Interpretaciones:
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Derogaciones:
Al numeral 1 del artículo 58 de la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo conforme fue reformado por la Ley N°. 864, Ley de Reforma a la Ley N°. 290, Ley de organización, competencia y procedimientos del Poder Ejecutivo.
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Reformas:
A la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
Ley N°. 462, Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal.
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Adiciones:
A la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
Ley N°. 862, Ley Creadora del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria.
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Suspensiones:
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| Observaciones: |
| La Ley Nº. 929, Ley de Reformas y Adición a la Ley N°. 290, Ley de Organización, Competencia, y Procedimientos del Poder Ejecutivo y la Ley N°. 462, Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal, se encuentra incorporada en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa. |