Interpretaciones:
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Derogaciones:
En su Artículo 339, deroga a a la Constitución Política de la República de Nicaragua de 1950.
Decreto Legislativo, Refórmase Parcialmente la Constitución de la República.
Decreto Legislativo N°. 438, Decreto Legislativo 438, Reformando La Constitución.
Decreto Legislativo N°. 688, Reforma Parcial a la Constitución Política de la República.
Decreto Legislativo N°. 935, Reforma a la Constitución Política.
Decreto Legislativo N°. 1189, Reformas a la Constitución y Ley Electoral.
Decreto Legislativos N°. 1190, Reforma a la Constitución Política de la República de Nicaragua.
Decreto Legislativo N°. 1818, Reformas Parciales a la Constitución Política de la República.
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Reformas:
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Adiciones:
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Suspensiones:
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Observaciones: |
Esta norma es parte del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencias o Derecho Histórico de la Ley N°. 1091, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Constitucional y Otras Normas Fundamentales, aprobada el 21 de octubre del año 2021 y publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 181 del 28 de septiembre del año 2022.
La actualización de la presente norma en el sub-módulo “Legislación Relacionada” se encuentra en proceso. |