El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en los artículos 138 y 140 de la Constitución Política los artículos 91 y 94 y las disposiciones contenidas en el Título IV, Capítulo X de la Ley Nº 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y en la Ley General sobre personas jurídicas Ley 147, Sin Fines de lucro Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de la FUNDACION ODONTOLÓGICA COMUNITARIA la que se podrá conocer con las siglas “FOCO”, sin fines de lucro, constituida en Escritura Pública Número Setenta y Dos (72), otorgada en la ciudad de León, municipio del mismo nombre, departamento de León, ante los oficios notariales del Lic. Marcio Antonio Hernández Pérez, a las diez de la mañana del día quince de Mayo del año Dos Mil Quince.
· Contribuir al fortalecimiento científico y tecnológico en materia de salud, mediante el impulso a la investigación.
· Capacitación y formación de recursos humanos de alto nivel y al desarrollo tecnológico.
· Identificar problemas de salud y generar proyectos específicos tendientes a su solución.
Atentamente,
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 2 La representación legal de esta ASOCIACIÓN será ejercida en la forma que determine la Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Arto. 3 La FUNDACIÓN ODONTOLÓGICA COMUNITARIA, identificada con las siglas “FOCO” estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional Managua a los _______ días del mes de _________ del año dos mil quince. Ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional; Licenciada Alba Azucena Palacios Benavidez, Primera Secretaria Asamblea Nacional.