Managua, 24 de Febrero del año 2010

Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su despacho.

Honorable Primer secretario:

Reciba mis altas muestras de consideración y estima. Por medio de la presente comparezco ante su autoridad en mi calidad de Presidenta de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA (AMURH). Debidamente autorizado para realizar este acto en base a facultades otorgadas en cláusula décima de Escritura de Constitución de Asociación para el Desarrollo de las Mujeres del Cúa y Estatutos; y Ley No. 147. Por tanto, hago ante usted formal solicitud para inicio de gestiones en el trámite de otorgamiento de Personería Jurídica a favor de la representada la ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA (AMURH).

Sin más que agregar, me despido de usted esperando su pronta y favorable respuesta.

Adjunto los siguientes documentos:
El testimonio de la escritura pública de constitución y estatutos y dos copias del mismo.
Anteproyecto de Decreto y dos copias.
Exposición de motivos.
Constancia de no inscripción emitida por el Ministerio de Gobernación (MIGOB)

Atentamente,

VILMA DE LOS ANGELES ALTAMIRANO FAJARDO
Presidenta Asociación (AMURH)




EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Managua, veinticuatro de febrero del 2010.

Ingeniero
RENÉ NUÑEZ TELLEZ
PRESIDENTE
ASAMBLEA NACIONAL
Su despacho

Estimado Presidente:


El Suscrito Diputado ante la Asamblea nacional, con fundamento en el numeral 5 del Arto.138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y de la ley 606 Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III, artículo 14, numeral 2, artículo 89. Párrafo 4, numeral 2 y el artículo 91, y en la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas Sin Fines de lucro. Presento solicitud de otorgamiento de personalidad jurídica de la ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA (AMURH), Asociación sin fines de lucro, constituida en escritura pública número setenta y siete (77), otorgada en la ciudad de Jinotega, Departamento de Jinotega, República de Nicaragua, a las diez de la mañana del viernes veinte de febrero del año dos mil nueve, ante los oficios notariales del licenciado Marcos Sigfrido Zamora Flores, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua.

Los objetivos de esta asociación son:
1. Lograr la participación activa de las asociadas en todos los roles y programas que este relacionado entre los hombres y mujeres, a fin que las mujeres puedan participar en la vida económica, social, cultural, familiar, comunitaria, municipal y del país.
2. Promover acciones de desarrollo participativo tendientes a lograr el bienestar de las familias de las asociadas y beneficiarios.
3. Formar partes de otras organizaciones nacionales, coordinando o unificando esfuerzos para llevar el desarrollo a sus asociadas.
4. Realizar investigaciones científicas y técnicas en beneficio de las asociadas y beneficiarios.
5. Promover actividades de protección del medio ambiente con enfoque de género, y defensa del mismo.
6. Promover el trabajo asociado o en conjunto con otras instituciones nacionales o internacionales que no contradigan los principios de la asociación, para alcanzar los objetivos de ésta.
7. Promover la captación de recursos financieros, donaciones, materiales y equipos, asistencia técnica y humana, para ponerlos al servicio de los objetivos y principios de la asociación.
8. Promover y efectuar estudios que identifiquen las necesidades de la comunidad con el objetivo de aportar soluciones e integrarse de manera activa al desarrollo de las mismas.
9. Impulsar la información de centros de estudios, que permitan el acceso a la enseñanza a todos los niveles posibles, tendientes a integrar en ellos a las asociadas que así lo deseen.
10. Encaminar la participación de las asociadas en el desarrollo de lograr mejores condiciones en su calidad de vida, defendiendo sus derechos como mujeres, al igual que los derechos de la niñez y adolescencia, logrando todo ello a través de la autogestión para lograr las metas y objetos.

Por lo antes expuesto someto a la consideración de los representantes de la Magna Asamblea Nacional la presente iniciativa a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario y luego pasada a Comisión para su Dictamen y posterior aprobación.

Atentamente,
FRANCISCO JAVIER JARQUÍN URBINA
Diputado




ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

EN USO DE SUS FACULTADES

HA DICTADO

EL SIGUIENTE

DECRETO

Art.1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA (AMURH) sin fines de lucro, de duración indefinida del domicilio del Municipio de El Cúa, Departamento de Jinotega, República de Nicaragua.

Art.2.- La representación de esta Asociación será sujeta por la forma que determinen sus Estatutos.

Art.3.- La ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA (AMURH) estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Art.4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _________ Días del mes de__________del año dos mil ocho.


RENE NÚÑEZ TÉLLEZ WILFREDO NAVARRO MOREIRA
PRESIDENTE PRIMER SECRETARIO
ASAMBLEA NACIONAL ASAMBLEA NACIONAL


DICTAMEN

Managua, 23 de marzo del 2011



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho


Estimado Presidente:

Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION DE MUJERES RAFAELA HERRERA, la que podrá identificarse con las siglas “AMURH”, con domicilio en la Comarca La Pita del Carmen, Municipio de El Cúa, Departamento de Jinotega, República de Nicaragua. Presentada por el Diputado: FRANCISCO JARQUIN, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVI Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 06 de mayo del año dos mil diez.

Esta asociación, fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1) Promover la conformación de mecanismos concertados y eficaces de vigilancia, promoción y defensa activa de los derechos humanos de las personas con VIH y otras ITS, 2) Contribuir al desarrollo de iniciativas legislativas y normativas que otorguen reconocimiento, protección y que promuevan los derechos de las personas con VIH y sida.


Esta asociación presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente:
VILMA DE LOS ANGELES ALTAMIRANO FAJARDO, Vicepresidente, AYDA AURORA ZAMORA, Secretario (a), ARELYS DE FATIMA LOPEZ RIZO Tesorero,(a), MAYRA DE LOS ANGELES JARQUIN BRIONES, Vocal, GRACIELA CRISTINA PALACIOS PALACIOS.

Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación están en concordancia con la Ley No. 147.

Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.

Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos FAVORABLEMENTE esta solicitud de Personalidad Jurídica.

Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE MUJERES RAFAELA HERRERA, la que podrá identificarse con las siglas “AMURH”,

COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS


ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO



FRANCISCO SACASA
MIEMBRO








ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA



En uso de sus facultades;

HA DICTADO


El siguiente decreto:

DECRETO



Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA, la que podrá identificarse con las siglas “AMURH”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Comarca La Pita del Carmen, Municipio de El Cúa, Departamento de Jinotega, República de Nicaragua.

Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen sus estatutos.


Arto. 3 La ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA, la que podrá identificarse con las siglas “AMURH”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.



Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.






RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO






DECRETO A. N. No. 6434
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA, la que podrá identificarse con las siglas “AMURH”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Comarca La Pita del Carmen, Municipio del Cúa, Departamento de Jinotega.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN DE MUJERES RAFAELA HERRERA, la que podrá identificarse con las siglas “AMURH”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los siete días del mes de Junio del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional