LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Entes Autónomos Descentralizados del Estado. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos - Ley
Número:4-90
Gaceta No.:87
Fecha Publicación:05/08/1990. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 290.

.
Reformada por
.
Decreto Ejecutivo N°. 54-94, Derógase un Acápite del Decreto N°. 4-90, Entes Autónomos Descentralizados.

.
Normas Complementarias
.

.
Normas Relacionadas
.
Ley N°. 1075, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa.

.
Afectaciones a otras normas
.
Interpretaciones:

.
Derogaciones:

.
Reformas:

.
Adiciones:

.
Suspensiones:

.
Observaciones:
Para cada Ente Autónomo, el Presidente de la República nombrará un Director, a excepción para el Banco Central de Nicaragua, el cual tendrá el cargo de Presidente.

Al Deróganse todas las Leyes y Decretos creadores y orgánicos de los Entes Autónomos del Estado y demás disposiciones contrarias al presente Decreto.

Esta norma es parte del Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley N°. 1075, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa, aprobada el 10 de junio de 2021, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 170 del 21 de septiembre de 2023.



Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa