Rehabilítase en consecuencia a la Confederación de Cámaras de Comercio de Nicaragua, a las Cámaras de Comercio de Nicaragua y al Instituto Nicaragüense de Desarrollo (INDE) en el pleno uso y goce de sus derechos, los que conservan su personalidad jurídica sin solución de continuidad desde el momento mismo con que fueron aprobados sus Estatutos y se les otorgó la respectiva personalidad jurídica.
La no vigencia de esta norma jurídica se establece mediante la Ley N°. 1097, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Empresa, Industria y Comercio, aprobada el 25 de noviembre de 2021, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 137 del 26 de julio del 2022, fue incorporada al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico. |