Juigalpa, Chontales
Octubre 25, 2010




Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho

Estimado Señor Secretario:

Tengo el gusto de saludarle muy cordialmente, en ocasión de presentar formalmente por su medio, a la Honorable Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, nuestra solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS” y también será conocida con el nombre “FUNREDMUCH”.

La RED DE MUJERES CHONTALEÑAS es una Fundación sin fines de lucro, constituida en Escritura Publica Número Cinco (5), otorgada en la ciudad de Juigalpa, cabecera departamental de Chontales, a las dos de la tarde del día dieciséis de junio del presente año dos mil diez, ante el Oficio de la Notaria Ada Esperanza Silva Pérez.

Esta Fundación se establece con el fin general de organizar a mujeres del área urbana y rural del Departamento de Chontales, formándose para tener capacidad de coordinar, gestionar, incidir, articular, promover y sensibilizar, participando activamente en el desarrollo económico, político, socio cultural y ambiental del Departamento de Chontales y así contribuir a mejorar la calidad de vida de las mismas.

A efectos de lograr sus objetivos, FUNHREDMUCH podrá hacer uso de los derechos que le otorga la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y realizar todos los actos que considere convenientes, siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Fundación y las Leyes de la República.

Por lo antes expuesto, solicito sea sometida a la consideración de los Diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pase a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,


MARÍA REGINA ALVARADO JAIME
Presidenta



EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Managua, 25 de octubre de 2010


Honorable Señor Presidente
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TELLEZ
Su Despacho

Señor Presidente:

En mi carácter de Diputado de la Asamblea Nacional, con fundamento en el numeral 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, Arto. 14 numeral 2, Arto. 30 numeral 5, Arto. 89 párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, presento la solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS” y también será conocida con el nombre “FUNREDMUCH”.

La RED DE MUJERES CHONTALEÑAS es una Fundación sin fines de lucro, constituida en Escritura Publica Número Cinco (5), otorgada en la ciudad de Juigalpa, cabecera departamental de Chontales, a las dos de la tarde del día dieciséis de junio del presente año dos mil diez, ante el Oficio de la Notaria Ada Esperanza Silva Pérez.

Esta Fundación se establece con el fin general de organizar a mujeres del área urbana y rural del Departamento de Chontales, formándose para tener capacidad de coordinar, gestionar, incidir, articular, promover y sensibilizar, participando activamente en el desarrollo económico, político, socio cultural y ambiental del Departamento de Chontales y así contribuir a mejorar la calidad de vida de las mismas.

A efectos de lograr sus objetivos, FUNHREDMUCH podrá hacer uso de los derechos que le otorga la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y realizar todos los actos que considere convenientes, siempre y cuando estos se apeguen a los Estatutos de la Fundación y las Leyes de la República.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los Honorables Diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,



WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Diputado




LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÙBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,
Ha Dictado

El siguiente:
DECRETO

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, que podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS” y también será conocida con el nombre “FUNREDMUCH”; Fundación sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Juigalpa, Departamento de Chontales.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, que podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS” o “FUNREDMUCH”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los …………... días del mes de …………………… del año dos mil …………



RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Presidente Secretario

DICTAMEN
Managua, 22 de agosto del 2011

Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:


Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS”, y también será conocida con el nombre de “FUNREDMUCH”, con domicilio en la ciudad de Juigalpa, Departamento de Chontales. Presentada por el Diputado, WILFREDO NAVARRO MOREIRA. En la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional Celebrada el día 02 de febrero del 2011.

Esta Fundación fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivo: Organizar a mujeres del área urbana y rural del departamento de Chontales, formándose para tener capacidad de coordinar, gestionar, incidir, articular, promover y sensibilizar, participando activamente en el desarrollo económico, político, socio cultural y ambiental del departamento de Chontales y así contribuir a mejorar la calidad de vida de las mismas. A tal efecto, sus principales ejes de trabajo serán los siguientes: organizar, gestionar, formular y ejecutar programas y proyectos, capacitación, asesoría, asistencia técnica, establecimiento de alianzas, en pro de contribuir a mejorar la calidad de vida de las mujeres chontaleñas.

Esta Fundación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidenta: MARIA REGINA ALVARADO JAIME, Vicepresidenta: ADILIA DEL PILAR SALINAS OTERO, Secretaria: YELI ELIETT OROZCO BRAVO, Tesorera: ROXANA AUXILIADORA ARAGON GOMEZ, Fiscal, BERNA ISABEL AGUILAR GUILLEN, Primer Vocal: SANDRA AGRIPINA SOLANO DUARTE, Segundo Vocal: ELIZABETH GARCIA AROSTEGUI, Tercer Vocal: ESTELA DEL SOCORRO ARAGON GUARDADO.

Los miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta Fundación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el Proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS”, y también será conocida con el nombre de “FUNREDMUCH”,



COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO


LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS”, y también será conocida con el nombre de “FUNREDMUCH”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Juigalpa, Departamento de Chontales.


Arto. 2 La representación legal de esta fundación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.



Arto. 3 La “FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS”, y también será conocida con el nombre de “FUNREDMUCH”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.



RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6549
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS”, y también será conocida con el nombre “FUNREDMUCH”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Juigalpa, Departamento de Chontales.

Art. 2 La representación legal de esta Federación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La “FUNDACION PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES CHONTALEÑAS”, podrá ser llamada “RED DE MUJERES CHONTALEÑAS”, y también será conocida con el nombre “FUNREDMUCH”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los cinco días del mes de Octubre del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional