4 de Septiembre del 2008-09-23
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional, Nicarágua.
Se despacho

Reciba un cordial saludo de mi parte y espero que al recibo de esta correspondencia usted se encuentre bien junto a los suyos.

Por este medio estoy solicitando sus buenos oficios para realizar trámites con el objetivo de adquirir la personería jurídica de la Asociación Casa de Dios, del Cielo (ASOCRICPE). Nuestra Asociación es sin fines de lucro y de carácter religioso con sede en la ciudad del Rosario, departamento de Carazo. Como Presidente y representante de dicha asociación, ruego a usted me apoye en el trámite de la personalidad jurídica de acuerdo con los requisitos solicitados los cuales presento a su consideración.

Agradeciendo la atención que le pueda brindar a esta correspondencia.

Le saludo


Marlon Gustavo Guadamuz Chávez
Ced. # 041 061068-0000W
Cel. # 603-0572
Presidente de la Asociación


Exposición de Motivos


Managua 5 de Agosto del 2008.
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente de la Asamblea Nacional
Su despacho.

Estimado Ingeniero Núñez:

En mi calidad de diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el Inc. 5 del Arto. 138 y Arto. 140. de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en el Artículo 14 Inc. 2 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua y de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, estoy presentando la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO (ASOCRICPE), organización sin fines de lucro.

La ASOCIACIÓN CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO (ASOCRICPE) tendrá como objetivos los siguientes:

1) Construir Iglesias a nivel nacional e Internacional tal y como lo mandan las escrituras en Mateo 28:19.

2) Propagar fomentar y defender los valores sociales morales y espirituales del hombre y la mujer sin enfrentar en confrontación con las leyes del país.

3) Construir Institutos para la formación Teológica y practicar la unidad según como lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos (as) los cristianos (as).

4) Estructurar, organizar y construir proyectos sociales para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua.

5) Establecer vínculos del hermanamiento con Ministerios a fines Homólogos Nacionales e Internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de la asociación.

6) Gestionar ante Organizaciones internacionales ayudas medicas y vestuarios igual que la construcción de viviendas de interés social.

7) Propagar y predicar el mensaje de nuestro señor Jesucristo dentro y fuera del país.

Agradeciendo la atención lo saluda,

Juan Ramón Jiménez
Diputado

DICTAMEN




Managua, 19 de noviembre del 2009


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE), con domicilio en el Municipio del Rosario del Departamento de Carazo. Presentada por el Diputado, JUAN RAMON JIMENEZ. En la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de febrero del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo 1) Construir iglesias a nivel nacional e internacional tal como lo mandan las escrituras en Mateo 28:19, 2) Propagar fomentar y defender los valores sociales morales y espirituales del hombre y la mujer sin enfrentar en confrontación con las leyes del país.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, MARLON GUSTAVO GUADAMUZ CHAVEZ, Vicepresidente, ERICK SANTIAGO NICOYA NARVAEZ, Secretario, OLIVER JOSE SALAZAR ESCOBAR, Tesorero, JAVIER ANTONIO UREÑA BRENES, Fiscal, OSCAR RENE ABURTO GADEA, Primer Vocal, JOSE DE LA CRUZ MENA NICARAGUA GONZALEZ, Segundo Vocal, JOSE ROBERTO SANDINO HERNANDEZ, Tercer Vocal, ESPERANZA GERONIMA NICARAGUA CABRERA.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE),



COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio del Rosario del Departamento de Carazo

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 LA ASOCIACION CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 5957
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio del Rosario, Departamento de Carazo.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
DICTAMEN




Managua, 19 de noviembre del 2009


Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE), con domicilio en el Municipio del Rosario del Departamento de Carazo. Presentada por el Diputado, JUAN RAMON JIMENEZ. En la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXV Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 12 de febrero del año dos mil nueve.

Esta Asociación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo 1) Construir iglesias a nivel nacional e internacional tal como lo mandan las escrituras en Mateo 28:19, 2) Propagar fomentar y defender los valores sociales morales y espirituales del hombre y la mujer sin enfrentar en confrontación con las leyes del país.


Esta Asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente, MARLON GUSTAVO GUADAMUZ CHAVEZ, Vicepresidente, ERICK SANTIAGO NICOYA NARVAEZ, Secretario, OLIVER JOSE SALAZAR ESCOBAR, Tesorero, JAVIER ANTONIO UREÑA BRENES, Fiscal, OSCAR RENE ABURTO GADEA, Primer Vocal, JOSE DE LA CRUZ MENA NICARAGUA GONZALEZ, Segundo Vocal, JOSE ROBERTO SANDINO HERNANDEZ, Tercer Vocal, ESPERANZA GERONIMA NICARAGUA CABRERA.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la ASOCIACION CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE),



COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



MAXIMINO RODRIGUEZ
PRESIDENTE
ELIDA MARIA GALEANO CORNEJO
VICE - PRESIDENTE
VICTOR DUARTE
VICE – PRESIDENTE
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
VICTOR HUGO TINOCO
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
FILIBERTO RODRIGUEZ LOPEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
GUILLERMO OSORNO M.
MIEMBRO





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio del Rosario del Departamento de Carazo

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 LA ASOCIACION CRISTIANA CASA DE DIOS PUERTA DEL CIELO, la que podrá abreviarse y ser conocida como (ASOCRICPE), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO