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Ver Iniciativa Asociada.
Tipo Iniciatiava:
Ley
Fecha Inicio Debate:
9 de Febrero del 2012
Fecha Aprobación:
9 de Febrero del 2012
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LEY DE INDULTO PARA ONCE PERSONAS
"
Contenido del Debate:
CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 01 DE FEBRERO DEL 2011. (VIGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA)
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Remitimos a los diputados al Orden del Día 001, Tomo I, Punto II: PRESENTACIÓN DE DECRETOS Y LEYES. Punto 2.87:
LEY DE INDULTO PARA EL SR. PEDRO CONTRERA PÉREZ.
Managua, 02 Diciembre de 2009.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Doctor Navarro:
Con fundamento en los Artículos 138, numeral 3, y 140 numeral 1, de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remito la siguiente Iniciativa de Ley denominada Ley de Indulto, de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, por lo que le solicito se le dé el trámite de ley correspondiente.
Acompaño a la presente, la Exposición de Motivos y el texto de Ley correspondiente, así como las copias respectivas.
Sin más a que referirme, me despido de Usted.
Atentamente,
Dr. Maximino Rodríguez Martínez
Diputado PLC
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
El suscrito Diputado ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 3, 140 numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presento la siguiente Iniciativa de Ley de Indulto.
FUNDAMENTACIÓN
La Constitución Política de Nicaragua, en su Art. 138 Inc. 3 otorga la facultad de conceder el derecho de gracia de indulto a la Asamblea Nacional. Asimismo
el Art. 30 Inc. 3 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo establece como facultad de este Poder del Estado "
Conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del Presidente de la República".
Por tanto el indulto es el acto jurídico constitucional mediante el cual La Asamblea Nacional a través de una ley perdona la pena de prisión a una o varias personas.
El privado de libertad que presento en esta Iniciativa de Ley de nombre
PEDRO CONTRERA PÉREZ,
es originario de Matagalpa – San Dionisio - Los Limones. Por su grave estado de salud es inhumano que se encuentre en estado carcelario en el Sistema Penitenciario de Matagalpa, Expediente número 399-2004, Libro III.
Considerando que el Título IV Derechos, Deberes y Garantías del Pueblo Nicaragüense, Capítulo I Derechos Individuales, articulo 39, inciso primero, de nuestra Constitución Política, señala que: "
En Nicaragua el sistema penitenciario es humanitario y tiene como objetivo fundamental la transformación del interno para reintegrarlo a la sociedad.
Basándome en los preceptos constitucionales antes señalados, considero que dicha Iniciativa de Ley es oportuna para que una vez que se realice exhaustivamente un estudio y análisis de esta solicitud, se pueda dictaminar favorablemente esta iniciativa de ley y se le otorgue el beneficio de la Gracia del Indulto al Señor
PEDRO CONTRERA PÉREZ,
con la finalidad de permitirle a este privado de libertad atender su salud y que su familia pueda cuidar del mismo, de igual manera se le dé otra oportunidad para que se reinserte a nuestra sociedad y su familia ya que ésta es el núcleo fundamental de la sociedad.
Por todo lo antes expuesto, someto a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de Ley de Indulto y de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, sea enviado a la Comisión respectiva para su debido dictamen y posterior aprobación.
Dr. Maximino Rodríguez Martínez
Diputado PLC
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.
SECRETARIA JULIA BALLADARES ORDÓÑEZ:
Muy buenos días, remitimos a los diputados en la misma Orden del Día 001 al Punto 2.90:
LEY DE INDULTO PARA 86 PERSONAS
.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
El suscrito Diputado ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 3, 140 numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presento la siguiente Iniciativa de Ley de Indulto.
FUNDAMENTACIÓN
La Constitución Política de Nicaragua, concede el derecho de gracia de indulto a la Asamblea Nacional, en su Art. 138, numeral 3 que dice:
“Son atribuciones de la Asamblea Nacional:
3) Conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa
o por iniciativa del Presidente de la República".
Cabe señalar que el Título IV Derechos, Deberes y Garantías del Pueblo Nicaragüense, Capítulo I Derechos Individuales, artículo 39, inciso primero, de nuestra Constitución Política, señala que: "
En Nicaragua el sistema penitenciario es humanitario y tiene como objetivo fundamental la transformación del interno para reintegrarlo a la sociedad.
Por medio del sistema progresivo promueve la unidad familiar, la salud, la superación educativa, cultural y la ocupación productiva con remuneración salarial para el interno. Las penas tienen un carácter reeducativo”.
JUSTIFICACIÓN:
Considero que a estos privados de libertad se les debe dar otra oportunidad para que se reinserte a la comunidad en pro de la unión familiar, ya que ésta es el núcleo fundamental de la sociedad.
Por ello, estimo que dicha Iniciativa de Ley es oportuna para que, una vez que se realice exhaustivamente un estudio y análisis de cada una de estas solicitudes, las que suman 86 (ochenta y seis), se pueda dictaminar, ya que son ciudadanos que han permanecido varios años recluidos y actualmente muchos de ellos se encuentran en delicado estado de salud.
Por todo lo antes expuesto, someto a consideración del honorable Plenario de la Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de Ley de Indulto y de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, sea enviado a la Comisión respectiva para su debido dictamen y posterior aprobación.
Hasta aquí la Exposición de Motivos.
Salvador Talavera Alaniz
Diputado
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Envíese el presente proyecto de ley a la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Continuamos en la misma Orden del Día número 001, Tomo I, Punto 2.95:
LEY DE INDULTO A FAVOR DEL SR. FREDDY ALBERTO VALLEJOS, CONOCIDO COMO FREDDY CHAVARRÍA.
Managua, 17 de Marzo de 2010.
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Doctor Navarro:
Con fundamento en los Artículos 138, numeral 3, y 140 numeral 1, de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remito la siguiente Iniciativa de Ley denominada
Ley de Indulto
a favor de
FREDDY ALBERTO VALLEJOS, conocido como FREDDY CHAVARRÍA
, de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, por lo que le solicito se le dé el trámite de ley correspondiente.
Acompaño a la presente, la Exposición de Motivos y el texto de Ley correspondiente, así como las copias respectivas.
Sin más a que referirme, me despido de Usted.
Atentamente,
Dr. Maximino Rodríguez Martínez
Diputado PLC
Managua, 17 de Marzo de 2010
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Señor Presidente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El suscrito Diputado ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 3, 140 numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley N° 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presento la siguiente Iniciativa de Ley de Indulto.
FUNDAMENTACIÓN
La Constitución Política de Nicaragua, en su Art. 138 Inc. 3 otorga la facultad de conceder el derecho de gracia de indulto a la Asamblea Nacional. Asimismo
el Art. 30 Inc. 3 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo establece como facultad de este Poder del Estado "
Conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del Presidente de la República".
Por tanto el indulto es el acto jurídico constitucional mediante el cual la Asamblea Nacional a través de una ley perdona la pena de prisión a una o varias personas.
El privado de libertad que presento en esta Iniciativa de Ley de nombre
FREDDY ALBERTO VALLEJOS, conocido como FREDDY CHAVARRÍA
es originario de Matagalpa – Ciudad Darío. Que se encuentra en estado carcelario en el Sistema Penitenciario de Matagalpa, Expediente Judicial Número 0169-0744-09 Pn, número consecutivo 0102-2009, desde el 30 de junio 2009 por el delito de daños, por el cual fue condenado a un año de prisión y seis meses y por el delito de agresión contra las personas a cuarenta y cinco jornadas de dos horas diarias en beneficio de la comunidad.
La jueza se negó a conceder el beneficio de suspensión de la condena porque no se han pagado los daños al dueño del carro, él no pago porque la sentencia no cuantifica los daños.
El señor
FREDDY ALBERTO VALLEJOS, conocido como FREDDY CHAVARRÍA
, se ganaba la vida como lustrador en el mercado y es el sostén de la casa, donde habita su octogenaria abuelita.-
Considerando que el Título IV Derechos, Deberes y Garantías del Pueblo Nicaragüense, Capítulo I Derechos Individuales, artículo 39, inciso primero de nuestra Constitución Política, señala que: "
En Nicaragua el sistema penitenciario es humanitario y tiene como objetivo fundamental la transformación del interno para reintegrarlo a la sociedad.
Basándome en los preceptos constitucionales antes señalados, considero que dicha Iniciativa de Ley es oportuna para que una vez que se realice exhaustivamente un estudio y análisis de esta solicitud, se pueda dictaminar favorablemente esta iniciativa de ley y se le otorgue el beneficio de la Gracia del Indulto al Señor
FREDDY ALBERTO VALLEJOS, conocido como FREDDY CHAVARRÍA,
con la finalidad de permitirle a este privado de libertad la oportunidad para que se reinserte a nuestra sociedad y su familia ya que ésta es el núcleo fundamental de la sociedad y él no representa mayor peligrosidad social.
Por todo lo antes expuesto, someto a consideración del honorable plenario de la Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de Ley de Indulto y de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, sea enviado a la Comisión respectiva para su debido dictamen y posterior aprobación.
Atentamente,
Dr. Maximino Rodríguez M.
Diputado Bancada PLC
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Envíese este proyecto de ley a la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.
CONTINUACIÓN DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE LA HONORABLE ASAMBLEA NACIONAL, CORRESPONDIENTE AL DÍA 9 DE FEBRERO DE 2012. (VIGÉSIMA OCTAVA LEGISLATURA).
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Continuamos con la Orden del Día No. 1, Punto III: DISCUSIONES DE DICTÁMENES DE DECRETOS Y LEYES PRESENTADOS, Punto 3:15
LEY DE INDULTO PARA ONCE PERSONAS
, presentado por la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.
Le pedimos al Presidente de la comisión, diputado Filiberto Rodríguez, la lectura del Dictamen.
DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:
Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente de la Asamblea Nacional
Su Despacho.
Estimado Presidente:
Los suscritos miembros de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 138, numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, y los artículos 50, 62, numeral 1; 98, 99,100 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, reunidos el día 7 de junio del presente año, hemos procedido a dictaminar una iniciativa de Ley de Indulto. La comisión, luego de haberla analizado, concluye de la manera siguiente:
I. ANTECEDENTES:
El 3 de febrero del año 2011 se recibió de parte de Primer Secretaría, seis iniciativas de Ley de Indulto que suman en total ciento treinta y siete personas, presentadas por los diputados, Salvador Talavera, Carlos Gadea, Maximino Rodríguez, Alejandro Ruiz y Ramón Macías.
II. INFORME:
Estas seis iniciativas de indultos, suman 137 (ciento treinta y siete) solicitudes para la gracia del beneficio del indulto, pero de éstos, 30 (treinta) internos se encuentran libres gozando de beneficio legal tales como libertad condicional y suspensión de pena, y otros han cumplido su condena por lo que suman en total, para el análisis de indulto, 107 (ciento siete) privados de libertad.
La Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos ha trabajado arduamente en el Dictamen de estas iniciativas de indultos, procediendo a la revisión de cada uno de los casos en tres sesiones de trabajo que sostuvimos los días 17 de mayo, 29 de junio y 5 de julio del año 2011, y ha valorado estas solicitudes tomando en cuenta las atenuantes siguientes:
1. Ser reo sin antecedentes penitenciarios.
2. Se analizaron minuciosamente las Hojas de Evaluación de los Sistemas Penitenciarios correspondientes.
3. Cumplen con una conducta penitenciaria estable, cumpliendo con las normas disciplinarias establecidas en la Ley No. 473, Ley del Régimen Penitenciario y Ejecución de la Pena.
4. Estas personas no representan un peligro para la sociedad.
5. En el Sistema Penitenciario han mantenido buena conducta.
6. Han recibido varios estímulos por su buen comportamiento.
7. Algunos gozan de la prerrogativa del régimen Abierto y Semi-abierto.
8. Son padres y madres de hasta 8 hijos menores de edad.
9. Han cumplido más del cincuenta por ciento de tiempo de efectiva prisión.
Después de haber realizado un trabajo exhaustivo y minucioso, de estos 107 internos activos, la comisión concedió el beneficio de la gracia del indulto solamente a 11 (once) privados de libertad, quedando pendiente en otra sesión de trabajo el resto de solicitudes correspondientes a estas iniciativas de indultos. Estas 11 personas indultadas cometieron los siguientes delitos: 9 por el delito de transporte ilegal de estupefacientes, psicotrópicos y otras sustancias controladas; 1 asesinato; 1 estafa.
