El incumplimiento a las disposiciones contenidas en la presente Norma será sancionado conforme a lo establecido en la Ley No. 280, Ley de Producción y Comercio de Semillas ( ); Ley No. 291 Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal ( ) y Decreto Ejecutivo No. 2-99, Reglamento de la Ley No. 291, Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal ( ). |