Diputada
ALBA PALACIOS BENAVIDEZ
Primer Secretaría
Su Despacho.-


Estimada Diputada Palacios:

A través de la presente me dirijo a Usted, con el fin de solicitarle, se someta a Aprobación del Plenario la Solicitud de Cancelación de Personalidad Jurídica de la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES DEL DEPARTAMENTO DE MASAYA, (ADECOMA), de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 147, Ley General de Personas Jurídicas sin fines de lucro.

La solicitud de Cancelación de la Asociación antes relacionada se presenta en virtud de que la Asociación no ha funcionado desde la fecha en que se le otorga la Personalidad Jurídica mediante el Decreto Legislativo N° 5048 y que fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 78 del 26/04/07 y su debida Inscripción en el Departamento de Asociaciones Civiles Sin Fines de Lucro que para tal efecto lleva el Ministerio de Gobernación.

Tal y como lo expresamos en la Escritura Pública N° 117, Aclaración a la Escritura N° 53, Cancelación de Personalidad Jurídica de la Asociación Civil sin fines de Lucro, Original, del 09/06/2012, del 04/07/2012, el patrimonio de la Asociación es de seis mil córdobas netos y este será donado a la Asociación los pipitos, sede de Masaya motivo por el cual no se presenta el informe de la junta Liquidadora pues se resolvió de manera unánime y así se expresa en la Escritura Pública número 117 del 04 de julio del año dos mil doce realizada ante los oficios notariales del Licenciado LUDEN MARTIN QUIROZ GARCIA.

Acompaño la presente solicitud de los documentos siguientes:
Agradeciendo de antemano su amable atención, me suscribo de Usted,
Atentamente,



GILDA LISETTE GONZALEZ GOMEZ
Representante Legal
401-270261-0010A





EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Managua, 28 de Septiembre del 2012.

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.-


Estimado Presidente:

El suscrito/a Diputado/a ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, y en la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua Capitulo III. Arto. 14, numeral 2, Arto 89. Párrafo 4, numeral 2 y Arto 91, y en la Ley 147 Ley General Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de Cancelación de Personalidad de ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES DEL DEPARTAMENTO DE MASAYA, (ADECOMA), otorgada mediante el Decreto Legislativo Nº 5048 del veinte de febrero del años dos mil siete y publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 78 del 26 de Abril del años dos mil siete, Inscrita en el Departamento de Asociaciones Civiles sin fines de Lucro que para tal efecto lleva el Ministerio de Gobernación bajo el Número Perpetuo 3797.

La ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES DEL DEPARTAMENTO DE MASAYA, (ADECOMA), fue constituida con el objetivo de formular, ejecutar y administrar proyectos de beneficio y desarrollo para las comunidades y barrios del Departamento de Masaya, proyectos en el ámbito de la infraestructura, salud, educación, energía, agua potable, comunicación, cultura y el deporte. Tal y como se expresa en la Escritura Pública N° 117, Aclaración a la Escritura N° 53, Cancelación de Personalidad Jurídica de la Asociación Civil sin fines de Lucro realizada el 09 de junio del dos mil doce y el 04 de abril del año dos mil doce, respectivamente, el patrimonio inicial de la Asociación era de seis mil córdobas netos y que a la fecha no ha crecido ni disminuido y será donado en un cien por ciento a la Asociación los Pipitos, sede de Masaya, motivo por el cual no se presenta el informe de la Junta Liquidadora pues se resolvió de manera unánime y así se expresa en la Escritura Pública número 117 del 04 de julio del año dos mil doce realizada ante los oficios notariales del Licenciado LUDEN MARTIN QUIROZ GARCIA.

La solicitud de Cancelación de la Asociación antes relacionada se presenta en virtud de que la Asociación no ha funcionado desde la fecha en que se le otorga la Personalidad Jurídica mediante el Decreto Legislativo N° 5048 y que fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 78 del 26/04/07 y su debida Inscripción en el Departamento de Asociaciones Civiles Sin Fines de Lucro que para tal efecto lleva el Ministerio de Gobernación, motivo por el cual los miembros de la Asociación han valorado la difícil situación que atraviesa en la actualidad la Asociación en cuanto a la imposibilidad de obtener recursos económicos y financieros para la ejecución de proyectos y su manutención operativa; además del posible retiro de algunos de sus miembros por diversas razones se ha resuelto por Unanimidad de los interesados la Disolución y Liquidación de la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES DE MASAYA, (ADECOMA), y la cancelación de la Personalidad Jurídica a de ésta.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de los representantes de la Asamblea Nacional la presente Iniciativa de Cancelación a fin de que se le dé el trámite pertinente.

Atentamente,





EVELING PATRICIA ABURTO TORRES
Diputada





LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente decreto:

DECRETO LEGISLATIVO Nº_____

CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA

Articulo 1.- Objeto.-

Cancélese la Personalidad Jurídica de la ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES DEL DEPARTAMENTO DE MASAYA, (ADECOMA), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Masaya.


Articulo 2.- Destino de bienes y acciones.-

Los bienes y acciones que pertenezcan a la Asociación tendrán, previa liquidación, el destino previsto en el acto constitutivo o en sus Estatutos.


Articulo 3.- Derogación.-

Derogase el Decreto Legislativo Nº 5048 del 20 de Febrero del 2007, publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 78 del 26 de Abril del 2007.


Articulo 4.- Vigencia.-

El presente Decreto entrara en Vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial,


Dado en la ciudad de Managua, en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los……días del mies de……del años dos mil doce. Ingeniero SANTOS RENE NUÑEZ TELLEZ, Presidente Asamblea Nacional; Licenciada ALBA AZUCENA PALACIOS BENAVIDEZ, Primer Secretaria Asamblea Nacional.

ASOC. PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES DE MASAYA,ADECOMA..pdf





Decreto de Cancelación 7072.pdf