Managua, 27 de octubre del 2010.

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Reciba gratos saludos y benciones. El motivo de la presente es para solicitarle a usted de manera formal y escrita de conformidad com lo estipulado em la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, ley número ciento cuarenta y siete (147), publicada en el Diario Oficial La Gaceta, número 102, del veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y dos, la admisión de nuestra solicitud de Personería Jurídica sin fines de lucro, la cual llevara por nombre “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDÍGENAS DEL CARIBE” (ADIC).

No omito manifestar que adjunto al presente escrito la Escritura de Constitución de nuestra Asociación con original y respectiva copias y el Decreto.

Sin más a que referirme, esperando una respuesta, me es grato suscribirme.

Atentamente,



ELMI PADILLA DURÁN
Presidente





EXPOSICION DE MOTIVOS.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:


El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDÍGENAS DEL CARIBE” (ADIC), entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (61), del veinte de marzo del año Dos Mil Diez, por el Notario Público DR. MARCOS HOPPINGTON SCOTT.

La Asociación tiene como fin general u objetivo lo siguiente:

Tiene como finalidad la integración social y productiva de las personas con discapacidad en un marco de justicia social y en condiciones de igual oportunidades y de respeto a las diferencias de las personas, tiene como objetivo contribuir al proceso de integración plena de las personas con discapacidad a la vida social y productiva del país, mediante la capacitación técnica, la promoción del desarrollo económico para la mejoría de sus condiciones sociales, así como la gestión de proyectos sociales y productivos.

Por lo antes expuesto vengo a someter a la consideración de los honorables diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea conocida por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación definitiva.




BROOKLYN RIVERA BRYAN
Diputado





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDÍGENAS DEL CARIBE” (ADIC), es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la Ciudad de Bilwi, municipio de Puerto Cabezas, en la Región Autónoma del Atlántico Norte.

Artículo. 2. La representación de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Artículo. 3. La “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDÍGENAS DEL CARIBE” (ADIC), estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.



ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN

Managua, 10 de febrero del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDIGENAS DEL CARIBE” (ADIC), o simplemente se utilizara las siglas ADIC, con domicilio en la ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, en la región Autónoma del Atlántico Norte. Presentada por el Diputado: BROOKLYN RIVERA BRYAN, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.


Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Contribuir al proceso de integración plena de las personas con discapacidad a la vida social y productiva del país, mediante la capacitación técnica, la promoción del desarrollo económico para la mejoría de sus condiciones sociales, así como la gestión de proyectos sociales para la familia con discapacidad.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ELMI PADILLA DURAN, Vicepresidente, SERRANO PANTING CORNELIO, Secretario, ABELARDO WILFREDO MARTINEZ, Tesorero, FELIPA COLEMAN MIRANDA, Vocal, LIRY ZUÑIGA PANTIN, Fiscal, ERIKA ESTEHER SMITH.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDIGENAS DEL CARIBE” (ADIC), o simplemente se utilizara las siglas ADIC,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO




ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE DISCAPACITADOS INDIGENAS DEL CARIBE” (ADIC), o simplemente se utilizara las siglas ADIC, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, en la región Autónoma del Atlántico Norte

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDIGENAS DEL CARIBE” (ADIC), o simplemente se utilizara las siglas ADIC, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.




RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6346
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “Asociación de Discapacitados Indígenas del Caribe” (ADIC) , o simplemente se utilizara las siglas ADIC; sin fines de lucro, de duración Indefinida y con domicilio en la Ciudad de Bilwi, municipio de Puerto Cabezas, en la Región Autónoma del Atlántico Norte.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “Asociación de Discapacitados Indígenas del Caribe” (ADIC), o simplemente se utilizara las siglas ADIC; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el día quince del mes de Marzo del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 27 de octubre del 2010.

