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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir
DECRETO DE APROBACIÓN DE LA CARTA ENMIENDA Y SUS ANEXOS A, B, C, D DE MODIFICACIÓN A CONTRATOS DE FINANCIACIÓN POR TRANSICIÓN A ESQUEMA REFERENCIADO AL ÍNDICE SOFR, ENTRE OTROS ASPECTOS, SUSCRITA EL 02 DE JUNIO DE 2023 ENTRE EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES (BEI) Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP)

DECRETO A.N. N°. 8847, aprobado el 09 de junio de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 104 del 13 de junio de 2023

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial N°. 62-2023, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 95 del 31 de mayo de 2023, el Viceministro del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 02 de junio de 2023, la Carta Enmienda y sus Anexos A, B, C, D de Modificación a Contratos de Financiación por Transición a Esquema Referenciado al Índice SOFR, entre otros aspectos, con el Banco Europeo de Inversiones (BEI).

II

Que mediante la Carta Enmienda y sus Anexos A, B, C, D de Modificación a Contratos de Financiación por Transición a Esquema Referenciado al Índice SOFR, el Banco Europeo de Inversiones (BEI), actuando de acuerdo a las prácticas de mercado actuales, en cumplimiento a las estipulaciones, disposiciones internas y políticas vigentes, siendo consistente transversalmente en todo los contratos, modificó, agregó y eliminó estipulaciones o disposición de los contratos de Financiación que son afectados principalmente por la transición a esquema de la Tasa LIBOR al Índice SOFR, siendo: (a) Definiciones e Interpretación; (b) Intereses; entre otros aspectos generales. Los Contratos de Financiamiento modificados son el: FI 24905 “Proyecto de Mejoramiento de la Infraestructura de Trasmisión y Transformación Eléctrica” que forma parte del “Programa de Apoyo al Sector Eléctrico” denominado indistintamente por el BEI, HYDRO REFURBISHMENT AND TRANSMISSION (SERAPIS 2007-358) suscrito con fecha 30 de marzo de 2009; FI 26001 “Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable (PNESER)” denominado indistintamente por el BEI, PNESER RENEWABLE ENERGY TRANSMISSION (SERAPIS 2010-203) suscrito con fecha 31 de enero de 2011; FI 82870 & FI 89466, “Proyecto Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento en 19 Ciudades” y Tramo Adicional para el mismo proyecto que forma parte de la Fase I del Programa Integral Sectorial de Agua y Saneamiento Humano (PISASH) denominado indistintamente por el BEI, WATER SUPPLY AND SANITATION PROGRAMME (SERAPIS 2012-0438) suscrito con fecha 5 de diciembre de 2013; FI 87383, “Proyecto de Rehabilitación de la Pista Juan Pablo II y Construcción de Pasos a Desnivel en la Ciudad de Managua” denominado indistintamente por el BEI como BUSRAPID TRANSIT CORRIDOR (SERAPIS 2016-0806) suscrito con fecha de 15 de mayo de 2017, para un total de cinco (5) contratos de financiación modificados que cubren cuatro (4) proyectos.

III

Que los términos y condiciones del BEI y la República de Nicaragua permiten cumplir con el artículo 67 de la Ley N°. 477, Ley General de Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 236 del 12 de diciembre de 2003 y el artículo 64, numeral 2 del Decreto N°. 2-2004 Reglamento de la Ley N°. 477, Ley General de Deuda Pública, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 21 del 30 de enero de 2004 y sus Reformas.

POR TANTO

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A.N. N°. 8847

DECRETO DE APROBACIÓN DE LA CARTA ENMIENDA Y SUS ANEXOS A, B, C, D DE MODIFICACIÓN A CONTRATOS DE FINANCIACIÓN POR TRANSICIÓN A ESQUEMA REFERENCIADO AL ÍNDICE SOFR, ENTRE OTROS ASPECTOS, SUSCRITA EL 02 DE JUNIO DE 2023 ENTRE EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES (BEI) Y LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP)

Artículo 1 Apruébese la Carta Enmienda y sus Anexos A, B, C, D de Modificación a Contratos de Financiación por Transición a Esquema Referenciado al Índice SOFR, entre otros aspectos, suscrita el 02 de junio de 2023 entre el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y la República de Nicaragua representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), actuando de acuerdo a las prácticas de mercado actuales, en cumplimiento a las estipulaciones, disposiciones internas y políticas vigentes, siendo consistentes transversalmente en todos los contratos, modificó, agregó y eliminó estipulaciones o disposición de los contratos de Financiación que son afectados principalmente por la transición a esquema de la Tasa LIBOR al Índice SOFR, siendo: (a) Definiciones e Interpretaciones; (b) Intereses; entre otros aspectos generales. Los Contratos de Financiación modificados son el: FI 24905 “Proyecto de Mejoramiento de la Infraestructura de Trasmisión y Transformación Eléctrica” que forma parte del “Programa de Apoyo al Sector Eléctrico” denominado indistintamente por el BEI, HYDRO REFURBISHMENT AND TRANSMISSION (SERAPIS 2007-358) suscrito con fecha 30 de marzo de 2009; FI 26001 “Programa Nacional de Electrificación Sostenible y Energía Renovable (PNESER)” denominado indistintamente por el BEI, PNESER RENEWABLE ENERGY TRANSMISSION (SERAPIS 2010-203) suscrito con fecha 31 de enero de 2011; FI 82870 & FI 89466, “Proyecto Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento en 19 Ciudadesy Tramo Adicional para el mismo proyecto que forma parte de la Fase I del Programa Integral Sectorial de Agua y Saneamiento Humano (PISASH) denominado Indistintamente por el BEI, WATER SUPPLY AND SANITATION PROGRAMME (SERAPIS 2012-0438) suscrito con fecha 5 de diciembre de 2013; FI 87383, “Proyecto de Rehabilitación de la Pista Juan Pablo II y Construcción de Pasos a Desnivel en la Ciudad de Managua” denominado indistintamente por el BEI como BUS RAPID TRANSIT CORRIDOR (SERAPIS 2016-0806) suscrito con fecha 15 de mayo de 2017.

Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la Ciudad de Managua a los nueves días del mes de junio del año dos mil veintitrés. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
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