orientación cristiana, y social no partidista, con domicilio en el Municipio de Tipitapa del Departamento de Managua. La Asociación cristiana, fue constituida mediante Escritura Pública Número (3) el día veinticuatro de Agosto del año dos mil diez, ante los oficios notariales del Notario Francisco Javier Sarria García.

FUNDAMENTACION:

La Asociación con la obtención de su personalidad jurídica logrará brindar a nuestra sociedad el alimento espiritual de la palabra de Dios utilizando todas las herramientas que nuestro Señor Jesucristo nos ha puesto en esta tierra para que seamos bendecido cada día. Sus objetivos so n:

a) Misión Evangelizar, ganar almas para Cristo;
b) Transformar aquellas personas que viven bajo oscuridad espiritual
c) A través de la enseñanza Bíblica Mateo 28: 19-20 por tanto Id y hacer discípulos a todas las naciones bautizándoles en el nombre del Padres, del Hijo y del Espíritu Santo enseñándoles todas las cosas que os he mandado y he aquí yo estaré con vosotros todos los días hasta el fin del mundo.;
d)velad por los enfermos, viudas, ancianos y niñez; e)educación secular cristiana ,Escuela de Educación, comedor infantil y albergue para niños desamparados;

Entre otros objetivos.

Adjunto al presente, las copias de ley correspondiente, así como propuesta de Proyecto de Decreto y solicitud debidamente firmada por el Presidente de dicha Asociación.

Atentamente,



GUILLERMO ANTONIO OSORNO MOLINA
DIPUTADO
ASAMBLEA NACIONAL




DECRETO No.

ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO


Art.1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN sin fines de lucro, de carácter civil de orientación religiosa, con domicilio en el Municipio de Tipitapa del Departamento de Managua, de duración indefinida.

Art.2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3 La ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, (CEUAN) está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.


Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil diez.


RENE NUÑEZ TELLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL

DICTAMEN

Managua, 09 de noviembre del 2010



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACIÓN CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN, con domicilio en la ciudad de Tipitapa, Departamento de Managua. Presentada por el Diputado: GUILLERMO OSORNO MOLINA, en la Continuación de la Cuarta Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 04 de noviembre del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Misión Evangelizar, ganar almas para Cristo, 2) Transformar aquellas personas que viven bajo oscuridad espiritual, 3) atravez de la enseñanza Bíblica Mateo 28: 19-20 por tanto Id y hacer discípulos a todas las naciones bautizándoles en el nombre del Padres, del Hijo y del Espíritu Santo enseñándoles todas las cosas que os he mandado y he aquí yo estaré con vosotros todos los días hasta el fin del mundo.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: RAMON ISIDRO CORDONERO GONZALEZ, Vicepresidente, DANILO ANTONIO BONILLA TORREZ, Tesorero, MARIA TERESA CASTILLO SALINAS, Fiscal, RICKY RICHMOND DOWNS VELÁSQUEZ, Secretario, JAQUELINE CAROLINA MORALES FLORES, Primer Vocal, BAYRON RAMON CORDONERO MOREIRA, Segundo Vocal, PEDRO RAMON MOLINA PEREZ.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.


Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACIÓN CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO




GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Tipitapa, Departamento de Managua.


Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACION CENTRO EVANGELISTICO UNIDOS ADONAI NISI, la cual podrá conocerse en forma abreviada como CEUAN, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.





RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO