Enlace a Legislación Relacionada
DE ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA EL CONTROL Y LA GESTIÓN DEL AGUA DE LASTRE Y LOS SEDIMENTOS DE LOS BUQUES, 2004
DECRETO EJECUTIVO N°. 23-2015, aprobado el 17 de julio de 2015
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 141 del 29 de julio de 2015
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
DECRETO N°. 23-2015
El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO
I
Que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar, 1982, obliga a los Estados a tomar medidas para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino.
II
Que el 13 de febrero de 2004, la Organización Marítima Internacional adoptó el Convenio Internacional para el control y la gestión del Agua de Lastre y los sedimentos de los buques.
III
Que el desarrollo económico sostenible del país requiere crear condiciones para el manejo adecuado de los recursos naturales y ecosistemas, por lo que es necesario un manejo apropiado de las aguas de lastre, por sus posibles impactos en el ambiente, la salud y la economía.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA EL CONTROL Y LA GESTIÓN DEL AGUA DE LASTRE Y LOS SEDIMENTOS DE LOS BUQUES, 2004.
Artículo 1. Adherirse al "Convenio Internacional para el control y la gestión del Agua de Lastre y los sedimentos de los buques, 2004", adoptado en Londres, Reino Unido el 13 de febrero de 2004", durante la Conferencia Internacional sobre la gestión del agua de lastre para buques.
Artículo 2. Remitir al Poder Legislativo el presente Decreto de Adhesión para su respectiva aprobación.
Artículo 3. El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día diecisiete de julio del año dos mil quince. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.