Sin embargo, hemos decidido otorgarle el beneficio de la gracia del indulto a estos internos, porque lo que predomina es el sentimiento humano que nos asiste como miembros de esta comisión; muchos son analfabetas; padres de hasta más de cinco hijos que los han dejado (solos) en el total abandono; algunos con enfermedades crónicas; ya han cumplido el 50% de su condena; con antecedente penitenciario primario; han presentado buena conducta; son utilizados por los expendedores de droga como "muleros" para trasladar la droga, que por la falta de empleo realizan este ilícito; varios de ellos gozan de prerrogativas del régimen semi abierto; han sido estimulados; se realizó un estudio minucioso psicosocial del entorno familiar, llegando a la conclusión que lo que motivó a cometer este ilícito fue la pobreza extrema en que viven con sus hijos.
Lo que nos ha motivado en concederle la gracia del indulto a estas personas, nos hemos basado en los sentimientos humanos que nos conmueve para darles otra oportunidad para que se reinserten a la sociedad y puedan sobrellevar su enfermedad en el seno de su familia.
A nuestro criterio, estos ciudadanos ya han pagado su deuda con la sociedad, están aptos para reinsertarse a la sociedad, son personas activas laboralmente para aportar al núcleo familiar, que es la base de nuestra sociedad, son personas que no tienen como hábito la comisión de hechos delictivos; su salud es lamentable, siendo más crítica debido al hacinamiento en que se encuentran las instalaciones de los Sistemas Penitenciarios; mala alimentación, atención médica (un poco) limitada, entre otros; por lo que es un sentimiento humano el que nos conmueve decidimos brindarles una oportunidad para que se reinserten a la sociedad y a su familia, sobre todo al cuido de sus hijos ya que éstos son los más perjudicados, porque en la mayoría de los casos quedan en el total abandono.
Por lo que, basándonos en el sentimiento humano y por las consideraciones antes referidas, se decidió por mayoría de votos aprobar y concederles la gracia del beneficio del indulto a las siguientes personas:
1.-
Acevedo Sara Angelina
2.- Baltodano Sánchez Eva del Socorro
3.- Barrera Potoy Carlos José
4.- Cruz Urbina Fernando
5.- Escobar Jorge Luis
6.- Estrada Martha Elizabeth
7.- Galeano Martínez Aracely y/o Galeano Martínez Aracely del Socorro
8.- González García María Luisa
9.- Gutiérrez Blanco Yoconda del Carmen y/o Gioconda Gutiérrez Blanco
10.- Martínez Mendoza Marisol del Carmen
11.-Navarrete Silva Ernestina del Carmen
Para realizar este análisis, se solicitó a la doctora Ana Isabel Morales, Ministra de Gobernación, las Hojas de Evaluación que emite el Sistema Penitenciario de cada uno de los propuestos, lo que nos ha permitido realizar un trabajo eficaz, concienzudo y apegado a las normas nuestras, tomando en consideración las buenas costumbres y la igualdad de derechos y oportunidades.
En cumplimiento al artículo 99 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, en todas la reuniones para el análisis de las Hojas de Evaluación de los privados de libertad, contamos con la presencia de la Alcaide Alma Iris Sobalvarro, Directora de Control Penal Nacional; Oficial Josefa Peña López, de Asesoría Legal de la Dirección General del Sistema Penitenciario Nacional; y el Dr. Juan Pablo Obando, Asesor Legal del Ministerio de Gobernación.
III.
DICTAMEN:
En virtud de lo antes expresado, y tomando en cuenta que la presente iniciativa de ley está bien fundamentada y no se opone a la Constitución Política, a las leyes constitucionales, ni a los Tratados o instrumentos internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua, la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos
DICTAMINA FAVORABLEMENTE
la iniciativa denominada Ley de Indulto a favor de:
Acevedo Sara Angelina; Baltodano Sánchez Eva del Socorro; Barrera Potoy Carlos José; Cruz Urbina Fernando; Escobar Jorge Luis; Estrada Martha Elizabeth; Galeano Martínez Aracely y/o Galeano Martínez Aracely del Socorro; González García María Luisa; Gutiérrez Blanco Yoconda del Carmen y/o Gioconda Gutiérrez Blanco; Martínez Mendoza Marisol del Carmen; Navarrete Silva Ernestina del Carmen;
por lo que recomendamos al plenario su aprobación.
Quiero aprovechar, si me permite, Presidente, en esta ocasión, después de leído este Dictamen, decirles que la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos como la mayoría de los colegas diputados en la comisión somos nuevos, a petición de la Bancada Democrática Nicaragüense hicimos una sesión de trabajo y analizamos esta iniciativa de indulto para once personas, de las cuales, de ese análisis exhaustivo, decidimos no conceder la gracia del indulto a tres personas. Tengo la moción de consenso, no sé si estamos en…
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado, eso es motivo de una moción particular.
Se abre la discusión al Dictamen de la comisión.
Diputada Fátima Estrada, tiene la palabra.
¿No?
Diputado Santiago Aburto, tiene la palabra.
DIPUTADO SANTIAGO ANTONIO ABURTO OVANDO:
Gracias, señor Presidente.
Buenos días.
Creo que en esto hay consenso, según expresaba nuestra Vicepresidenta de la comisión, en lo que es el tema de indultos. Sin embargo, quería que me permitiera decirle a usted, señor Presidente, y a los demás miembros de esta Asamblea Nacional, que si bien es cierto esta institución tiene la potestad de indultar por todos los méritos que ha creado esa persona dentro del Sistema Penitenciario, tuve la mala experiencia la semana pasada, como matagalpino, como diputado, como nicaragüense que soy, al ir a visitar a un detenido en el Sistema Penitenciario de Matagalpa, que no ha sido condenado y está detenido simplemente por haber ido a una protesta contra el fraude de las elecciones pasadas del 6 de noviembre, lleva más de un mes detenido y le han pospuesto las audiencias.
Lo que me llama poderosamente la atención, como diputado de esta honorable Asamblea Nacional, es que fui a verlo como cualquier ciudadano, hice fila, estuve como cuarenta minutos esperando entrar a verlo en un día de visitas, día viernes, y el subalcaide o subdirector Sergio Morales Traña, y el inspector Pedro Blandón, una vez que me dijeron que hiciera fila, presenté la credencial de diputado, esperaron que llegara y simplemente me dijeron que no podía ver al detenido, le pregunté por qué y me dijo, “porque no queremos”. Le hice saber que venía a ver al detenido porque soy diputado, él es de Matagalpa, de mi circunscripción, y me dijo, “no nos importa”. Le solicité que me diera su nombre, aunque luego lo averigüé, y me dijo el señor Morales Traña que su nombre es de él y no lo puede dar. Le pregunté al que está en la puerta, donde está una baranda para que uno pueda visitar o entrar al Sistema Penitenciario de Matagalpa, y me dijo igual que el subalcaide, que no me podía dar el nombre, o sea que están sin identificación.
Estuve los cuarenta minutos esperando ver a un detenido que no ha sido condenado, ni siquiera ha empezado el juicio, y pude ver la actitud de la pobre gente que tiene que humillarse para ver a los que están privados de libertad. Y le voy a dar otro nombre, si usted lo quiere con mucho gusto se lo puedo dar, señor Presidente. Cuando pregunté cómo se llamaba el portero vestido de oficial del Sistema Penitenciario, me dijo, “no le puedo dar el nombre”, pero una señora que estaba haciendo fila con sus dos niños, me dice, “se llama Pedro”, e inmediatamente este señor le dijo, “usted ya no entra”.
Si esa es la forma de tratar a la gente común y corriente que llega a ver a sus familiares, si esa es la forma de tratar a un diputado de esta Asamblea Nacional, que no dije que tenía inmunidad, y no dije, vengo como diputado, ábranme la puerta, simplemente dije vengo a ver un detenido”.
Quisiera hacer del conocimiento, señor Presidente, que los que están saliendo o los que pueden salir es por la generosidad de esta Asamblea Nacional y de la comisión; pero también quisiera pedirle se les haga un llamado de atención a esos empleados públicos del Sistema Penitenciario Nacional, que deben de tratar al nicaragüense como ser humano. El hecho de que estén adentro, el hecho de que estén detenidos o privados de la libertad, el hecho de que los familiares lleguen a ver a esos privados de la libertad no los hace menos nicaragüenses que cualquiera de nosotros, y mucho más, señor Presidente, cuando hay una responsabilidad de parte de los diputados que salimos electos por el voto del pueblo, de ir a ver a los que están detenidos.
Quería hacer este paréntesis, señor Presidente. Le agradezco el tiempo, pero creo que es importante que los funcionarios o los empleados del Sistema Penitenciario de Nicaragua, se den cuenta de que tenemos derecho a ver a los que están detenidos, tenemos derecho a darles la mano, a darles asistencia a los que están detenidos, y que esos presos o esos detenidos también tienen derechos, señor Presidente.
Muchísimas gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Vamos a pedirle a Filiberto Rodríguez, Presidente de la Comisión de la Paz Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, que tome nota de la denuncia hecha por el diputado Santiago Aburto.
Diputada Felicita Zeledón, tiene la palabra.
DIPUTADA FELICITA ZELEDÓN RODRÍGUEZ:
Gracias, señor Presidente.
Buenos días a todos.
Realmente que cuando estamos nosotros hablando de humanidad, hablamos de la dicha que tenemos los seres humanos de perdonar y de amar, es por eso que esta comisión trabajó con estas solicitudes de personas privadas de libertad, quienes como miramos, su pena ya ha sido casi, digamos, pagada en un (50%), más el hecho de trabajar y el hecho también de portarse bien. Entonces, todas estas cosas lo motivan a uno, particularmente a las mujeres y hombres que somos madres y padres, a pensar en esos niños sobre todo y los adolescentes que están ahí sufriendo vejámenes que están siendo violentados por otras personas y que peligran en sí porque son niños en su mayoría.
Por tanto era necesario que nosotros hiciésemos algo y por eso es que hoy estamos presentando este Dictamen para que sea aprobado por todos y que ese perdón que ellos merecen y al que tienen derecho por ley, bueno, también pueden recibirlo más que ellos, sus hijos, sus familias y que pueda reinsertarse nuevamente a la sociedad a trabajar para el desarrollo de los mismos y del país.
Por eso, les pido a todos que aprobemos unánimemente la mañana de hoy este perdón, podemos llamarle así, a estos privados de libertad.
Gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Filiberto Rodríguez, tiene la palabra.
DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:
Gracias, Presidente.
Como le decía anteriormente la comisión en pleno analizó los nombres y las fichas de cada uno de los propuestos al beneficio del Indulto y de ellos tenemos tres personas que a criterio de la comisión no cumplen con los requisitos que hemos establecido, que ya los habían leído.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Estamos en el Dictamen general, cuando lleguemos al articulado en lo particular hablemos de esa moción.
DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:
Correcto, Presidente.
Quiero decir que puse atención a la exposición del colega, y que dentro de los planes de trabajo también nosotros tenemos como comisión el establecer comunicación con la Ministra de Gobernación y con las autoridades del Sistema Penitenciario, que nos permita tener mayores criterios, mayores elementos como también vamos hacer visita a los Sistemas y abordar el tema, diputado, desde la comisión lo vamos hacer, está contemplado ahí en los planes.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Diputado Elman Urbina, tiene la palabra.
DIPUTADO ELMAN URBINA DÍAZ:
Gracias, Presidente.
Aprovechando la ocasión y apropósito que estamos hablando de los casos de indulto y también tomando la palabra de algunos diputados que han hablado de humanismo, de reconocer el buen comportamiento de algunos presos que por diferentes razones están en las cárceles; quiero referirme a un caso de asesinato que se dio en el Departamento de Chontales, específicamente entre Juigalpa y Acoyapa. Entonces, me gustaría que la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos tome cartas en el asunto.
Sucede que el día domingo recién pasado aproximadamente como a las seis de la tarde, ustedes saben que ese domingo recién pasado se realizó el hípico en San Pedro de Lóvago y entonces muchas gente de Juigalpa y de los otros municipios participan, también de Managua y de otros departamentos, entonces venían unos jóvenes del hípico de San Pedro de Lóvago y en el empalme de Lóvago entre Acoyapa y Juigalpa estaba un retén de la Policía Nacional, sucede que a unos les hicieron el alto, me imagino para solicitarle los documentos y un muchacho, un joven no sé si entendió el alto que le hicieron los policías o no lo entendió, pero al final de cuenta el muchacho pasó y no se detuvo, la Policía Nacional comenzó una persecución y cuando iban seis kilómetros en la persecución dos policías dispararon en la humanidad del joven Harold Amador Andino, un impacto le dio en la cabeza que lo mató instantáneamente.
Digo esto porque creo que Santiago Aburto, habló de los oficiales del Sistema Penitenciario, yo he tenido unas malas experiencias con muchos oficiales o policías que lo maltratan a uno, lo irrespetan, lo humillan y este caso que llegó al asesinato, porque hubo un impacto de bala en la cabeza que le causó la muerte instantánea a este joven. Entonces, me gustaría que nosotros como Asamblea Nacional exijamos una investigación a las autoridades nacionales de la Policía Nacional y como Ministerio de Gobernación estemos atentos a ver el resultado de esta investigación para que los responsables reciban el castigo que merecen.
Gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Vean compañeros y compañeras estamos siendo flexibles en escucharlos porque estamos discutiendo en lo general la propuesta del Dictamen de Indulto presentado aquí, no estamos en puntos varios. Entonces, no he declarado a ninguno fuera del lugar, casualmente porque hay mucha gente nueva, pero usted Elman ya tiene de estar aquí, cinco años, y creo que sabe que ese elemento es para puntos varios. Así que vamos a ir ordenándonos desde el punto de vista de centrarnos en la discusión del Dictamen.
Diputada Licet Montenegro, tiene la palabra.
DIPUTADA LICET MONTENEGRO ALTAMIRANO:
Muy buenos días a todos, muchas gracias, señor Presidente, por concederme la palabra.
Yo soy miembro y Vicepresidenta de la Comisión de la Paz Defensas, Gobernación, entramos en un consenso con la Ley de Indulto, con el Dictamen que leyó el Presidente de la comisión, el diputado Filiberto Rodríguez. En ese sentido consideramos que es justo conceder el beneficio del Indulto, pedimos a los diputados apoyar y tenemos inclusive una moción que presentará en su momento el diputado Presidente de la comisión, en donde se excluyen a tres personas, porque de acuerdo a nuestro criterio no deben de ser favorecidos por el beneficio de Indulto. Sabemos que es un derecho humano, consideramos que de acuerdo al tiempo que han estado en el Sistema Penitenciario estas personas pueden reincorporarse en una vida social pensamos que no son peligrosos para la sociedad y sobre todo que puedan reunirse nuevamente con sus familiares.
También quería expresar, señor Presidente, referente al tema que decía el diputado Santiago Aburto, tratándose de los derechos humanos, pienso que es justo de que los funcionarios del Sistema traten con igualdad a todas las personas que pretenden visitar a sus reos. No obstante, como usted ya lo expresó, encomendó al Presidente de la comisión, me parece bien eso, y le pido pues, como ya lo expresó, valga la redundancia, se haga una visita en el Sistema Penitenciario para ver in situ la problemática.
Referente al tema de Indulto es un tema ya consensuado.
Muchas gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputada.
Cerramos la lista de oradores con el diputado Carlos Emilio López Hurtado, a quien le damos la palabra.
DIPUTADO CARLOS EMILIO LÓPEZ HURTADO:
Gracias, señor Presidente.
Quisiera hacer un llamado a este honorable plenario para que aprobemos el Dictamen que ha presentado la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, porque se ajusta al derecho Constitucional, al Derecho Penitenciario y al Derecho Penal Moderno. Este Dictamen es coherente con los preceptos constitucionales que señalan, que el Sistema Penitenciario es humanitario y que busca siempre la reintegración social, la reeducación para las personas privadas de libertad.
Este Dictamen es coherente con el Código Penal, con el Código Procesal Penal y con la Ley del Régimen Penitenciario que establece una serie de criterios para otorgar el Indulto, el cual es un derecho humano y es una responsabilidad una facultad que tiene este Poder del Estado de otorgarlo. En el Dictamen se señala que se hizo un análisis, una evaluación de la hoja de vida de cada una de las personas propuestas para ser indultadas. Además, se tomó en cuenta el tipo de delito cometido, el tiempo que llevan de cumplimiento de la sanción penal, que en todos los casos es más del 50%. Asimismo se analizó el entorno familiar, comunitario y el trabajo, la actividad laboral que estas personas realizan dentro del Sistema Penitenciario. Por tanto, es coherente con la legislación nacional, es coherente con los instrumentos internacionales de derechos humanos que Nicaragua ha suscrito y ratificado, por ejemplo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que establece la figura del Indulto. Así que, hago un llamado para que votemos a favor de este Dictamen.
Por otro lado, quisiera hacer exhorto a mis colegas parlamentarios, de que no usemos figuras que son contra los derechos humanos, términos que han sido derogados por esta Asamblea Nacional, como el término “reo”, como el término “preso” y otras vocablos que se han utilizado, las leyes nuevas hablan de personas privadas de libertad.
