Art.2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos. Art.3 La FUNDACIÓN MINISTERIO HOMBRES Y MUJERES DE VALOR HYMV, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República. Art.4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial. Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de __________ del año dos mil diez. RENÉ NÚÑEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL