Managua, 01 de marzo 2011
.
Doctor
WILFREDO NAVARRO.
Primera secretaria Asamblea Nacional
Su despacho.
Honorable primer secretario.
El suscrito presidente de la asociación, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
“ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA2 (DASNIC)
Asosiación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número treita y dos (32) ante los oficios notariales de la Abogad PEDRO LAGOS GONZALEZ las seis de la tarde 23 de junio del año dos mil Diez. Adjuntamos la escriura pública número treita y odos antes mencionada. Esta constitución se contituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1.
Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2.
Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3.
Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos /as
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
Adjuntamos:
1.-Escritura de constitución de la asosiación ( original y dos copias )
2- Exposición de motivos
3- Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo
Atentamente,
CORINA DEL SOCORRO LANZA LÓPEZ
Presidente
Managua, 01 de marzo 2011.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Honorable Señor Diputado
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
“ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA.
Asosiación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número treita y dos (32) ante los oficios notariales de la Abogad PEDRO LAGOS GONZALEZ las seis de la tarde 23 de junio del año dos mil Diez. Adjuntamos la escriura pública número treita y odos antes mencionada. Esta constitución se contituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1.
Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2.
Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3.
Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos /as
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
FRANCISCO JARQUIN
Diputado
Managua, 01 de marzo 2011.
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su despacho
Exposición de Motivos
El suscrito diputado ante la honorable Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44 del Estatuto General de la Asamblea Nacional, y en la Ley No. 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica para la Asociación
“ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA.
Asosiación de carácter humanitario, constituida en Escritura Pública Número treita y dos (32) ante los oficios notariales de la Abogad PEDRO LAGOS GONZALEZ las seis de la tarde 23 de junio del año dos mil Diez. Adjuntamos la escriura pública número treita y odos antes mencionada. Esta constitución se contituyo entre otros con los siguientes objetivos:
1.
Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional.
2.
Construir asilos de ancianos para beneficio de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares.
3.
Construir institutos bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco ministerios que la Biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos /as, los /as cristianos /as
Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.
FRANCISCO JARQUIN
Diputado
ASAMBLEA NACIONAL
En uso de sus facultades
Ha Dictado El siguiente
DECRETO
Arto. 1
Otorgase la Personalidad Jurídica de la asociación:
“ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA” (DASNIC).
Sin fines de lucro de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de ESTELI, departamento de ESTELI.
Arto. 2
La representación legal de esta asosiación, será ejercida en la forma en que determinen sus estatutos.
Arto. 3
La Asociación
“
Esta
“ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA” (DASNIC).
ará obligada al cumplimiento de la ley general sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes dela República.
Arto. 4
El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la sala de sesiones de la Asamble Nacional, a los ______ día del mes de ______________ del año dos mil DIEZ.
RENE NUÑEZ WILFREDO NAVARRO
Presidente Primera Secretaria
Asamblea Nacional Asamblea Nacional
DICTAMEN
Managua, 29 de agosto del 2011
Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Presidente:
Los suscritos Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, nos reunimos para dictaminar la solicitud de Personalidad Jurídica de la
“ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA” Y que abreviadamente se denominará (DASNIC),
con domicilio en el municipio de Estelí, departamento de Estelí. Presentada por el Diputado: FRANCISCO JARQUIN, en la Continuación de la Segunda Sesión Ordinaria de la XXVII Legislatura de la Asamblea Nacional celebrada el día 10 de mayo del año dos mil once.
Esta asociación
,
fue creada sin fines de lucro, es apolítica y tiene por objetivos: 1.- Construir iglesias para predicar el evangelio de nuestro señor Jesucristo a nivel nacional como internacional,
2) Construir asilos de ancianos para beneficios de todas aquellas personas abandonadas por sus familiares,
3) Construir Institutos Bíblicos para la formación teológica; basados en los cinco misterios que la biblia establece (APOSTOL, PROFETA, EVANGELISTA, PASTOR Y MAESTRO) y practicar la unidad según lo establece la Biblia en la cooperación mutua, real y efectiva teniendo por base la igualdad de todos/as, los/as cristianos/as.
4) Estructurar, organizar y construir proyectos sociales para el beneficio de la población urbana y rural de Nicaragua, tales como clínicas medicas, farmacias comunales, centros de rehabilitación social, comedores infantiles, escuelas preescolares, primaria y de secundaria.
5) Establecer vínculos de hermanamiento con ministerios y organizaciones afines homólogos nacionales e internacionales que ayuden a consolidar los objetivos de las Asociaciones.
6) Gestionar ante organizaciones internacionales ayuda médica, como Brigada médicas y medicamentos, igual que la construcción de viviendas de interés social.
7) Desarrollar campañas evangélicas, conciertos de alabanzas y adoración para la conversión de las almas a Jesucristo.
8) Crear escuelas de música cristiana para la adoración y alabanza a nuestro señor Jesucristo.
9) Propagar y predicar el mensaje de nuestro señor Jesucristo en los diferentes medios de comunicación (escritos radiales y televisivos, etc).
Esta asociación
presenta su Junta Directiva, integrada por: Presidente: CORINA DEL SOCORRO LANUZA LÓPEZ, Vicepresidente, JUSTO EMILIO RODRÍGUEZ MONCADA, Secretario, YESENIA LISET MONTOYA CASTELLÓN, Tesorero, CARMEN DEL ROSARIO MELGARA GUTIÉRREZ, Fiscal: CARLOS JOSÉ HERRERA CASTELLÓN.
Los Miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación Y Derechos Humanos, consideramos que la solicitud, elementos constitutivos, fines y objetivos de esta asociación
están en concordancia con la Ley No. 147.
Así mismo, el proyecto y su Exposición de Motivos están bien fundamentados y no se opone a lo dispuesto en la Constitución Política.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 62, inciso 9 de la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, dictaminamos
FAVORABLEMENTE
esta solicitud de Personalidad Jurídica.
Instamos al Plenario a aprobar el otorgamiento de Personalidad a la “
ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA” Y que abreviadamente se denominará (DASNIC),
COMISIÓN DE LA PAZ, DEFENSA, GOBERNACIÓN Y DERECHOS HUMANOS
ALEJANDRO RUIZ JIRON
PRESIDENTE
FILIBERTO RODRIGUEZ L.
VICE - PRESIDENTE
MIGUEL ROSALES
VICE – PRESIDENTE
ELIDA MA. GALEANO
MIEMBRO
VICTOR DUARTE AROSTEGUI
MIEMBRO
JOSE A. MARTINEZ
MIEMBRO
JENNY MARTINEZ GOMEZ
MIEMBRO
CARLOS LANGRAND
MIEMBRO
CARLOS GADEA AVILES
MIEMBRO
SALVADOR TALAVERA ALANIZ
MIEMBRO
EDUARDO MONTEALEGRE
MIEMBRO
FRANCISCO SACASA
MIEMBRO
ENRIQUE QUIÑONEZ T.
MIEMBRO
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:
DECRETO
Arto. 1 Otorgase Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACION DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA” Y que abreviadamente se denominará (DASNIC),
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua.
Arto. 2 La representación legal de esta asociación, será ejercida en la forma que determinen su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
ARTO. 3 La “
ASOCIACION DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA” Y que abreviadamente se denominará (DASNIC),
estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
PRESIDENTE
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
SECRETARIO
DECRETO A. N. No. 6563
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1
Otórguese Personalidad Jurídica a la
“ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA”
Y que abreviadamente se denominará
(DASNIC);
sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Municipio de Estelí, Departamento de Estelí.
Art. 2
La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3
La
“ASOCIACIÓN DE IGLESIAS CAMINO DE SANTIDAD DE NICARAGUA”
Y que abreviadamente se denominará
(DASNIC);
estará obligada
al cumplimiento
de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil once.
Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional