Interpretaciones:
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Derogaciones:
Al Decreto - Ley N°. 1531, Crease Impuesto (Impuesto General al Valor).
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Reformas:
A la Ley N° 257, Ley de Justicia Tributaria y Comercial.
Ley N°. 314, Ley General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros.
Ley N°. 662, Ley de Impuesto sobre la Renta.
Decreto - Ley N°. 1531, Crease Impuesto (Impuesto General al Valor).
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| Adiciones:
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Suspensiones:
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| Observaciones: |
Se aclara que los capítulos VII, VIII y IX de la Ley original , pasan a formar los capítulos VIII, IX ,X respectivamente de dicha Ley (Ley de Renta Presuntiva) y los artículos consignados en dichos capítulos pasan a ser los artículos 18 al 25 respectivamente.
A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley (Ley No. 439), todo beneficio de exoneración y exención fiscal a la importación contemplado en la legislación vigente, queda sin efecto, excepto los indicados en los incisos contenidos en el artículo 16. |