DECLARASE 15 DE MAYO DE CADA AÑO DÍA DEL PROFESIONAL AGROPECUARIO
DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 1691, aprobado el 29 de abril de 1970
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 122 del 03 de junio de 1970
DECLARASE 15 DE MAYO DE CADA AÑO "DÍA DEL PROFESIONAL AGROPECUARIO"
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 1691
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1.- Declárase el día 15 de Mayo de cada año como "Día del Profesional Agropecuario".
Arto. 2.- Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, "La Gaceta".
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua D.N., 29 de abril de 1970.- O. Montenegro M., D.P.- Francisco Urbina R., D.S.- Adolfo González Baltodano, D.S.
Al Poder Ejecutivo Cámara del Senado. Managua, D.N., 14 de mayo de 1970.- Pablo Rener, S. P.- Gustavo Raskosky, S. S. - Ernesto Chamorro Pasos, S. S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N., 15 de mayo de 1970.- A. SOMOZA, Presidente de la República. - M. Buitrago Aja, Ministro de la Gobernación.
Observación: Ver artículo 1 del Decreto Legislativo A.N. N°. 1691, que declara el día 15 de Mayo de cada año como "Día del Profesional Agropecuario".
El Decreto Legislativo, Decreto A.N. N°. 1691, Declárase 15 de Mayo de Cada Año, Día del Profesional Agropecuario, se encuentra incorporado en el Anexo I, Registro de Normas Vigentes de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura.