LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Ley de Seguridad Social. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Leyes
Número:539
Gaceta No.:225
Fecha Publicación:11/20/2006. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 1090, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Bienestar y Seguridad Social.

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Reformada por
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Normas Complementarias
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Ley N°. 114, Ley de Carrera Docente.

Ley N°. 119, Ley que Concede Beneficios a las Víctimas de Guerra.

Ley N°. 160, Ley que Concede Beneficios Adicionales a las Personas Jubiladas.

Ley N°. 726, Ley Especial para las Pensiones de los Servidores Públicos.

Decreto-Ley N°. 331, Ley Especial de Prestaciones de Seguridad Social para los Trabajadores Mineros.

Decreto Ejecutivo N°. 58, Beneficios del Seguro Social a los Combatientes Caídos y Familiares.

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Normas Relacionadas
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Ley N°. 423, Ley General de Salud.

Certificación, (Certificación de Sentencia de la Corte Suprema de Justicia del Recurso por Inconstitucionalidad de la Leyes N°. 558 “ Ley Marco para la Estabilidad y Gobernabilidad del País”, Ley N°. 511, “Ley de la Superintendencia de los Servicios Públicos”, Ley N°. 512, “Ley Creadora del Instituto de la Propiedad Reformada Urbana y Rural”, Ley N°. 539 “Ley de Seguridad Social” y Ley N°. 610 “Ley de Reforma a la Ley número 558, Ley Marco para la Estabilidad y Gobernabilidad del País,”).

Código Civil de la República de Nicaragua.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
Ley N°. 340, Ley del Sistema de Ahorro de Pensiones.

Ley N°. 388, Ley Orgánica de la Superintendencia de Pensiones.

Decreto-Ley N°. 974, Ley de Seguridad Social.
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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
La no vigencia de esta norma jurídica se establece mediante la Ley N°. 1090, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Bienestar y Seguridad Social, aprobada el 26 de octubre de 2021, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 34 del 22 de febrero del 2022, fue incorporada al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico.

Esta Ley fue de Oficio Declarada Inconstitucional, según consta en Certificación de la Sentencia N° 1 de la Corte Suprema de Justicia, Publicada en la Gaceta, Diario Oficial N°. 51 del 12 de Marzo del 2008.




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