Vetada parcialmente por el Presidente de la República el día dos de Diciembre de 1994. Mandada a publicar por la Asamblea Nacional de acuerdo al Arto.143 de la Cn. del día 02-02-1995 en la Sesión
No.1, publicada en el Nuevo Diario el 03-02-1995.
La Ley N°. 186, Ley de Reforma a los Dos Primeros Artículos del Titulo Preliminar del Código Civil , es parte del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley N°. 1096, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Civil. |