Salir Salir

Año Legislativo:XXIII LEGISLATURA
Categoría:Sesión Ordinaria
Número de Cassette:20
Managua, 30 de Agosto del 2007
DICTAMEN FAVORABLE

Ingeniero
RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho

Honorable Señor Presidente:

Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto recibimos el mandato el día nueve de agosto del año dos mil siete de parte de la Primera Secretaría de dictaminar en conjunto con la Comisión de Asuntos Exteriores el Decreto de Aprobación del Protocolo por el que se adicionan disposiciones en materia de acumulación textil al Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua”.
Antecedentes

Este Protocolo fue firmado en representación de Nicaragua por el Señor Horacio Brenes, Ministro de Fomento, Industria y Comercio, y por los Estados Unidos Mexicanos por Patricia Espinosa Cantillano, Secretaria de Relaciones Exteriores. Fue suscrito en la ciudad de Managua, Nicaragua, el doce de abril del año en curso.
Objetivo

El objetivo de este protocolo es permitir nuevas alternativas a los productos nicaragüenses en el mercado mexicano, ampliando las oportunidades para las empresas nacionales de la rama textil vestuario. Así mismo este Protocolo tiene el objetivo de que la industria de confección nicaragüense pueda utilizar hilos y telas procedentes de México e incorporarlos a una prenda para exportarlos al mercado de Estados Unidos gozando de la eliminación de impuestos a la importación, de conformidad con los beneficios ofrecidos por el CAFTA. Como resultado de la aplicación de este protocolo, se anticipa que crecerán tanto el número de empleos en nuestras zonas francas como en el volumen de nuestras exportaciones de nuestras exportaciones a México y los Estados Unidos de América.
Consideraciones de la Comisión

El día miércoles veintinueve de agosto del año en curso la Comisión de Asuntos Exteriores invitó al Ministro de Fomento Industria y Comercio Licenciado Orlando Solórzano y Licenciado Álvaro Baltodano Director Ejecutivo de Corporación de Zonas Francas para consultar el Decreto de Aprobación del Protocolo por el que se adicionan disposiciones en materia de acumulación textil al Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua”.

El 30 de agosto el Lic. Baltodano, acompañado de un equipo técnico de la Corporación de Zona Franca, también compareció ante la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto para explicar el alcance del Protocolo a sus miembros.

En estas consultas, el Ministro Solórzano y el Lic. Baltodano expresaron la importancia de este protocolo, ya que Nicaragua sería el primer país de Centroamérica que lo apruebe. Actualmente, las maquiladoras del sector textil - confección de nuestro país se no han podido utilizar en toda su extensión el Tratado de Libre Comercio con México por la imposibilidad de cumplir con el requisito de origen del acuerdo, el que exige que las materias primas (hilos y telas), el proceso de ensamble, confección y acabado de la prenda, debe ser efectuado en Nicaragua o México; situación que es difícil de cumplir por el bajo nivel de integración productiva del sector debido a que la mayoría de las materias primas se importan desde Asia.

Este beneficio podrá ser utilizado por tiempo indefinido y establece un cupo de 100 millones de metros cuadrados equivalentes (MCE) de tela incorporados en una prenda de vestir (mce: es la unidad de medida de exportación de prenda de vestir basados en los metros cuadrados de tela requeridos para fabricar una prenda), el cual será compartido con el resto de países centroamericanos.

La aprobación del protocolo permitirá adicionalmente que nuestro sector textil - confección pueda exportar prenda de vestir al mercado de México gozando de la eliminación de impuestos a la importación de conformidad con este Protocolo, utilizando hilos y telas procedentes de Estados Unidos, sujeto a un cupo inicial de 70 millones de MCE el cual será compartido con el resto de los países centroamericanos, incrementándose a 100 millones de MCE en dependencia de los niveles de exportación de Centroamérica.

Es importante recalcar que este beneficio se aplica de forma unilateral, o sea, que el beneficio es solamente para Nicaragua. En este sentido ni México ni Estados Unidos podrán exportar prendas de vestir a nuestro mercado bajo este mecanismo. Es más, Nicaragua podrá beneficiarse comprando (importando) hilo y tela mexicana y norteamericana para exportar tanto a México como a Estados Unidos.

Este mecanismo es un beneficio adicional a los beneficios que ya se están implementados en el contexto de CAFTA y cobra mayor relevancia el efecto permanente sobre las disposiciones actuales contenidas en el Tratado con México y CAFTA.

El mecanismo cuenta con ciertas disposiciones que permitirán en el futuro:

1. Incrementar el cupo de 100 millones de MCE a 200 millones de MCE y en dependencia del desarrollo del sector por el incremento de exportaciones elevar el techo de 200 millones a niveles superiores para toda la región centroamericana.

2. Incorporar al acuerdo otros países que tengan o vayan firmando Tratados de Libre Comercio con Estados Unidos y Nicaragua.

El cuadro 1 nos indica que se espera que aumentarían en casi 14,000 el número de empleos directos en nuestras zonas francas al aplicar este Protocolo. Esto representa un incremento de un 16.7 %.

Estadística de Empleo del sector textil - confección de Nicaragua
Cuadro 1
EMPLEOS DIRECTOS ACTUALMENTEEMPLEOS DIRECTOS GENERADOS POR EL PROTOCOLOTOTAL DE EMPLEOS
83,00013,93696,936

El cuadro 2 nos indica que al aplicar este Protocolo se incremente el volumen de exportaciones MCE en 46,222,870 de metros cuadrado equivalentes.

Estadística del Volumen de Exportación del sector textil - confección de Nicaragua
Cuadro 2
VOLUMEN EXPORTACION
Mce Actual (Mayo 2007)Proyección Estimada de Crecimiento en el Volumen de Exportación Mce (Mayo 2008)Total en la Proyección Estimada de Crecimiento en el Volumen de Exportación Mce (Mayo 2008)
275,300,00046,222,870321,522,870
Valor FOB Actual Exportado en el Sector en U$ (Mayo 2007)Valor FOB Estimado de Exportación por el Sector en U$ (Mayo 2008)Total del Valor FOB proyectado a Mayo 2008
948,057,784.00159,178,902.001,107,236,686.00




Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino.
Edificio Benjamin Zeledón, 10mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 227
Enviar sus comentarios a: Dirección de Diario de Debates