Gracias, señor Presidente.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Pasamos entonces a la votación del Dictamen en lo general.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
74 votos a favor, 12 presentes, 1 abstención, 0 en contra. Se aprueba el Dictamen en lo general.
SECRETARIA ALBA PALACIOS BENAVÍDEZ:
Arto. 1
Se concede el beneficio de la gracia del Indulto de la pena principal y sus accesorias derivadas de la misma según corresponda a las personas siguientes:
1)
Acevedo Sara Angelina
2)
Baltodano Sánchez Eva del Socorro
3)
Barrera Potoy Carlos José
4)
Cruz Urbina Fernando
5)
Escobar Jorge Luis
6)
Estrada Martha Elizabeth
7)
Galeano Martínez Aracely y/o Galeano Martínez Aracely del Socorro
8)
González García María Luisa
9)
Gutiérrez Blanco Yoconda del Carmen y/o Gioconda Gutiérrez Blanco
10)
Martínez Mendoza Marisol del Carmen
11)
Navarrete Silva Ernestina del Carmen
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 1.
Diputado Filiberto Rodríguez, tiene la palabra.
DIPUTADO FILIBERTO RODRÍGUEZ LÓPEZ:
Gracias, Presidente.
Leo la moción de que quedan excluidos de la lista del Indulto las siguientes personas:
Sara Angelina Acevedo; quien ya se encuentra en libertad por cumplimiento de pena.
Fernando Cruz Urbina, no cumple con los criterios y requisitos de esta comisión.
Y, Araceli Galeano Martínez, que tampoco cumple con los requisitos establecidos en la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.
Paso la moción de consenso.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Diputado Wilber López, tiene la palabra.
DIPUTADO WILBER LÓPEZ NÚÑEZ:
Gracias, Presidente.
De hecho nosotros, la Bancada Democrática Nicaragüense en consenso con la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos hemos venido haciendo un trabajo un poco rápido, ya que la mayor parte de los diputados que integran la comisión son nuevos y estos son dictámenes que venimos arrastrando desde la legislatura anterior. Sin embargo, quería hacer mención de lo que el diputado Santiago Aburto estaba señalando, que considero importante, Presidente, que se le haga una misiva a la Ministra de Gobernación para que vea específicamente esos casos, porque estamos hablando de una comisión importante cuando se habla de los derechos de las personas privadas de libertad, igual estamos hablando de las filas de padres, de hermanos que van con niños y no sabemos cuál es el trato que se les da.
He estado en comunicación con el Presidente de la comisión, estamos totalmente de acuerdo, no obstante creo que es importante que se haga del conocimiento a la Ministra de Gobernación para que no se sigan dando esto. Probablemente y espero que sea un caso aislado, que no sea un caso permanente; pero que si estamos totalmente de acuerdo con los Indultos que hoy se están proponiendo al plenario, por lo que les pido de que se aprueben, en nombre de la Bancada Democrática Nicaragüense.
Gracias.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
Gracias, diputado.
Entonces, pasamos a votar el artículo 1. Con la moción presentada por el diputado Filiberto Rodríguez donde excluye de la gracia del Indulto a Sara Angelina Acevedo, Fernando Cruz Urbina y Aracely del Socorro Galeano Martínez y/o Aracely Galeano Martínez.
Para ello se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
77 votos a favor, 1 abstención, 9 presentes, 0 en contra. Se aprueba el artículo 1, que Indulta un total de ocho personas.
SECRETARIA LORIA RAQUEL DIXON BRAUTIGAM:
Arto. 2
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 2.
A votación el artículo 2.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
77 votos a favor, 9 presentes, 1 abstención, 0 en contra. Se aprueba el artículo 2.
SECRETARIO JORGE CASTILLO QUANT:
Arto. 3
Las autoridades del Sistema Penitenciario Nacional, procederán a poner en libertad a los internos que han sido beneficiados por la presente Ley.
Dado en la ciudad de Managua en el salón de Sesiones de la Asamblea Nacional a los nueve días del mes de febrero del años dos mil doce.
PRESIDENTE RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ:
A discusión el artículo 3.
A votación el artículo 3.
Se abre la votación.
Se va a cerrar la votación.
Se cierra la votación.
79 votos a favor, 8 presentes, 0 en contra, 0 abstención. Se aprueba el artículo 3, y con él se aprueba la Ley de Indulto que beneficia a ocho personas entre hombres y mujeres.
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