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Doctor Navarro:

Reciba gratos saludos y benciones. El motivo de la presente es para solicitarle a usted de manera formal y escrita de conformidad com lo estipulado em la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, ley número ciento cuarenta y siete (147), publicada en el Diario Oficial La Gaceta, número 102, del veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y dos, la admisión de nuestra solicitud de Personería Jurídica sin fines de lucro, la cual llevara por nombre “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDÍGENAS DEL CARIBE” (ADIC).

No omito manifestar que adjunto al presente escrito la Escritura de Constitución de nuestra Asociación con original y respectiva copias y el Decreto.

Sin más a que referirme, esperando una respuesta, me es grato suscribirme.

Atentamente,



ELMI PADILLA DURÁN
Presidente





EXPOSICION DE MOTIVOS.

Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

Estimado Compañero Presidente:


El Suscrito, Diputado ante la Asamblea Nacional de conformidad a lo establecido y con fundamento en el inciso 5 de los Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en la Ley No. 606. Ley Orgánica del poder legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III Arto. 14 numeral 2, Arto. 89, párrafo 4 numeral 2 y Arto. 91, y en la Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDÍGENAS DEL CARIBE” (ADIC), entidad sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número (61), del veinte de marzo del año Dos Mil Diez, por el Notario Público DR. MARCOS HOPPINGTON SCOTT.

La Asociación tiene como fin general u objetivo lo siguiente:

Tiene como finalidad la integración social y productiva de las personas con discapacidad en un marco de justicia social y en condiciones de igual oportunidades y de respeto a las diferencias de las personas, tiene como objetivo contribuir al proceso de integración plena de las personas con discapacidad a la vida social y productiva del país, mediante la capacitación técnica, la promoción del desarrollo económico para la mejoría de sus condiciones sociales, así como la gestión de proyectos sociales y productivos.

Por lo antes expuesto vengo a someter a la consideración de los honorables diputados de la Asamblea Nacional la presente iniciativa, a fin de que sea conocida por el Plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación definitiva.




BROOKLYN RIVERA BRYAN
Diputado





ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO

Artículo. 1. Otorgase personalidad jurídica a la “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDÍGENAS DEL CARIBE” (ADIC), es de naturaleza civil, de carácter social, no partidista, sin fines de lucro; con domicilio en la Ciudad de Bilwi, municipio de Puerto Cabezas, en la Región Autónoma del Atlántico Norte.

Artículo. 2. La representación de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.

Artículo. 3. La “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDÍGENAS DEL CARIBE” (ADIC), estará obligada a cumplir con la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Artículo. 4. El presente decreto entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la asamblea nacional a los___________ días del mes_______________ del año dos mil diez.



ING. RENE NUÑEZ TELLEZ DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN

Managua, 10 de febrero del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDIGENAS DEL CARIBE” (ADIC), o simplemente se utilizara las siglas ADIC, con domicilio en la ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, en la región Autónoma del Atlántico Norte. Presentada por el Diputado: BROOKLYN RIVERA BRYAN, en la Continuación de la Primera Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 02 de febrero del año dos mil once.


Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Contribuir al proceso de integración plena de las personas con discapacidad a la vida social y productiva del país, mediante la capacitación técnica, la promoción del desarrollo económico para la mejoría de sus condiciones sociales, así como la gestión de proyectos sociales para la familia con discapacidad.

Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: ELMI PADILLA DURAN, Vicepresidente, SERRANO PANTING CORNELIO, Secretario, ABELARDO WILFREDO MARTINEZ, Tesorero, FELIPA COLEMAN MIRANDA, Vocal, LIRY ZUÑIGA PANTIN, Fiscal, ERIKA ESTEHER SMITH.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.



Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDIGENAS DEL CARIBE” (ADIC), o simplemente se utilizara las siglas ADIC,


COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS



ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO




ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE DISCAPACITADOS INDIGENAS DEL CARIBE” (ADIC), o simplemente se utilizara las siglas ADIC, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, en la región Autónoma del Atlántico Norte

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE DISCAPACITADOS INDIGENAS DEL CARIBE” (ADIC), o simplemente se utilizara las siglas ADIC, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 EI presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.




RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO