| La Ley N°. 497, No se Permitirá la Venta de Leche Cruda en Determinadas Zonas, se encuentra incorporada en el Anexo III Registro de Normas sin vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (SSAN). |